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Funcionarios de intendencias y municipios podrán celebrar casamientos

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Casamiento en pandemia. Foto: archivo El País.

ANUNCIÓ DA SILVEIRA 

Este planteo “ha tenido una muy buena recepción” de intendentes y alcaldes, dijo el ministro Da Silveira, quien añadió: “Iniciaríamos un proceso de transición para avanzar en esa dirección”.

El ministro de Educación y Cultura, Pablo Da Silveira, comentó que se está trabajando para que antes de fin de año funcionarios de las intendencias y los municipios realicen tareas que hoy llevan adelante los jueces de paz, como casamientos, registro de nacimientos y expedición de partidas de defunción, entre otros.

El jueves, tras participar de una reunión del Congreso de Intendentes, el ministro comentó: “Tenemos una agenda intensa, uno de los puntos es el traslado de las funciones del Registro Civil, que hoy hacen los jueces de paz en el interior”. 

Da Silveira añadió que existe una decisión del Poder Judicial de que los jueces de paz dejen de cumplir esas tareas, por lo que ahora dialogan con los gobiernos departamentales y con los alcaldes para implementar este cambio.

El MEC, dijo el ministro, seguirá recibiendo la información que se genere en intendencias y municipios.

Este planteo “ha tenido una muy buena recepción” de intendentes y alcaldes, dijo el ministro, quien añadió: “Iniciaríamos un proceso de transición para avanzar en esa dirección”.

El MEC, aseguró, asumirá los costos, por lo que no implicaría un peso para las finanzas de las intendencias y municipios. 

“Son tareas muy importantes desde el punto de vista jurídico”, afirmó Da Silveira.

El ministro recordó que la ley de Presupuesto, aprobada el año pasado, marcó como límite para el traspaso el 31 de diciembre de este año. “De modo que tenemos que andar muy rápido”, dijo.

El artículo 534 de la ley establece: "Encomiéndase al Inciso 11 'Ministerio de Educación y Cultura', el pasaje gradual de funciones del Registro de Estado Civil, actualmente a cargo de los Jueces de Paz del Interior de la República, a servicios dependientes de la Dirección General del Registro de Estado Civil, con plazo máximo 31 de diciembre de 2021", y agrega: "Facúltase a la Dirección General del Registro de Estado Civil a suscribir los convenios que entienda oportunos a los efectos de la prestación de dicho servicio". 

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