Se está por vencer el plazo para el reempadronamiento gratuito, que había establecido el Congreso de Intendentes. El 21 de abril definieron habilitar un plazo de 120 días para “exonerar de los costos asociados a los reempadronamientos (matrícula y libreta), y con el fin de promover la registración de las unidades en el lugar de la residencia de sus titulares, sin perjuicio de las exigencias y términos de las leyes 18456 y 18860”.
Ese plazo, que comenzó el 1° de mayo, vencerá el 31 de diciembre de 2022. En ese entonces, el Congreso de Intendentes informó que para hacer el trámite se necesitarán ciertos documentos:
- Documento de Identificación Vehicular (DIV).
- Seguro Obligatorio de Automotores (SOA).
- Recibo o factura de servicios públicos a nombre de quien realiza el trámite a los efectos de probar la residencia.
- Recibo de patente al día, o convenio firmado vigente por adeudos tributarios.
- Inspección Técnica Vehicular vigente, o inspección ocular de la unidad de la Intendencia, o certificado notarial consignando datos del vehículo: padrón, código nacional, matrícula, marca, modelo, año, número de motor y Chassis.
- Si la unidad se trata de un camión (categoría fiscal B), debe tener Sistema Integral de Control de Transporte de Carga (SITRAC) al día expedido con el aval del MTOP.
La Intendencia de Montevideo informó, por su parte, que a partir del 1° de enero de 2023 quienes soliciten hora para este trámite deberán abonar su costo total.