Decir que se puede robar por necesidad no responde a la doctrina de la Iglesia, según un comunicado aprobado por el arzobispo Nicolás Cotugno. El sacerdote Uberfíl Monzón, director del INDA, justificó el robo en determinadas condiciones.
El Instituto Arquidiocesano de Bioetica Juan Pablo II emitió un comunicado "en atención a la reciente controversia desatada en torno la legitimidad o no del robo en ciertos casos" en la que se refiere a la doctrina católica al respecto.
Dicho comunicado, aprobado por el arzobispo Nicolás Cotugno, afirma que "la Doctrina de la Iglesia no autoriza el hurto por `una simple necesidad` como se ha dicho recientemente en la prensa, sino como excepción y ante un `estado de necesidad` realmente apremiante con amenaza de peligro para la subsistencia real de la persona -lo que por cierto es algo más que una mera necesidad-, se puede uno valer de las cosas de otro para subsistir".
"No se justifica por tanto el hurto o la rapiña sino que se afirma el derecho de la persona a procurar su subsistencia del modo en que le es posible en una situación excepcional o estado de necesidad realmente acuciante", añade.
"LEGÍTIMO". El comunicado sale al cruce de la posición del director del Instituto Nacional de Alimentación y militante del MLN-Tupamaros, el sacerdote Uberfíl Monzón, quien en canal 10 reiteró conceptos similares a los que expresó en una entrevista publicada en El País en mayo de 2007, que "en determinadas realidades es legítimo que una persona pueda robar, por ejemplo, para comer".
Este no es el primer roce entre las autoridades eclesiásticas y Monzón, incluso desde que es director del INDA no se le permite celebrar la eucaristía.
Según el comunicado del Instituto Arquidiocesano, cuando en el catecismo se dice que la apropiación de bienes es legítima para garantizar la libertad y la dignidad de las personas, para ayudar a cada uno a atender sus necesidades fundamentales y las necesidades de los que están a su cargo, "en esencia no dice que se puede robar o rapiñar sino que en estos casos la apropiación es en realidad legitima defensa".
"Por esta razón decir que se puede robar por necesidad no responde a un entendimiento cabal de la doctrina de la Iglesia confundiendo robo con estado de necesidad, lo que por cierto son situaciones y conceptos bien diferentes", concluye.
Para Monzón, "en la moral cristiana se admite que quien no tiene para comer (...) pueda robar para comer. No roba de más. Así el derecho lo pueda condenar porque robó una manzana para comer, la visión cristiana le dice que tiene el derecho de robar", según dijo en la entrevista de El País.
ATENUANTE. En la Justicia Penal, el estado de necesidad es una causa de justificación para un delito, que si bien es invocada como defensa por abogados en muchos casos, casi no se aplica porque los profesionales no logran probarlo.
"Es mucho más común el robo de un par de championes de marca y muy caros que de un kilo de arroz", expresó un juez penal.
En el caso de los delitos de hurto, es considerado un atenuante la sustracción de cosas de poco valor para atender una necesidad determinada (que no esté incluida dentro del estado de necesidad).
En general, jueces y fiscales penales no procesan a quienes roban mercaderías de poco valor, como por ejemplo comestibles en un supermercado.
Para ello recurren a consideraciones de "política criminal".