Por Pablo Méndez
El pasado 27 de febrero, la Justicia sentenció al Estado a indemnizar a un hombre que pasó en prisión siete años, hasta que se determinó que fuera absuelto por falta de pruebas.
El damnificado Ricardo de la Fuente presentó una demanda contra la Suprema Corte de Justicia y el Poder Judicial, por los daños y perjuicios ocasionados por haberlo acusado de ser el asesino de su pareja.
Según se indica en la sentencia a la que accedió El País, la defensa del implicado solicitó en su demanda que se abone a su cliente “la suma de $ 83.009.716 y $ 2.000.000 más intereses legales”.
El juez Alejandro Martínez de las Heras resolvió hacer lugar a la demanda, pero de forma parcial, reduciendo las sumas y rechazando algunos reclamos.
La resolución
Según figura en la resolución el denunciante recibirá una suma superior a los $10.000.000 a razón de lucro cesante y daños morales. Este tipo de afectación era parte de lo que el hombre exigía se contemple en su demanda.
El juez debió tomar en cuenta cada suceso particular del caso para determinar la cifra, ya que no existe “una indemnización ‘tarifada’ del daño moral por prisión indebida”.
Así fue que el magistrado valoró el daño que provocaron los 2.544 días que el denunciante pasó recluido en la cárcel de Las Rosas (Maldonado); sin presentar antecedentes penales, -es decir como primario total- y el “padecimiento psicológico” inherente a la privación de libertad ambulatoria en prisiones con “precarias condiciones y situación de hacinamiento que son de público y notorio conocimiento”.
Por otro lado, se incluyó otra suma que respondía a un reclamo realizado por el hombre que pasó más de siete meses en la cárcel. El hombre aseguraba que por el tiempo que estuvo preso perdió la posibilidad de desarrollar su actividad comercial. En específico, en un local dedicado a la venta de lencería erótica que dirigía antes de ser detenido por este caso.
Fue así que se dispuso una indemnización, una vez más por debajo de los solicitado en la demanda, de US$ 7.000 que el Estado pagará al hombre como resarcimiento.
En su demanda el denunciante había incluido dentro de los montos solicitados que se tome en cuenta los daños que su reclusión ocasionaron relacionado con pérdidas de aportes al Banco de Previsión Social (BPS) y AFAP; además de un daño económico generado por los gastos originados en la defensa durante el proceso penal.
Estos puntos no fueron contemplados por el juez que resolvió rechazarlos por ausencia de pruebas o mérito.
El caso
En 2009 Ricardo de la Fuente fue procesado por el homicidio de su pareja de 17 años. Contra él se contaba con una serie de pruebas, entre las que aparecía que su anillo coincidía milimétricamente con una herida de la víctima. Además se presumía que el hombre pudo haber pasado por el lugar de los hechos en los días previos al crimen.
Sumado a otra serie de indicios se solicitó 12 años de prisión para el acusado, quien continuaba argumentando que era inocente.
Once años pasaron desde su procesamiento, para que se determinara su absolución basada en un faltante de pruebas en su contra.
“No hay plena prueba de que Ricardo de la Fuente fue el autor del homicidio”, explicó el juez en la sentencia.
Una vez liberado, según relató a El País en su momento De la Fuente, fue “como empezar a vivir de nuevo”.
“Quiero volver a empezar. Se congelaron 10 años de mi vida. Hay edificios nuevos, otra forma de hablar. La cárcel es un mundo con otro formato, otras reglas”, dijo al ser liberado.