El Tribunal de Apelaciones de 3er Turno confirmó la condena por homicidio a un hombre y una mujer que participaron del crimen del exmarido de ella en 2021. Sin embargo, los ministros entendieron que no hubo "premeditación" a la hora de llevar adelante el asesinato, como sí lo había resuelto la jueza de primera instancia. Esto se tradujo en una rebaja en la pena. El joven condenado por ser el autor material había recibido una pena de 15 años de prisión que pasaría a ser de 13 años. La pena de la mujer bajó de 13 años y ocho meses a 11 años y medio.
La Fiscalía de Homicidios de 3er Turno había argumentado que la pareja de amantes le había hecho una especie de emboscada a la víctima. La condenada por el homicidio y el fallecido habían sido pareja por aproximadamente 10 años y tenían un hijo en común. Hacía un tiempo que se habían separado, pero él todavía le insistía para retomar el vínculo.
El crimen, que tardó dos años en resolverse, ocurrió el domingo 30 de mayo de 2021 a las 15:33. Un día antes, la condenada había recibido un mensaje de su expareja que decía: "Solo quiero a mi mujer, mi familia, pero no agarra antena, hasta mañana aguanto (...) hace un mes que quiero que vengas y no venís o sea se hace lo que vos querés."
Al día siguiente, ella le dijo que lo iba a visitar por la noche, aunque después cambió y le dijo que iría cerca del mediodía. Pero mientras hablaba con él —sostuvo la Fiscalía y verificó en dos instancias la Justicia—, se ocupaba de sacarle información que luego le daría a su amante. Por ejemplo, que el día del crimen estaría desarmado.
Ese domingo lo visitó durante un rato y se fue. Poco después, la víctima salió de su edificio y recibió un disparo en la cabeza a una
distancia menor a un metro. El autor, resolvió la Justicia en dos instancias, era el nuevo novio de su expareja. Cámaras de seguridad mostraron cómo un hombre (al que no se llega identificar por las imágenes) se bajó de un auto en la esquina del edificio, esperó durante 20 minutos cubriendo el arma con un buzo y, al ver salir a la víctima, se le acercó y lo ejecutó. Luego, se volvió a subir al mismo auto y huyó.
Ese vehículo lo conducía un tercer partícipe que fue condenado años atrás a través de un proceso abreviado a cuatro años y cuatro meses de cárcel. Él declaró que trabajaba con el autor material del homicidio en una tienda de ropa cuya dueña era la ahora condenada. Contó que su compañero de trabajo le pidió que lo llevara y lo esperara en la escena del crimen puesto que iban a "robar" a la víctima. Aseguró que era la exmujer del fallecido quien les había dado los datos.
El caso demoró dos años en esclarecerse. Inicialmente, se barajó la hipótesis de un ajuste de cuentas —la víctima había sufrido al menos un ataque antes y se le incautó cartuchos, algunos gramos de cocaína y US$ 1.000—, pero esa hipótesis fue descartada por la Fiscalía de Homicidios, que finalmente logró la imputación y condena a los tres partícipes.
Los defensores de la pareja apelaron la decisión de primera instancia de la jueza María Noel Odriozola asegurando que la investigación se basó en sesgos y que no había pruebas fehacientes de la culpabilidad de sus representados. Tanto la abogada de la mujer como la defensora pública que representó al hombre, insistieron en que el conductor del auto, al declarar, solo buscaba inculpar a sus clientes para beneficiarse a sí mismo y por eso mintió. Agregaron que tampoco se demostró que los jóvenes fueran pareja previo al homicidio.
A su vez, la condenada insistió en que ella era víctima de violencia de género por parte del fallecido y que la familia de él hizo todo para que ella fuera inculpada por el crimen, siendo inocente.
Aunque, por unanimidad, el tribunal ratificó su culpabilidad, entendieron que el crimen no fue "premeditado", suprimiendo así la agravante que había pedido la Fiscalía y que había tenido en cuenta el primer fallo. La sentencia, emitida a fines de noviembre y a la que El País accedió esta semana, sostiene que "lo poco que se tiene" para lograr probar esa eventual premeditación es "la insistencia de las comunicaciones telefónicas de la acusada" con la víctima, intentando "extraer información para transmitirle" a los otros dos partícipes, su nueva pareja y el conductor del auto.
Pero, razonó el tribunal, también surge de los mensajes que la condenada iba a ir a visitar a la víctima por la noche y "de buenas a primeras" cambió el horario de visita al mediodía. "Ello demuestra que el eventual plan urdido tomó otro rumbo, significando una suerte de improvisación, ya no tan estructurado, más allá de retomar los roles que para la ocasión se habían distribuido", expresaron y resumieron: "A menor tiempo, mayor espontaneidad y menos reflexión que tensiona con la premeditación". Esto significo una rebaja en la pena de aproximadamente dos años para cada uno. Si alguna de las partes impugnara la sentencia, esto podría ser evaluado por la Suprema Corte de Justicia.