Publicidad

¿Cuánto cobro si trabajo el 18 de julio? Esto dice la legislación sobre el feriado no laborable

En este día se celebrarán los 193 años de la Jura de la Constitución de 1830, que configura el único feriado del mes y que, como es no laborable, despierta la incógnita de cómo se cobrará.

Compartir esta noticia
Persona trabajando en una oficina.
Persona trabajando en una oficina.
Foto: Archivo

Redacción El País
El martes 18 de julio de 2023 se celebrará el próximo feriado en Uruguay, puesto que se conmemora la Jura de la Constitución de 1830. Esta fue la primera que tuvo el país y causó que la Provincia Oriental comience a organizarse como Estado soberano e independiente, según explicó Uruguay Educa.

El feriado no se correrá de día, puesto que se trata de uno de los que, según la ley 16.805, en su redacción dada por la ley 17.414, está imposibilitado. Esto provoca que la efemérides se conmemore el mismo día y no genere un fin de semana largo en 2023.

Se trata de un feriado no laborable, lo que implica que en esta fecha el empleado "percibirá remuneración como si trabajara; en caso de trabajar, recibirá doble paga", según fue determinado por el artículo 18 de la Ley 12.590. Este mismo régimen aplica para los días 1º de enero, 1º de mayo, 25 de agosto y 25 de diciembre.

Esta misma medida rige para jornaleros y trabajadores rurales, según explica el Decreto Nº 216/012. "Los trabajadores rurales en los feriados correspondientes al 1° de enero, 1° de mayo, 18 de julio, 25 de agosto y 25 de diciembre percibirán su jornal como si trabajaran y en caso de trabajar percibirán doble jornal", indica su artículo 20.

Para ver la lista completa de feriados 2023 en Uruguay haz clic aquí.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad