Exsecretario de dos ministros sufrió prisión indebida y ganó juicio: Fiscalía deberá pagar unos US$ 50.000

El juez de lo Contencioso Administrativo Gabriel Ohanian entendió que la responsabilidad de la formalización de una persona con medidas de privación de libertad hoy recae en un fiscal.

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Fiscalia General de la Nacion
Fallo: responsabilizan a Fiscalía por formalizar a profesional
Foto: Estefania Leal

Un abogado y escribano, que fue secretario de dos ministros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), fue detenido en 2020 por 30 policías por orden de la Fiscalía de Atlántida en el marco de una investigación por falsificación de documento público, estafa y asociación para delinquir.

Al año siguiente, en 2021, el profesional fue sobreseído por la Justicia. El pasado martes 7, el demandante ganó un juicio a la Fiscalía junto con su madre y ambos recibirán una indemnización que ronda los US$ 50.000.

En la demanda, el abogado y escribano relató que el 27 de octubre de 2020 fue el peor día de su vida.

La Policía, dijo, le comunicó que un juez de Atlántida había emitido una orden de detención en su contra, lo que le extrañó por ser primario y profesional de Derecho y delinquir no fue su opción de vida.

Además, sostuvo que fue detenido por un poder notarial que llevaba su nombre y era en favor de una persona que desconocía. Al observar el poder notarial, el profesional detectó que no era su técnica jurídica ni su escritura, según señaló en la demanda. Cuando observó la firma, advirtió que había sido falsificada.

Sin embargo, el escribano fue formalizado con prisión preventiva domiciliaria por 90 días y luego prorrogada por otros 90 días permitiéndose por “falta de prudencia” del juez actuante que se le filmara por la prensa, afirmó en la demanda.

Esto posibilitó que uno de sus vecinos descubriera su identidad y luego todo el balneario donde vive tomó conocimiento de la situación.

El demandante recordó que desde enero de 2020 ejercía la profesión de abogado como asesor de un ministro en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA). Al jubilarse el ministro, el abogado continuó trabajando para la ministra entrante en dicho tribunal. Para no perjudicar su honor, el profesional justificó sus inasistencias al Tribunal de lo Contencioso Administrativo señalando que sufría dolencias físicas. Sin embargo, indicó, toda la situación le hizo bajar el rendimiento laboral y ello derivó en no ser tenido en cuenta como asesor de la ministra entrante al TCA que asumió en 2021.

Al finalizar la demanda, el abogado y escribano dijo que había responsabilidad del Estado en su enjuiciamiento. Recordó que, en la audiencia de formalización de la investigación, le expresó al juez que le habían hurtado el papel notarial por parte de un excliente. También expresó al magistrado que nunca se había dispuesto una pericia caligráfica, pero igualmente resultó sometido a proceso penal. Por eso, el abogado reclamó el pago de lucro cesante, daño moral y daño psíquico a su madre y pidió una indemnización total de US$ 400.000.

Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Foto: Archivo El País

El juicio

El Poder Judicial participó en el litigio y dijo que la responsabilidad debía recaer en la Fiscalía General de la Nación, ya que la investigación penal es liderada por un fiscal y no por un juez, como sucedía con el viejo Código del Proceso Penal. En tanto, la Fiscalía rebatió este argumento señalando que no es responsable de la detención del abogado demandante porque al pedido fiscal le sigue la decisión de un juez que integra el Poder Judicial.

El juez de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno, Gabriel Ohanian, hizo lugar parcialmente a la demanda del abogado condenando a la Fiscalía General de la Nación y absolviendo al Poder Judicial. El magistrado entendió que la responsabilidad de la formalización de una persona con medidas de privación de libertad hoy recae en un fiscal. Y entendió que el hoy demandante fue privado de libertad aunque haya sufrido una prisión domiciliaria por 180 días. En otro tramo de la sentencia, Ohanian valoró que el demandante debía ser indemnizado por el daño sufrido, el que perjudicó su vida privada y profesional.

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