LEONEL GARCIA
A partir de una ley aprobada en el Parlamento el pasado 24 de setiembre, la número 17.838, los ciudadanos tienen el derecho de conocer y modificar los registros que ahí se encuentren y los involucren.
La ley ha generado reacciones contrapuestas. Para sus redactores y operadores comerciales permite una mayor veracidad y transparencia en la información registrada. Por su parte, asociaciones de consumidores señalaron que la misma reglamenta el "tráfico de datos" y atenta contra la intimidad de los ciudadanos en lo referente a los archivos de carácter comercial.
Los 26 artículos de la ley 17.838 están divididos en dos grandes temas. El primero de ellos es relativo al manejo de datos personales en registros comerciales y el segundo consagra la acción de Habeas Data.
De acuerdo con uno de los redactores originales de la ley, el senador quincista Alberto Brause, el texto establece que "se consagra que cada persona podrá saber qué información relativa a ella se encuentra en todas las bases de datos de instituciones públicas y privadas del país". De no obtenerlas, el interesado podrá promover el recurso de Habeas Data.
Brause considera que el otro gran tema, los datos personales en registros comerciales, es "el más importante" de esta ley. "Desde ahora, las personas podrán acceder a la información comercial de cualquier base y modificar lo que esté incorrecto".
Esta ley a su vez reglamenta y autoriza expresamente el tratamiento y la venta de bases de datos comerciales, una información sumamente apetecible para empresas de diversos ramos.
"No se puede prohibir el manejo de información comercial", señaló Brause. "Pero ahora hay un marco legal". El legislador añadió que la persona en cuestión "cuya privacidad sea ‘invadida’, por decirlo de alguna manera, tiene derecho a conocer qué datos se manejan y eventualmente, corregirlos".
Este hecho es el más cuestionado por Gabriel Barandiarán, presidente de la ONG Causa Común, dedicada a la defensa de los consumidores. "Bajo una supuesta protección de los datos personales termina regularizando su venta, que es un ataque a la privacidad e intimidad".
REGULARIZACION. Tanto sus detractores como quienes la apoyan reconocen que la ley regulariza una situación que en los hechos ya se estaba dando: el uso de bases de datos comerciales para la concertación de negocios o evaluar la capacidad de pago de una persona.
Claudio Piacenza, gerente secretario de la Cámara de Comercio y Servicios, aseguró que esta ley "es un necesario marco regulatorio sobre el manejo de estos datos que nos acompasa a la realidad existente en todo el mundo".
La nueva ley establece que los datos relativos a "obligaciones de carácter comercial" (como deudas) tendrán una vigencia de cinco años desde su registro. Según Susan Weissel, directora del Area de Defensa del Consumidor (Adeco), dependiente del Ministerio de Economía, afirmó que esta es otra ventaja para el consumidor.
Vencido esos cinco años, si la obligación permanece incumplida, el artículo 9 de la ley estipula que "el acreedor podrá solicitar al titular de la base de datos, por única vez, un nuevo registro" por otro lustro.
"TRAFICO". Si bien Barandiarán le reconoció algunos aspectos positivos, como el recurso de Habeas Data y la posibilidad de corregir información falsa, afirmó que con esta norma cada persona incluida en muchas bases de registros pasaría a ser "un dato de tráfico".
Sobre el tratamiento de algunos datos que no requieren consentimiento previo del titular, como los indicados en el artículo 4º (cédula, fecha de nacimiento, domicilio, régimen patrimonial del matrimonio, etc), Barandiarán dijo que eso significa que "cualquier administrador de bases de datos, públicos o privados, puede manejar libremente información de las personas".
Barandiarán enfatizó que un resultado de esta ley es una invasión legal de la privacidad.
CLEARING. Mabel Lorenzo, presidente de la Liga de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (Laccu), coincide con Barandiarán en que "la privacidad de las personas queda desprotegida". Asimismo, abrió el campo para un nuevo jugador al señalar que el hecho que se conozca que una persona está registrada como mal pagador en el Clearing de Informes significa "una muerte civil".
Con 1.800.000 fichas y 3.000 empresas afiliadas, el Clearing de Informes es la base de datos privada más grande del país. Cecilia Dupuy, gerente de operaciones de la empresa, dijo sobre la ley que "es la reglamentación que podrá permitir la actividad crediticia" añadiendo que es una materia "ampliamente reglamentada en otros países".
Barandiarán señaló que la reglamentación no incluye el "uso abusivo" del Clearing de Informes y dijo que hay empresarios que aceptan o no empleados según su condición de buenos o malos pagadores. "Eso no se regularizó en la ley", afirmó.
El senador Brause, por su parte, señaló que "es muy útil a la sociedad saber quién es cumplidor y quién no". En la misma línea opinó Claudio Piacenza: "el ‘malo’ de la película siempre es el Clearing, pero no hay que olvidarse que la correcta información comercial es el corazón del mundo de los negocios, es lo que lo hace mover".
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) será quien controlará la aplicación de la nueva ley a partir de una Comisión Consultiva integrada por cinco representantes del sector público y dos del privado. Uno de estos últimos será un delegado de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios, cuyo presidente es José Luis Puig, también gerente general del Clearing de Informes. Ninguna organización de consumidores integrará esa comisión.
El derecho ciudadano de saber más
Solo hace falta la cédula de identidad para que cualquier individuo tenga derecho a obtener toda la información sobre sí mismo que se halle en bases de datos públicas o privadas. Según el artículo 14 de la ley, este procedimiento podrá realizarse una vez cada seis meses de forma gratuita, "salvo que existiera una modificación de sus datos (ejemplo: cambio de Estado Civil) en ese período)", de acuerdo con Camilo Martínez Blanco, director gerente de la Liga de Defensa Comercial (Lideco).
Una vez recibida, si el individuo constata un error en la información corresponderá hacer la modificación correspondiente. En casos de notoria equivocación o falsedad se podrá pedir la eliminación. Para que esto se realice, el interesado deberá mostrar documentación relativa al caso, como una factura paga.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) funcionará como órgano de control. La cartera será asistida por una Comisión Consultiva de siete miembros: tres representantes del MEF, dos del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), uno de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios y uno de Lideco.
Si bien la ley ya está en rigor, todavía no está reglamentado el funcionamiento del órgano de control y la comisión. Hasta que esto no ocurra, quienes no reciban la información o las modificaciones solicitadas no se realicen en tiempo y forma, deberán acudir al MEF.
En caso que se violen las normas, el MEF estará habilitado a sancionar a los responsables de las bases de datos. Estas sanciones van desde el apercibimiento hasta multas de 200 UR o clausura del archivo.
Datos
180. Son los días que tiene el Poder Ejecutivo desde el 24 de setiembre para reglamentar la ley.
26. Son los artículos de la ley 17.838, dividios en tres títulos y siete capítulos.
20. Son los días hábiles que tiene una base de datos para entregarle al titular de los mismos la información sobre su persona, o para corregir datos incorrectos o falsos. De no ocurrir esto, el interesado podrá ejercer la acción de Habeas Data.
5. Son los años que podrá permanecer un registro de obligaciones comerciales en las bases de datos correspondientes desde su ingreso.
90. Son los días que tienen los titulares de las distintas bases de datos desde el 24 de setiembre para actualizar sus registros.
1.800.000. Son las fichas existentes en el Clearing de Informes, la mayor base de datos privada del país y la más utilizada para el otorgamiento de préstamos o créditos.