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Antel pierde juicio millonario por eliminar un beneficio a gerentes

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Tras un acuerdo con el gremio, Antel suspendió el pago en dinero por la casa habitación. Foto: D. Borrelli
VISTA DE LA TORRE DE ANTEL ,MONTEVIDEO,20070522 - DARWIN BORRELLI
DARWIN BORRELLI

Fallo inapelable del TCA dice que el ente bajó sueldos de mandos medios.

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) consideró que Antel actuó en forma arbitraria e ilegítima al dejar sin efecto el pago en dinero de la compensación por casa habitación para los gerentes, jefes de unidades, jefes departamentales y jefes locales del ente.

El fallo, que es inapelable, señaló que la empresa estatal, en forma unilateral, efectuó un recorte salarial a los funcionarios demandantes.

El juicio contra Antel fue iniciado por un decena de mandos medios, quienes alegaron ante el Tribunal que gozaron de ese beneficio durante 20 años y el ente lo cesó sin explicitar motivo alguno en una resolución fechada 11 de julio de 2013.

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, por unanimidad, hizo lugar a la demanda de los gerentes y jefes de Antel al entender que resulta "ilegítima" por ser "irregular" en su motivación y por "violentar" el principio de igualdad.

"Sin perjuicio de lo cual, (la resolución de Antel) también resulta ilegítima por implicar una rebaja unilateral de la retribución del trabajador público", sostiene el fallo al que tuvo acceso El País.

En 1981, Antel creó la compensación por casa habitación para los jefes de unidad y otros jerarcas que eran designados en el interior del país. Siete años después, dicha resolución fue anulada cuando el ente aprobó la "Reglamentación sobre Normas en materia de adjudicación de viviendas a funcionarios de la Administración". En 1991, se dispuso que todos los cargos de gerentes de Sector y jefes de Unidad tendrían derecho a casa habitación. A través de varias resoluciones, el Directorio del ente redefinió el alcance del beneficio.

En 2002, Antel dejó sin efecto el pago de la compensación en dinero de la casa habitación. Sin embargo, los demandantes estaban cobrando ese beneficio, puesto que habían sido nombrados jefes departamentales o de Unidad en Cardona (Soriano), Libertad (San José), Paso de los Toros (Tacuarembó), Young (Río Negro), Colonia, Soriano y Cerro Largo, entre otros destinos.

El Tribunal advierte que Antel actuó con doble criterio porque suspendió el pago para aquellos jefes que cobraban el beneficio en dinero y no hizo lo mismo con los jerarcas que lo recibían en especie.

Acuerdo.

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo también consideró que Antel debió fundamentar los motivos por los cuales decidió eliminar dicha utilidad para un grupo de funcionarios y mantenerlo para otros. Un acuerdo firmado entre Antel y el sindicato de la empresa (Sutel) el 9 de diciembre de 2009 estableció la eliminación gradual en tres años del beneficio por casa habitación pagado en dinero y el mantenimiento del mismo si era abonado en especie.

En varias tramos de la sentencia, el Tribunal advierte sobre que la decisión del ente colide con el principio de igualdad y señala que, en caso de encontrarse el organismo ante una emergencia que lo lleve a adoptar una medida de tal magnitud, ésta debía ser fundamentada en detalle. El fallo señala, en forma reiterada, que la supresión del beneficio de casa habitación en dinero para algunos mandos medios supone una "ilegítima" reducción del salario de los mismos y un "empleo ilegítimo" de las potestades que tiene el empleador de modificar aspectos no esenciales del contrato de trabajo (jus variandi). La sentencia insiste en que el beneficio de la casa habitación tiene un carácter indudablemente retributivo, a tal punto que se abona aun cuando el funcionario habite su propia vivienda. Aunque la eliminación del beneficio sea gradual, "lo cierto es que, en los hechos, se está privando al funcionario, por una decisión unilateral de la Administración, de un rubro que desde hace más de veinte años integra su retribución. Tal proceder resulta inadmisible", sostiene el fallo.

El Tribunal entiende que, más allá de las diferencias que la relación estatutaria de empleo público guarda con el contrato de trabajo, debe de verse que una alteración unilateral de las condiciones retributivas rebajando el salario "no resulta jurídicamente justificada".

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Tras un acuerdo con el gremio, Antel suspendió el pago en dinero por la casa habitación. Foto: D. Borrelli

FALLO DEL TCA CONTRA LA EMPRESA PÚBLICAEDUARDO BARRENECHE

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