PEMBROKE, Bermuda--(BUSINESS WIRE)--Gold Reserve Ltd. (TSX.V: GRZ) (BSX: GRZ.BH) (OTCQX: GDRZF) (“Gold Reserve” o la “Compañía”) anuncia varios desarrollos en los procedimientos legales pendientes en los que la Compañía, a través de su subsidiaria de propiedad absoluta Dalinar Energy Corporation (“Dalinar Energy”), ha sido recomendada por el Perito Especial para comprar las acciones de PDV Holding, Inc. (“PDVH”), la empresa matriz indirecta de CITGO Petroleum Corp. La Recomendación Final del Perito Especial de la oferta de Dalinar Energy es el tema de una Audiencia de Venta programada para comenzar ante el Tribunal de Distrito de los EE. UU. para el Distrito de Delaware (el “Tribunal”) el 18 de agosto de 2025. El precio de compra establecido de la oferta de Dalinar Energy es de $7382 millones.
12 de agosto de 2025 .
Red Tree Investments (“Red Tree”) presentó una carta al Tribunal en la que, entre otras cosas, reveló la existencia de una oferta competidora que, según afirmó, fue presentada por Amber Energy el fin de semana pasado. La Compañía no ha recibido copia de esta oferta. La carta de Red Tree indica que el precio de compra de esta oferta es de $5859 millones e implica que se liquidarán $2587 millones en reclamaciones contra PDVSA por parte de los tenedores de bonos de 2020. Si esta oferta es recomendada por el Perito Especial, aceptada por el Tribunal y se concreta, el precio de compra de $5859 millones resultaría en que la Compañía no recuperaría nada de su Sentencia Adjunta en el Proceso de Venta de CITGO. Puede encontrar una copia de la carta de Red Tree aquí.
13 de agosto de 2025
El Perito Especial presentó una respuesta a la carta de Red Tree y declaró que esta “divulgó información confidencial no autorizada sobre una propuesta competidora”. En consecuencia, solicitó al Tribunal que aplazara la conferencia de seguimiento programada para hoy para que el “Perito Especial pueda considerar los acontecimientos recientes“ y, tras reunirse y consultar con las partes, presentara una “propuesta actualizada al Tribunal sobre cómo proceder con respecto a la conferencia de seguimiento y la audiencia de venta antes del jueves 14 de agosto de 2025 a las 16:00 h“. Puede encontrar una copia de la respuesta del Perito Especial aquí.
El Tribunal concedió la solicitud del Perito Especial y reprogramó la conferencia de seguimiento para el viernes 15 de agosto a las 10:00 h. Puede encontrar una copia de la orden del Tribunal aquí.
La Compañía también presentó una respuesta a la carta de Red Tree, en la que expuso su opinión de que: (a) la carta era inapropiada por múltiples razones; (b) la carta y la oferta de Amber Energy a la que se hace referencia no requerían ningún aplazamiento de la Audiencia de Venta; (c) la oferta de Amber Energy, según se describe en la carta, infringía los procedimientos y las protecciones de licitación establecidos por el Tribunal, así como los términos del Contrato de Compraventa de Acciones suscrito entre Dalinar Energy y el Perito Especial, y, en consecuencia, esta oferta sería inapelable. Específicamente, la Compañía manifestó su opinión de que la oferta de Amber Energy, según se describe en la carta de Red Tree, incumple el requisito de que cualquier oferta competidora no solicitada debe incluir un mínimo de sobrepuja por encima del precio de compra de la Oferta Final Recomendada de la Compañía. El precio de compra declarado de $5859 millones para Amber Energy, según se describe en la carta de Red Tree, está $1523 millones por debajo del valor de $7382 millones de la Oferta Final Recomendada de la Compañía. La Compañía también manifestó su opinión de que “el precio real de la oferta de Amber Energy es de $5859 millones, no de $8821 millones, como afirma incorrectamente la carta de Red Tree”. Puede encontrar una copia de la respuesta de la Compañía aquí.
La Compañía prevé que las cuestiones mencionadas serán objeto de comunicación entre las partes. Asimismo, prevé que algunas partes podrían no estar de acuerdo con la interpretación que la Compañía hace de la carta de Red Tree o de la supuesta oferta de Amber Energy, y que dichas disputas podrían requerir una resolución judicial.
Puede encontrar una descripción completa de los procedimientos de venta de Delaware en el sistema de Acceso Público a los Registros Electrónicos de la Corte en Crystallex International Corporation v. Bolivarian Republic of Venezuela, 1:17-mc-00151-LPS (D. Del.) y sus procedimientos relacionados.
Declaración de advertencia sobre declaraciones prospectivas
Este comunicado contiene “declaraciones prospectivas” en el sentido de las leyes federales de valores de EE. UU. aplicables, e “información prospectiva” en el sentido de las leyes de valores provinciales y territoriales canadienses aplicables, así como las intenciones, esperanzas, creencias, expectativas o predicciones de Gold Reserve y su gerencia para el futuro. Las declaraciones prospectivas se basan necesariamente en una serie de estimaciones y suposiciones que, si bien la gerencia considera razonables en este momento, están inherentemente sujetas a importantes incertidumbres y contingencias comerciales, económicas y competitivas. Con frecuencia se caracterizan por términos como "anticipa", "planea", "continúa", "espera", "proyecta", "pretende", "cree", "estima", "podría", "potencial", "propuesto", "posicionado" y otros términos similares, o declaraciones de que ciertos eventos o condiciones "pueden ocurrir" o "ocurrirán". Las declaraciones prospectivas contenidas en este comunicado de prensa incluyen, entre otras, declaraciones relacionadas con cualquier oferta presentada por la Compañía para la compra de las acciones de PDVH (la “Oferta”).
Advertimos que dichas declaraciones prospectivas involucran riesgos conocidos y desconocidos, incertidumbres y otros riesgos que pueden causar que los eventos o resultados reales de Gold Reserve sean materialmente diferentes de nuestros resultados, desempeño o logros estimados expresados o implícitos en dichas declaraciones prospectivas, incluyendo, sin limitación: la discreción del Perito Especial para considerar la Oferta, entablar cualquier discusión o negociación con respecto a ella; que la Oferta no sea aprobada por el Tribunal como la “Oferta Final Recomendada“ bajo los Procedimientos de Licitación y, si es aprobada por el Tribunal, que pueda no cerrarse, incluyendo como resultado de no obtener las aprobaciones regulatorias necesarias, incluyendo, sin limitación, cualquier aprobación necesaria de la Oficina de Control de Activos Extranjeros de los EE. UU. (“OFAC“), el Comité de Inversión Extranjera en los Estados Unidos, la Comisión Federal de Comercio de los EE. UU. o la TSX Venture Exchange; la imposibilidad de la Compañía o cualquier otra parte para obtener suficiente capital y/o financiamiento de deuda o cualquier aprobación requerida de los accionistas para cualquier transacción resultante de la Oferta (o satisfacer otras condiciones); que la Compañía pueda perder cualquier depósito de monto en efectivo realizado debido a la falta de finalización de la Oferta o por cualquier otra razón; que la realización de la Oferta o cualquier transacción resultante pueda implicar costos, responsabilidades o demoras inesperados; que, antes o como resultado de la finalización de cualquier transacción contemplada en la Oferta, el negocio de la Compañía pueda experimentar interrupciones significativas debido a la incertidumbre relacionada con la transacción, las condiciones de la industria, las guerras arancelarias u otros factores; la capacidad de hacer cumplir la orden de embargo otorgada a la Compañía; que el tiempo establecido para varios informes y/u otros asuntos con respecto al Proceso de Venta pueda no cumplirse; la capacidad de la Compañía para participar de otra manera en el Proceso de Venta (y los costos relacionados asociados) ; el monto, si lo hubiera, de los ingresos asociados con el Proceso de Venta; las reclamaciones concurrentes de otros acreedores de Venezuela, PDVSA y la Compañía, incluyendo cualquier interés en las sentencias de dichos acreedores y cualquier prioridad otorgada a la misma; incertidumbres con respecto a posibles acuerdos entre Venezuela y otros acreedores y el impacto de dichos acuerdos en la cantidad de fondos que puedan estar disponibles bajo el Proceso de Venta; y que los ingresos del Proceso de Venta puedan no ser suficientes para satisfacer en su totalidad los montos pendientes según el laudo arbitral de la Compañía de septiembre de 2014 y/o la sentencia correspondiente de los EE. UU. del 15 de noviembre de 2015; y las ramificaciones de la quiebra con respecto al Proceso de Venta y/o las reclamaciones de la Compañía, incluyendo como resultado de la prioridad de otras reclamaciones. Esta lista no es exhaustiva de los factores que pueden afectar cualquiera de las declaraciones prospectivas de la Compañía. Para obtener una discusión más detallada de los factores de riesgo que afectan el negocio de la Compañía, consulte el Análisis y discusión de la Gerencia de la Compañía del año finalizado el 31 de diciembre de 2024 y otros informes que se han presentado en SEDAR+ y están disponibles en el perfil de la Compañía, en www.sedarplus.ca.
Se advierte a los inversores que no confíen indebidamente en las declaraciones prospectivas. Todas las declaraciones prospectivas posteriores, tanto escritas como orales, atribuibles a Gold Reserve o a personas que actúen en su nombre quedan expresamente condicionadas en su totalidad por este aviso. Gold Reserve declina cualquier intención u obligación de actualizar públicamente o revisar de otro modo las declaraciones prospectivas o la lista anterior de supuestos o factores, ya sea como resultado de nueva información, eventos futuros o cualquier otra causa, sujeto a sus obligaciones de divulgación según las normas aplicables promulgadas por las leyes de valores provinciales y territoriales canadienses.
NI LA TSX VENTURE EXCHANGE NI SU PROVEEDOR DE SERVICIOS DE REGULACIÓN (SEGÚN SE DEFINE ESE TÉRMINO EN LAS POLÍTICAS DE LA TSX VENTURE EXCHANGE) ACEPTAN RESPONSABILIDAD POR LA ADECUACIÓN O PRECISIÓN DE ESTE COMUNICADO.
Para obtener más información sobre Dalinar Energy, visite https://www.dalinarenergy.com.
Para obtener más información sobre Gold Reserve Ltd., visite https://www.goldreserve.bm.
El texto original en el idioma fuente de este comunicado es la versión oficial autorizada. Las traducciones solo se suministran como adaptación y deben cotejarse con el texto en el idioma fuente, que es la única versión del texto que tendrá un efecto legal.
Contacts
Kathryn Houlden
(441) 295-4653
A.S. Cooper Building, 7th Floor, 26 Reid Street, Hamilton, HM 11, Bermuda
investorrelations@goldreserve.bm