Redacción El País
La Mesa Política del Frente Amplio examinará este lunes un informe jurídico elaborado por el abogado José Korzeniak, requerido a raíz de la situación del senador Andrés Ojeda y la eventual violación constitucional que podría derivar en su destitución.
En sus conclusiones —informadas por La Diaria en primer término—, Korzeniak consideró que el secretario general del Partido Colorado “inequívocamente realizó trámites para terceros ante la Fiscalía”, órgano que tiene la “naturaleza jurídica de servicio descentralizado”. La denuncia contra el legislador fue por haber presentado un escrito de 75 páginas ante el Ministerio Público solicitando la reapertura de una causa.
“El Senado debe dictar una resolución declarando que el senador ha perdido tal cargo legislativo, por lo dispuesto en el numeral 2º inciso final del artículo 124 de la Constitución. Dicha declaración sería un acto jurídico no constitutivo (sino de mera ejecución), no de naturaleza legislativa, tampoco de índole jurisdiccional, sino –en la clasificación tradicional- un acto administrativo del Senado”, adelantó su posición el constitucionalista.
El mencionado artículo establece que los legisladores no podrán “tramitar o dirigir asuntos de terceros ante la administración central, gobiernos departamentales, entes autónomos y servicios descentralizados”. Posteriormente, agrega que “la inobservancia (el incumplimiento) de los preceptuado en este artículo importará la pérdida inmediata del cargo legislativo”.
Más allá de la apreciación sobre la violación o no de la Constitución, en el escrito el especialista plantea que basta la mayoría simple en la cámara alta para resolver la “pérdida inmediata del cargo legislativo”, una vez incumplida la prohibición del artículo 124.
Korzeniak sostiene que la destitución no constituye un acto “constitutivo” por parte del Senado, sino meramente “declarativo”, dado que la infracción ya está configurada y no implica una decisión jurídica nueva. En síntesis, considera que la violación constitucional ya ocurrió y que a la cámara alta solo le corresponde emitir una resolución que así lo establezca.
“La norma constitucional en estudio es clara en su sentido y en su tenor literal. El sentido de la prohibición es, sin duda, evitar que un legislador utilice la trascendencia de su cargo para obtener ‘ventajas’ en trámites o dirección de gestiones ante órganos de la administración central, gobiernos departamentales, entes autónomos o servicios descentralizados”, interpretó el jurista vinculado al Frente Amplio.
La respuesta de Pasquet
En tanto, el exdiputado del Partido Colorado Ope Pasquet salió en su cuenta de X a criticar el informe elaborado por Korzeniak. En primer lugar, en discrepancia con lo planteado, Pasquet señala que la norma citada no establece qué órgano público es el competente para actuar.
También cuestiona la postura del constitucionalista cuando indica que no es necesario la aplicación de artículo 115 de la Constitución, que establece la necesidad de dos tercios del total de los legisladores de la cámara para “corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el desempeño de sus funciones y hasta suspenderlo en el ejercicio de las mismas”.
“Con los debidos respetos por la persona del doctor Korzeniak, digo que su tesis me parece un disparate, y un disparate peligroso para la salud democrática del Uruguay. Sin apoyo normativo alguno inventa la posibilidad de que la mayoría del Senado, por sí y ante sí, expulse del Cuerpo a sus adversarios políticos. El peligro de la desviación autoritaria es evidente”, valoró Pasquet.
Según el exlegislador, es la Suprema Corte de Justicia la que en definitiva se debería pronunciar, no el Parlamento.
“Que sean los jueces, y no los políticos, los que decidan si un dirigente político ha violado o no la Constitución y deba perder su cargo por ello. El Poder Judicial es al mismo tiempo el guardián de la Constitución y la mayor garantía de los derechos de todos”, apuntó.
— Ope Pasquet (@opepasquet) December 8, 2025
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