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Marinos asesinados en “La antena”: Ministerio de Defensa fue condenado a pagar US$ 150.000

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El puesto de guardia "La antena" donde ocurrió el triple homicidio. Foto: Francisco Flores.
Triple homicidio de infantes de Marina en puesto de guardia de la Armada Nacional en el Cerro, foto Francisco Flores, Archivo El Pais, nd 20200531, operativo policial, movil de Prefectura, patrulleros, militares
Francisco Flores/Archivo El Pais

FALLO CONTRA EL ESTADO

Una de las familias de los militares ganó juicio indemnizatorio; la cartera apelará.

El juez de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, Gabriel Ohanián, condenó al Ministerio de Defensa a pagar US$ 150.000 a la familia de uno de los tres marinos muertos en un puesto de guarda del Cerro en la madrugada del 31 de mayo de 2020.

La demanda fue iniciada por la madre y el hijo, entre otros familiares, del infante de Marina, Juan Manuel Escobar Acosta, quien dormía cuando fue ultimado de seis balazos por el exmarino Jonathan Bragundi.

El triple homicida ingresó al puesto supuestamente por una ventana con el objetivo de robar las pistolas Glock y las municiones de las víctimas. Tomó el arma de Escobar Acosta que dormía y luego mató a los otros dos militares, Alan Rodríguez y Alex Guillenea.

Rodríguez y Guillenea fueron sorprendidos por Bragundi sentados en una mesa ubicada en la habitación que da al frente del puesto denominado “La antena”.

En su demanda, la familia de Escobar Acosta recordó que, el 3 de junio de 2020, el ministro de Defensa Nacional, Javier García, dijo, en conferencia de prensa, que se había comprobado la falla notoria en los procedimientos de seguridad en la noche de los crímenes.

Según el ministro García, entre las ocho de la noche y las ocho de la mañana del día siguiente a los asesinatos, no había habido ninguna recorrida de seguridad ni comunicaciones radiales. Agregó que la investigación concluyó que existía falta de conocimiento en los procedimientos que se debían hacer.

La demanda, redactada por los abogados de la familia de Escobar Acosta, Guillermo Chiribao y César Enrique Silva, afirma que los asesinatos generaron el relevo del comandante de la Infantería de Marina, de quien dependía el puesto de guardia “La antena”. Y agrega: “La responsabilidad del Ministerio de Defensa se origina por el accionar negligente, omiso e ilícito de los funcionarios dependientes del mismo y también del control que se debió efectuar en la guardia que desplegaban” los marinos.

Los abogados Chiribao y Silva declinaron realizar declaraciones sobre el caso.

Sin responsabilidad

El Ministerio de Defensa expresó al juez Ohanián que el Estado no tuvo responsabilidad en el evento ni existieron omisiones que puedan serle imputadas.

“No existe ninguna explicación racional para lo ocurrido y el desenlace es totalmente ajeno a la Administración. Como surge de la información de urgencia y del informe del Ministerio del Interior, no hubo signos de lucha y/o defensa, el portón de acceso no tenía daños, así como las ventanas y postigos se encontraban cerrados”, dice la cartera.

El ministerio señaló al magistrado que “llama la atención” que tres militares entrenados puedan ser sorprendidos por un solo sujeto sin tener la debida capacidad de reacción para oponer resistencia ante una incursión de un delincuente en el puesto de guardia y más respecto de Escobar Acosta que cumplía también la tarea de ametrallador.

Y sostiene que los dichos expresados por el ministro de Defensa “no sirven” para atribuir responsabilidad al Estado, dado que fueron brindados a pocas horas del hecho, sin haberse inspeccionado la escena del crimen y sospechándose que podría tratarse de un acto de violencia contra las Fuerzas Armadas, extremo que luego se descartó.

La sentencia

Ohanián afirma que acogerá parcialmente la demanda de los familiares del marino Escobar Acosta y dice que el tema a establecer es si, en su asesinato, existió o no responsabilidad del Estado.

Para el magistrado, la comunicación frecuente y oportuna entre el personal que custodiaba “La antena” y sus mandos, así como las recorridas de vigilancia tal como dispone el protocolo, tenían la aptitud para alertar al mando de que algo estaba ocurriendo en el puesto de guardia, porque de ese modo otros efectivos se hubieran apersonado.

Ohanián señala que las recorridas periódicas de cualquier predio estatal por parte de una autoridad armada pueden disuadir a un eventual agresor a perpetrar su ataque, y la ausencia de patrullaje durante casi nueve horas exhibe “una displicencia muy grande” en el cumplimiento de ordenes escritas que fueron pasadas por alto.

“En definitiva, existió un claro apartamiento de los protocolos vigentes en materia de control entre la repartición donde ocurrió el evento lesivo (el puesto de guardia) y el Comando de la Armada”, dice el juez y aclara que los dichos del ministro de Defensa no generaron responsabilidad al Estado.

La cartera apeló: “Actuación fue correcta”

El Ministerio de Defensa apeló el fallo del juez Gabriel Ohanián por considerar que la actuación de la Armada Nacional “fue correcta” y “no tuvo responsabilidad” en el triple homicidio ocurrido en el puesto de guardia “La antena” en 2020.

La apelación del Ministerio de Defensa sostiene que los tres marinos son los responsables de lo sucedido. “El actuar personalísimo de ellos, esto es, la falta de control en su guardia, fue lo que llevó al fatal desenlace”, agrega el documento.

Y señala que “no existió” de parte del Estado uruguayo “ningún actuar omiso ni falta de servicio”. El escrito luego culpa al marino Juan Manuel Escobar Acosta de no actuar en forma correcta. “Tal como se acreditó a lo largo del proceso, todo militar debe, por más que se encuentre en un momento de descanso, portar su arma de forma tal de tener una rápida reacción y acceso frente a cualquier advenimiento que implique su uso y ejercer la defensa debida”, dice. Y agrega: “Ello denota un obrar negligente que fue causa determinante para el desenlace del insuceso, en virtud que el atacante sustrajo su arma sin que el tripulante (Escobar Acosta) lo advirtiera y ultimara a sus dos compañeros primero y por último a él”.

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