Por 17 votos –del Frente Amplio- en 29, la Cámara de Senadores aprobó hoy el proyecto de ley interpretativo del artículo 64 de la Ley Nº 18719 (Presupuesto Nacional) y derogó el 68 de la misma norma.
La iniciativa había sido enviada en marzo por el Poder Ejecutivo para aclarar que los ministros de la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal de Cuentas y la Corte Electoral no pueden equiparar sus salarios a los de los ministros de Estado, cuyos ingresos fueron igualados a los de los senadores, según lo que dispuso la ley de Presupuesto 2010-2014.
El senador colorado Ope Pasquet dijo a EL PAÍS digital que "al no aplicarse a los jueces el aumento que se dispone para los ministros se está consumando un desenganche", por lo que, según sostuvo, si los miembros de la Suprema Corte, por ejemplo, "quieren un aumento especial, tendrán que venir a solicitarlo".
"Ahora volvemos a crear una situación de dependencia de los jueces respecto del poder político, por lo que cada rendición de cuentas determinará cuánto quiere darle" a esos organismos.
"Toda esta gente queda en una situación de inferioridad respecto a la que van a seguir teniendo el personal político de confianza del Frente Amplio, que va a tener los aumentos enganchados al aumento de los ministros", explicó.
Por su parte, el senador oficialista Enrique Rubio, señaló que el proyecto fue enviado debido a que "hubo distintas interpretaciones" del artículo 64.
Según el ex director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, igualar los salarios del Poder Judicial y de los organismos de contralor con los de los ministros de Estado "hubiera significado un incremento enorme (del gasto) y no es lo que estaba planeando por el Poder Ejecutivo".
Según había afirmado a El País el secretario general de la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay (AFJU), Sergio Núñez, la equiparación con los ministros del Poder Ejecutivo implica un aumento de $ 35 mil por mes.
En marzo, los miembros del Poder Judicial habían cobrado con el aumento, pero el Tribunal de Cuentas objetó el pago.
Cabe aclarar que para que entre en vigencia el proyecto interpretativo del Ejecutivo, el mismo deberá ser aprobado ahora por la Cámara de Diputados.