¿Qué implicaría el delito de desacato durante una cuarentena general?

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Policía prepara las esposas para trasladar a un detenido. Foto: Fernando Ponzetto

EMERGENCIA SANITARIA

El director del Instituto de Derecho Penal y Criminología de la UdelaR dijo que "no sería delito que una persona durante un régimen de cuarentena obligatoria salga de su casa por el hecho de salir".

Germán Aller, abogado penalista y director del Instituto Uruguayo de Derecho Penal y Criminología de la Universidad de la República (UdelaR), analizó este martes las consecuencias que podría traer decretar una cuarentena general en Uruguay ante el avance del coronavirus y luego de los motivos que dio Luis Lacalle Pou para, hasta este momento, no llevarla a cabo.

Anoche, el presidente dijo: "Quien proponga seriamente el aislamiento total debe de saber o debe de estar dispuesto a aplicar las medidas que incluso pueden llevar al delito de desacato, que tiene pena de prisión¿Alguien en serio, con responsabilidad, está dispuesto a llevar detenido, a llevar ante un juez, ante un fiscal, a un uruguayo en cualquier lugar del país que está tratando de hacer el peso? No parar la olla de la semana, para el día. ¿En serio, eso es lo que se está proponiendo? Nosotros somos muy responsables y estamos cuidando a los uruguayos".

En diálogo con "En perspectiva", Aller manifestó que "el delito de desacato hay que analizarlo con cierto cuidado".

"Tiene que implicar o una ofensa o una desobediencia abierta al funcionario. No es meramente a la ley en forma aislada, porque sino cometería el delito de desacato toda persona que no pague tributos. Aquel que no pague tributos dolosamente comete el delito de defraudación tributaria, pero no el de desacato. Lo mismo con el hurto o rapiña. No se configura el desacato por no cumplir la ley", explicó.

Por lo tanto, remarcó que "requiriría una desobediencia abierta al funcionario público y no a la ley".

"Tendría que ser lo que llamamos una desobediencia abierta, es decir: cuando hay un mandato específico del funcionario público que está amparado por la ley, que dé una orden o indicación inequívoca con respaldo jurídico. El típico ejemplo del desacato es el de la persona que incumple un fallo judicial en que se da una orden específica de cumplir determinada función o de llevar a cabo la entrega de un bien o lo que sea. Ese sería el caso típico de desacato. En esta hipótesis, sería un desacato respecto de disposiciones de tipo sanitarias. Esas disposiciones que estarían eventualmente a través de una cuarentena obligatoria tendrían que estar en la orden directa que da el funcionario y habría que revisar además de que sea con la intención del sujeto, porque obviamente requiere el dolo. No puede ser por vía de imprudencia. Tiene que ser dolosamente. La persona tiene que tener la intención de incumplir la disposición que quiere aplicar el funcionario público y que esta persona se niega", agregó.

Aller indicó que "la otra hipótesis podría ser la de la ofensa". "También sería desacato", enfatizó.

De todos modos, aclaró: "No sería delito que una persona durante un régimen de cuarentena obligatoria salga de su casa por el hecho de salir".

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