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Corte Electoral anunció que inició período de control de voto en referéndum de la LUC

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Urnas en la Corte Electoral. Foto: Leonardo Mainé.
Funcionarios de la Corte Electoral preparando urnas en local de la Corte Electoral en la calle Tomas Gomensoro para las elecciones departamentales y municipales del 27 de setiembre de 2020, en Montevideo, ND 20200924, foto Leonardo Maine - Archivo El Pais
Leonardo Maine/Archivo El Pais

LEY DE URGENTE CONSIDERACION

Las personas habilitadas deberán presentar constancia de voto, justificación o comprobante de pago de la multa.

Urnas en la Corte Electoral. Foto: Leonardo Mainé.
Urnas en la Corte Electoral. Foto: Leonardo Mainé.

La Corte Electoral informó que desde este lunes 25 de julio y hasta el 21 de noviembre regirá el plazo en que se podrá controlar el voto en el referéndum de la Ley de Urgente Consideración ocurrido el 27 de marzo pasado.

Las personas habilitadas deberán presentar constancia de voto, justificación o comprobante de pago de la multa.

El plazo para la presentación de solicitudes para justificar el no voto en el referéndum contra la LUC finalizó el 27 de abril. El mismo se podía justificar por padecer una enfermedad, invalidez o imposibilidad física que haya impedido concurrir el día de la votación. También que la persona se hallara fuera del país el día de la consulta popular o "estar imposibilitado de concurrir a la Comisión Receptora de Votos por razones de fuerza mayor".

Aquellas personas que no votaron en el referéndum ni justificaron el no haberlo hecho deben pagar una multa que será equivalente a una Unidad Reajustable, esto es, $1.445,81 a valores de hoy. El monto se duplica cuando quien no vote sea un funcionario público o tengan la calidad de profesional con título expedido por la Universidad de la República.

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