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Gobierno flexibiliza reglas para venta de cigarrillos: permite cajilla blanda y elementos distintivos

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Cigarrillo. Foto: Pixabay

CAMBIOS EN LA NORMATIVA

El decreto, firmado por Luis Lacalle Pou, busca desalentar la compra del producto en el mercado informal.

El presidente Luis Lacalle Pou firmó un decreto –propuesto por el ministerio de Industria, Energía y Minería y avalado por el Consejo de Ministros- que flexibiliza la normativa referente a los cigarrillos. En el documento, se permite la venta de cajilla blanda y el uso de distintos elementos distintivos en los cigarrillos. 

El decreto explica que la normativa hasta entonces vigente disponía “la indiferenciación de origen en el propio cigarrillo, lo que se entiende facilitaría la elaboración y circulación de cigarrillos falsificados".

"Al imponer como única versión comercializable la cajilla dura -cartón con apertura 'flip top'- excluye la cajilla blanda que ha sido tradicionalmente la de mayor venta en el mercado y cuyas características le permiten competir más efectivamente con aquellas mayoritariamente del mismo tipo que ingresan de contrabando”, señala y añade que estas limitaciones "afectan al cigarrillo comercializado en el mercado formal, frente a la fuerte competencia del cigarrillo de contrabando".

"Con la finalidad de interrumpir dicha irregularidad en la cadena de comercialización, se entiende necesario mantener la identificación de cada unidad del producto y su empaquetado en cajilla blanda e identificar a quienes lucran con la venta al por mayor y menor de cigarrillos falsificados y de contrabando, desalentando el acceso al producto informal, determinando sanciones aplicables y explicitando su ámbito de aplicación”, indica el documento.

El decreto sustituye los artículos 7, 8 y 10 que regían hasta principios de setiembre. Esto elimina el requisito de que los paquetes sean de cajilla dura, lo que permite la comercialización de la blanda.

También elimina la disposición que establece que todos los paquetes deben ser de cartón y prohibía el uso de cualquier otro tipo de material. Ahora el interior de los paquetes tampoco deberán ser de color blanco, y ya no está prohibida la “inclusión de cualquier otro elemento” que no sea una cubierta de papel metalizado color plata liso.

Por último, el decreto elimina la redacción de un artículo que establecía que el envoltorio del cigarrillo podía ser solamente de papel blanco liso, y que prohibía los logos y otras características, como diseños, leyendas o inscripciones.

"En el cigarrillo o en el interior de la cajilla el fabricante podrá incorporar elementos distintivos destinados a determinar la autenticidad del producto o su trazabilidad con el fin de detectar y combatir su desvío o adulteración. El filtro será de color imitación corcho o blanco, siendo biodegradable y en él se podrá incorporar la identificación de la marca", indica la nueva normativa.

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