Uno, dos, tres…¡probando!

Obligados por el Banco Central, todos los intermediarios de valores deberán registrar las órdenes verbales que reciben de sus clientes mediante la grabación de las llamadas telefónicas. El número de teléfono del cliente y del intermediario, el nombre y número de cuenta del cliente, la fecha y hora, el precio y otras varias informaciones adicionales deben quedar archivadas. Este sistema de grabación obligatorio, debe contar, además, con un control trimestral que incluye el informe inicial de un auditor externo.

Si la orden verbal se da en presencia del corredor, el cliente tendrá que firmar una nota o formulario con los detalles. Por el contrario, si las órdenes son escritas, entonces se aceptan diversos medios como nota o fax firmado por el cliente, email, mensaje de texto de celular e Internet.

Cuando el cliente tiene un acuerdo firmado previamente con el intermediario para la libre administración de sus inversiones, entonces no se necesita el registro anterior. Además, se requiere que toda transacción que se realice fuera del ámbito de una bolsa se documente en un formulario que contenga toda la información relevante sobre la operación.

El sorpresivo deber de vigilar

Más allá de los muchos cambios que se ponen en vigencia con esta nueva normativa, el registro grabado es llamativo e intrusivo. El BCU lo impuso sin aviso y, naturalmente, genera un impacto de primer orden. La forma en que los intermediarios de valores deben registrar las órdenes que reciben de sus clientes afecta la relación, por decir lo menos.

Y, por si la sorpresa fuera poca, se exige cumplir con la misma en menos de un mes, el 1º de abril.

Se puede compartir el objetivo de limpidez que persigue el Banco Central. El alcance del contralor y la forma de vigilancia son, sin embargo, entorpecedores para un mercado de valores con la magnitud y sofisticación del uruguayo.

Romper las ventanas buscando transparencia

Como es obvio, la grabación de las llamadas no es un requisito menor. Asimismo, tener siempre la orden escrita o grabada del cliente, cambia la forma en que se lleva adelante el negocio.

En la mayor parte de los mercados en el mundo, esto no se exige. Uruguay no era una excepción en este sentido. Los clientes necesitan y demandan otra rapidez y forma de hacer inversiones. Esta manera de controlar va en desmedro de la vitalidad del mercado en Uruguay.

Es válido tener un mejor registro de las operaciones que los corredores hacen por cuenta de sus clientes. Esto no quiere decir que también siempre se debe tener el respaldo de la orden del cliente, si el cliente voluntariamente opta por trabajar de otra forma.

Entonces la pregunta que surge naturalmente es: ¿a quiénes estamos protegiendo? Claramente a los clientes. Pero los clientes no requieren esto, al contrario seguramente en su gran mayoría lo rechace. En los mercados más desarrollados este tipo de vigilancia no se requiere.

Cuál será el objetivo de estas nuevas reglas. Controlar no es ahogar. La regulación debería concebir e implantar mecanismos de verificación que permitan el mayor y mejor desarrollo del mercado de valores en Uruguay. Contrariamente, lo que se percibe en esta nueva regulación es la voluntad de control, sin gran consideración por el impacto que la vigilancia exorbitada tiene en el mercado. Seremos la vanguardia reguladora…de un mercado inexistente.

Seguramente, el Banco Central puede articular soluciones mucho mejores.

Más obligaciones para los corredores

• Ser sociedades comerciales; no pueden continuar desarrollando la actividad como personas físicas.

• Las sociedades deben tener objeto exclusivo vinculado a la actividad de intermediación de valores.

• Contar con capacitación adecuada mediante exámenes internacionales o locales, según la actividad que se va a

desarrollar.

• Constituir garantías ante el Banco Central.

• Contar con un perfil de cliente para saber qué productos son coherentes con el perfil inversor de cada cliente.

• Contar con procedimientos de resguardo de la información y la documentación.

• Registrar las órdenes de sus clientes; incluso mediante grabaciones.

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