Aconsejan denuncia penal contra el titular de Fenapes, José Olivera, por justificar licencias irregulares

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José Olivera. Foto: Francisco Flores.
Jose Olivera declara ante la Comision Investigadora de Diputados con el cometido de investigar la extension y la justificacion de licencias irregulares a los integrantes de la Federacion Nacional De Profesores De Enseñanza Secundaria (fenapes) por parte del Consejo De Educacion Secundaria en el periodo 2015-2019, en el anexo del Palacio Legislativo en Montevideo, ND 20211206, foto Francisco Flores - Archivo El Pais
Francisco Flores/Archivo El Pais

LO RECOMENDÓ JURÍDICA DE SECUNDARIA

También recomendó realizar otra demanda contra Marcel Slamovitz, profesor de Historia en San José, por “utilización de documento falso”.

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Una resolución de la dirección general de Secundaria, basada en un informe de la División Jurídica, aconseja hacer una denuncia penal contra José Olivera, presidente de la Federación Nacional de Profesores de Enseñanza Secundaria (Fenapes) y uno de los voceros de la campaña del Sí a la derogación de 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC), por “falsificación”. Esto luego de haber firmado documentos a Marcel Slamovitz -expresidente del gremio- para que se le justificaran faltan por el artículo 70-10, pese a que esto no correspondía. Jurídica también recomendó realizar otra demanda contra Slamovitz, profesor de Historia en San José, por “utilización de documento falso”.

El texto de la disposición fue elevado a la comisión investigadora parlamentaria que indaga las licencias irregulares en profesores. Allí se parte de la base de la investigación administrativa que ordenó la actual directora de Secundaria, Jenifer Cherro, ante la denuncia efectuada por la directora del Liceo N° 1 de San José, Miriam Arnejo, quien advirtió del uso de licencias irregulares por parte de Slamovitz.

El informe recuerda que cuando el anterior consejo integrado por Celsa Puente, Javier Landoni y Isabel Jaureguy pidió asesoramiento a Jurídica, se le comunicó por la sala de abogados que no correspondía el uso de tal artículo para justificar la licencia sindical.

Además, desde Jurídica se contradice el informe del instructor de la investigación del sumario de Slamovitz, que no responsabilizaba al docente de la justificación de horas al entender que había un acuerdo bilateral entre Fenapes y la anterior dirección de Secundaria.

El encargado de la división “discrepa con las conclusiones del instructor” de la investigación, ya que entiende que había “imposibilidad jurídica para que las exautoridades de Secundaria pudieran haber realizado un acuerdo con Fenapes”. De haber existido tal convenio se violaría lo definido en la “normativa estatutaria” y “excedería” las competencias y “potestades jerárquicas”. Además, se indica que la existencia del mismo fue negado por Puente y Landoni y “nadie lo pudo acreditar”.

Según la normativa vigente, le corresponde al Codicen llevar adelante negociaciones para un acuerdo de este tipo con sindicatos y no a Secundaria, que solo puede hacerlo por condiciones de trabajo, capacitación y formación profesional. Jurídica concluye que “no hubo acuerdo válido” y “sí existió una grave omisión de los exconsejeros Puente y Landoni, “quienes en conocimiento de la irregularidad señalada por todos los abogados no dispusieron ningún tipo de procedimiento disciplinario”.

A su vez, se sostiene que la conducta de Slamovitz “podría configurar un delito de falsificación documentaria”. Y “que es deber de todo funcionario público denunciar”, en relación a lo actuado por Puente y Landoni. Además, se entiende como “reconocimiento de la irregularidad” -tanto por parte del docente como de los consejeros- un acuerdo alcanzado para la recuperación de las horas no dictadas en el liceo N° 1.

En cuanto a Slamovitz, se subraya que “le corresponden las máximas responsabilidades” ya que “aprovechándose de su cargo sindical y usando el engaño llevó a que la directora liceal terminara por validar licencias en base a un convenio que él sabía inexistente”. Y se descarta la responsabilidad de Arnejo, al entender que “se vio superada por la indefinición y falta de respuestas claras de las autoridades”.

El encargado de Jurídica, además de recomendar los sumarios -que ya dispuso Secundaria contra Landoni y Slamovitz- aconsejó una serie de denuncias penales. Contra el docente por “falsificación documental y utilización de documento falso” y para Olivera, Virginia García Montecoral (expresidenta de Fenapes), Ana Pescetto (dirigente sindica de Fenapes) y Alejandra Vespa (secretaria general) por “falsificación documentaria”, delito previsto en los artículos 240 y 242 del Código Penal que establecen una pena de 12 meses de prisión a cinco años de penitenciaría.

Con fecha 15 de febrero, Secundaria resolvió disponer los sumarios y en cuanto a la recomendación de las denuncias penales esperar que culmine la investigación en curso. Toda la información fue remitida a la investigadora que preside el diputado nacionalista Alfonso Lereté, que comenzó a funcionar luego de una denuncia formal que presentara el legislador colorado Felipe Schipani.

Esta semana había sido convocado el propio Slamovitz a la comisión, pero no asistió a la comparecencia y tampoco dio explicaciones al respecto. La investigadora puede citar, pero los involucrados no tienen obligación de presentarse. Es más, el propio Olivera -cuando compareció al ámbito en diciembre del año pasado- había adelantado que desde el gremio no volverían a presentarse por este tema en el Parlamento, al entender que se trataba de un “circo”.

Olivera adelantó en ese momento que el instructor de la investigación eximía a Slamovitz de responsabilidad por la presentación de los certificados 70-10 en el liceo N° 1 de San José, algo que sucedió pero que ahora fue desestimado por Jurídica de Secundaria. La comisión parlamentaria continuará funcionando hasta el mes de julio, según lo acordado por los partidos que integran la coalición.

Paso a paso del caso Slamovitz

Expediente. La directora del Liceo Nº 1 de San José, Miriam Arnejo, inició el 23 de marzo de 2017 un expediente por las recurrentes inasistencias de Marcel Slamovitz, profesor de Historia.

Consulta. Arnejo pidió asesoramiento a Jurídica de Secundaria, en lo referente a la justificación de las inasistencias del profesor y referente sindical, quien planteó estar amparado para faltar, supuestamente, a través del artículo 70-10 del estatuto docente.

Norma. El artículo 70-10 establece que se justificarán inasistencias cuando se hagan tareas encomendadas por el Consejo Directivo Central, por los consejos respectivos u otros organismos estatales y cuando se participe en las Asambleas Técnico Docentes. No refiere en ninguna parte a la actividad sindical.

Irregular. Slamovitz usufructuó la licencia sindical de 18 horas semanas, más dos de coordinación, pero pidió justificar en 2017 otras 140 horas por el artículo 70-10 y por “convenio firmado entre Codicen y Secundaria”. Si se suman a las de 2016, fueron 250 horas en total.

Convenio. Con fecha 15 de junio de 2017, la abogada de División Jurídica de Secundaria J. M. solicitó a Slamovitz que adjunte el convenio en el que se amparaba para faltar, pero no lo presentó.

Jurídica. Estableció en 2017 que el convenio de licencia sindical presentado “nada establece respecto a la justificación de inasistencias al amparo del artículo Nº 70-10”. Por lo que concluyó: “no existe fundamento para justificar las inasistencias del profesor Slamovitz”.u consejo. En actas del Consejo de Secundaria anterior, el consejero Javier Landoni expresó que si se llagaran a filtrar a la prensa la información sobre las inasistencias, los docentes serían sometidos a “escarnio público”.

Investigación. La actual directora de Secundaria Jenifer Cherro dispuso una investigación sobre el caso de Slamovitz y la misma concluyó con un sumario (con separación del cargo) al docente y a Landoni, decisión que se adoptó el pasado 15 de febrero.

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