Hoy comienza la votación de los artículos del proyecto de ley que busca regular la eutanasia en la comisión de Salud de Diputados. El docente y abogado Marcelo Cantón Pombo es integrante del Instituto de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho, de la Universidad de la República, y participó del debate parlamentario sobre este proyecto que, a nivel político, se da como un hecho que tendrá sanción definitiva este año, probablemente, con ciertos cambios. En entrevista con El País, y hablando a título personal, Cantón Pombo remarcó que la redacción actual “no tiene las garantías necesarias para la protección de los derechos humanos”.
—Usted en la discusión parlamentaria se mostró a favor de una ley que regule la eutanasia, pero reclamó más garantías. ¿Se está tomando una decisión apresurada?
—El proyecto de ley a consideración no tiene las garantías necesarias para la protección de los derechos humanos. La versión actual, con solo dos opiniones de dos médicos, con todo el respeto que me merece la medicina nacional, no cumple con las garantías necesarias de los derechos humanos que están en juego.
—También planteó que el solicitante sería apto para decidir sólo si esto lo certifica un psiquiatra o un psicólogo. ¿La voluntad de la persona con las consultas médicas previstas, no sería suficiente?
—La voluntad de la persona debe ser tenida especialmente en cuenta porque hay que empezar por reconocer el derecho a la vida de quien está sufriendo, que también tiene derecho a la integridad psicológica y física. Una persona que siente sufrimientos insoportables no tiene la libertad suficiente para poder emitir un consentimiento para algo tan importante como terminar con su vida.
—¿Por qué esa persona no tendría consentimiento?
—Porque si está bajo los efectos de sufrimientos insoportables, por definición, no tiene libertad para poder emitir su voluntad cuando está bajo el agobio de sufrimientos físicos o psicológicos. ¿Y cuál es una garantía sustancial, que podría agregarse para que eso no se diese? Dar intervención a los cuidados paliativos.
—Usted sugirió cambiar el proyecto para que el primer médico no sólo informe los tratamientos disponibles, sino que se asegure de que está recibiendo sus cuidados paliativos. ¿No es una intromisión en la decisión individual de quien lo solicita?
—No. El garantizarle los cuidados paliativos a una persona es una obligación establecida en la ley 20.179, que establece una obligación universal a recibir la atención de estos cuidados a todas las personas que padecen enfermedades graves, progresivas y avanzadas, que tengan escasa o nula respuesta a tratamientos específicos, o presenten múltiples síntomas, cambiantes en el tiempo, severos. Va más allá de la eutanasia. Es una obligación respecto de todos los pacientes del sistema de salud.
—¿Por qué menciona la ley en este contexto?
—Porque la obligación de garantizar cuidados paliativos a todas las personas que tienen este tipo de enfermedades cobra especial importancia cuando alguien ante el sufrimiento está pidiendo que le ayuden a morir. Primero es cumplir con la ley vigente, pero además se puede lograr que la persona que pide la eutanasia, revise y cambie su posición. Y si no la cambia, se respeterá la voluntad, pero antes de dar admisibilidad al pedido hay que cumplir con la ley 20.179.
—Usted también deslizó que podría haber fallecimientos “apresurados” con el proyecto por no haberse dado todas las instancias previas a la eutanasia que se busca regular. ¿Usted estima una aluvión de muertes si se aplica esta ley?
—No puedo pronosticar lo que va a ocurrir, pero a mí me bastaría que en cuanto se ponga en vigencia la ley, hubiera un fallecimiento apresurado. A mí me bastaría que se evitara que una persona después de recibir los cuidados paliativos desistiese y encaminase su vida sin sufrimiento, o con sufrimientos muy atenuados.
—¿Cómo podría valorar que la definición es apresurada?
—Apresurado es si no se le da la chance a los cuidados paliativos.
—Hay posiciones que plantean que esperar a los cuidados paliativos puede ser teórico porque no han sido implementados en todo el país...
—Esta es una oportunidad excepcional para que si se va a aprobar esta ley, se establezca que cuando una persona solicita la eutanasia, se le garantice en forma prioritaria y de manera inmediata y efectiva los cuidados paliativos a esa persona. Los sufrimientos son tales que para respetarla hay que acelerar y darle alta prioridad para que lo reciba de manera integral apenas solicita la eutanasia, porque en realidad debió haberse garantizado antes, que a menudo no ocurre.
—¿Qué propone para mejorar la redacción actual?
—Planteo que en vez de la opinión de un segundo médico, aislado, actúe una junta interdisciplinaria, integrada por un paliativista, psiquiatra o un psicólogo, y un abogado o escribano, para poner acento en las garantías de procedimiento. Y que cuando la enfermedad dominante es neurodegenerativa, se convoque a un neurólogo, o si la enfermedad dominante es un cáncer, debería convocarse a un oncólogo.
—¿A qué nivel funcionaría?
—Propuse que estuviera incorporada al Colegio Médico del Uruguay, una organización extremadamente respetable, que además no integra el Estado.
—¿Este ateneo no terminaría dilatando una definición expresa del acto eutanásico?
—No creo. Si unos pocos días más garantiza que se pueda evaluar la opinión del primer médico y evitar una decisión apresurada...
—El diputado Federico Preve, estimó a El País que habrá en los primeros dos o tres años “decenas” de casos, y que varios años después no serían más de “500 o 700” casos al año. Está de acuerdo?
—Preve es un neurólogo de prestigio con quien tuve buen intercambio. Pero no tengo elementos para evaluar su pronóstico. Me basta con que una persona, gracias a los cuidados paliativos o a la intervención de la junta, cambie su opinión o lo haga por su propia voluntad, libre y conscientemente.