En Maldonado prohíben las pantallas gigantes en calles

Medida. La comuna las considera un riesgo para el tránsito

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La comuna prohibió el uso de pantallas gigantes como soporte publicitario. El argumento para la medida tiene que ver con la seguridad de los conductores, las imágenes pueden convertirse en un peligroso factor de distracción para el automovilista.

La Intendencia de Maldonado prohibió el empleo de pantallas gigantes tipo LED o similares en espacios públicos o retiros de todo el departamento. La medida fue resuelta el pasado 15 de febrero por el intendente Oscar de los Santos, y cobra vigencia plena por estos días.

En la resolución, se recordó que la Intendencia de Maldonado trabaja para el acondicionamiento paisajístico de las ciudades del departamento y que en los últimos tiempos se detectó una proliferación de pantallas electrónicas tipo LED en varias zonas.

El uso de este tipo de tecnología no se encuentra amparado por el decreto que regula la actividad publicitaria en la vía pública, sostuvo la resolución. Por considerar que los avisos publicitarios o propaganda "son elementos que afectan el ámbito en que se instalan", la comuna dispuso prohibir este tipo de aparatos con el objetivo de preservar el paisaje y la seguridad vial.

Al respecto, la norma aprobada semanas atrás afirma que el empleo de las pantallas LED en la vía pública "perturba al conductor, pudiendo causar accidentes". Sobre este punto la Unidad de Movilidad Urbana recomendó restringir la colocación de las referidas pantallas en lugares considerados como "inconvenientes" para el tránsito. Además, la norma afirmó que "es necesario limitar la invasión de elementos de publicidad, garantizando el equilibrio, particularmente importante y necesario en las zonas turísticas donde la posibilidad de descanso incluye la oferta de un ambiente no contaminado".

Empero, el artículo 2º de la citada resolución permite que este tipo de pantallas pueda adosarse a las fachadas de los locales siempre y cuando solo promocionen el nombre del local comercial y ninguna otra publicidad.

Los empresarios que tengan este tipo de pantallas colocadas en sus locales comerciales tienen un plazo de siete días para retirarlas. Una vez vencido el mismo, la Intendencia iniciará las acciones judiciales correspondientes.

El concejal blanco Damián Tort, del Municipio de Maldonado, reclamó la autoría de la iniciativa de prohibir este tipo de aparatos.

"Entendemos muy oportuna la decisión del Gobierno Departamental de tomar medidas urgentes, luego de la denuncia que habíamos realizado con respecto a la inconveniencia de la instalación de pantallas LED frente a calles y rutas, las cuales claramente afectan la seguridad vial", dijo Tort.

Si bien esta contingencia no está específicamente prevista en la Ley N° 18.191 de Tránsito y Seguridad Vial, uno de sus apartados hace referencia a factores de peligro para la circulación vial. Concretamente el Artículo 23 de la mencionada norma, "De las perturbaciones del tránsito", establece en su primer numeral: "Está prohibido arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública, o cualquier otro obstáculo que pueda dificultar la circulación o constituir un peligro para la seguridad del tránsito", lo cual se ajusta con la norma departamental.

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