La Casita del Parque: dos imputados reciben indemnizaciones por estar casi 200 días presos en forma indebida

Los demandantes fueron el ex secretario general y una funcionaria de la Intendencia de Paysandú; juez consideró que ambos sufrieron "una reclusión indebida".

La Casita del Parque está ubicada en el Parque Municipal donde también está el zoológico.
La Casita del Parque está ubicada en el Parque Municipal donde también está el zoológico.
Foto: Archivo El País.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno condenó al Poder Judicial a pagar al exsecretario de la Intendencia de Paysandú, Horacio de los Santos, y a una exfuncionaria de esa comuna indemnizaciones por $ 312.000 y $ 225.000, respectivamente, por sufrir prisión indebida por el caso conocido comoLa Casita del Parque. Ambos condenados estuvieron en la cárcel por un período mayor al establecido en una sentencia del Tribunal de Apelaciones de 3er Turno. Dos Santos tuvo 102 días de privación de libertad más de los establecidos en la condena y la extrabajadora municipal, 110.

En 2013, el caso conmovió a los uruguayos y generó repercusiones políticas luego de que trascendiera que el entonces secretario general de la intendencia sanducera había participado de una fiesta que incluyó drogas, en la que hubo menores de edad y en la que también estuvo la exfuncionaria en cuestión.

Dos Santos fue condenado por un delito de promesa de retribución a personas menores de edad para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo en calidad de coautor a cumplir una condena de dos años de penitenciaría. En tanto, a la exfuncionaria se le tipificó el mismo delito que el ex jerarca municipal y sufrió igual pena.

Con respecto a Dos Santos, el juez de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, Gabriel Ohanian, consideró en su fallo que el exjerarca municipal sufrió prisión “indebida” y que, por ello, “corresponde” establecer el monto de la indemnización.

Antes de fijar el monto, el juez aclaró que el caso de Dos Santos llegó hasta la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y agregó que todos los órganos descartaron los argumentos del ex secretario general sobre que existieron errores judiciales en el proceso en su contra. Es decir, que un Tribunal de Apelaciones aminorara la pena no constituye una falta de servicio del Poder Judicial; había sobrada prueba para condenarlo por el delito que se le tipificó.

Tras aclarar que no podía rever fallos como de la Suprema Corte de Justicia, Ohanian condenó al Poder Judicial a pagar a Dos Santos una indemnización de $ 210.000 por daño moral y $ 102.000 por daño patrimonial desde el inicio de la prisión indebida. 

Reclamo diario

En otro tramo de su fallo, Ohianan se expidió sobre la demanda de la exfuncionaria. Allí consta que la reclamante solicitó que se condene al Poder Judicial a pagarle una indemnización de $ 3.765.710 por daño moral y US$ 4.500 por daño emergente. Es decir, la demandante exigió el pago de una reparación de $ 12.642 por cada día que sufrió de prisión indebida. Y agregó que, como el Tribunal de Apelaciones había bajado su pena de tres a dos años de cárcel, su condena se excedió en 164 días.

Por su parte, el Poder Judicial señaló que la demandante refirió a 164 días de prisión en exceso cuando en realidad deben contabilizarse 110 porque los 54 días de redención de pena por estudio o trabajo no deben ser tenidos en cuenta.

Advirtió, además, que la prisión indebida —por excesiva— de la reclamante fue como consecuencia de la liquidación de la pena y no de que la actora haya sido absuelta o sobreseída. “Además, el monto reclamado es inconducente y excesivo”, recalcó el Poder Judicial.

En su fallo, el magistrado señaló que si bien la vulneración de uno de los derechos esenciales de la personalidad humana como es la libertad no requiere prueba, reconoció que los testimonios aportados en el expediente revelan que la demandante padeció “un perjuicio importante” por haber permanecido privada de libertad.

Sin embargo, señaló el juez, la exfuncionaria no sufrió en prisión situaciones particulares que ameriten una condena por encima del promedio. Por ello, consideró que el Poder Judicial debía pagar a la ex trabajadora municipal una indemnización de $ 225.000, más reajustes e intereses legales desde la presentación de la demanda.

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