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Reforman el CPP para terminar con “abogados fugitivos”

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Con el nuevo código, las audiencias son públicas y orales. Foto: Fernando Ponzetto
Juicio por el homicidio de la niña Brissa Gonzalez, aplicando el nuevo Codigo de Proceso Penal (CPP), en juzgado de Juan Carlos Gomez 1236, Montevideo, ND 20171123, foto Fernando Ponzetto - Archivo El Pais
Fernando Ponzetto/Archivo El Pais

PARLAMENTO

Uno de los artículos que se quiere cambiar es el 75, que establece que “la ausencia del defensor en cualquier actuación en que la ley exija expresamente su participación, acarreará su nulidad”.

La semana próxima se aprobarán los cambios a diversas normas del Código del Proceso Penal (CPP) en comisión del Senado. El proyecto luego será llevado al plenario para que se vote en las pocas sesiones que quedan en este período.

Uno de los artículos que se quiere cambiar es el 75, que establece que “la ausencia del defensor en cualquier actuación en que la ley exija expresamente su participación, acarreará su nulidad”.

La bancada del Frente Amplio rechaza esta disposición, según dijo a El País el senador del MPP Charles Carrera.

Según afirmó el legislador en la comisión, hay casos de abogados que evidencian la “falta de ética que lamentablemente existe en el ejercicio de la profesión”. A esos profesionales los llamó “abogados fugitivos”, porque señaló que “muchas veces el abogado se retira de la audiencia a los efectos de que se declare nula”. Si bien el CPP en el artículo 75 establece la nulidad de la audiencia para el caso de que no haya abogado defensor, esa situación no suspende el proceso, según aclara el artículo 76.

La idea de los senadores es que, con este cambio al CPP, se garantice el rol de contralor de la legalidad del proceso, y a la vez se busca que no pierda efecto la tarea de la Fiscalía.

Asimismo, el artículo siguiente, que refiere al mismo tema, precisa que en caso de ausencia del defensor “el tribunal notificará al imputado y le intimará la designación de nuevo defensor, concediéndole para ello un plazo de hasta cinco días hábiles bajo apercibimiento de asignarle el defensor público que por turno corresponda”.

En la discusión, el nacionalista Carlos Camy, que preside la comisión, habló de su disposición a analizar la modificación. Y agregó que el planteo de Carrera es atendible, y que “la presencia de un abogado defensor es una garantía para el proceso en sí mismo y para el propio sistema democrático”, según consta en la versión taquigráfica de la reunión de la comisión del Senado esta semana.

Más cambios.

Los senadores se proponen hacer más modificaciones al Código. Por ejemplo al artículo 39, que tiene que ver con la incompetencia por razón de lugar o de turno.

“Muchas veces ocurre que un delito es cometido por un delincuente en la zona metropolitana, por lo que los juzgados competentes pueden ser los de Montevideo o los de Canelones. Esto es para que haya eficiencia en la investigación criminal. En ese sentido, tenemos que hacer un ajuste porque el juez competente que analizará esa investigación criminal deberá asumir toda la competencia”, explicó.

Y también se introducirán cambios al artículo 365, que refiere a una modificación al recurso de apelación.

“Cuando se votó el CPP el recurso de apelación era escrito, pesado y no se llevaba con el sistema por audiencias. Entonces, la modificación sería que si se va a apelar una sentencia, una providencia, un magistrado, la apelación tiene que ser realizada en el momento”, indicó el senador.

Otra de las modificaciones es que se tenga en consideración la firma electrónica. Se ha creado un sistema de interoperabilidad, pero un Tribunal de Apelaciones de cuarto turno la ha declarado nula porque dice que el Código del Proceso Penal no reconoce la firma electrónica”, sostuvo.

Asimismo, en la comisión del Senado se va a añadir al trabajo la semana entrante el proyecto de ley sobre edad mínima para contraer matrimonio, y el tratamiento y la votación del proyecto de ley del Poder Ejecutivo que plantea que la búsqueda de detenidos desaparecidos se traslade al Instituto Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo.

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