JUAN DUBRA Y JUAN MANUEL MERCANT
En esta columna analizaremos algunas de las prácticas que persigue la nueva Ley de Libertad de Comercio y Preservación de la Libre Competencia, comenzando con el "abuso de posición dominante… en el mercado relevante". El abuso reduce el bienestar de la sociedad, medido como la diferencia entre lo que estaban dispuestos a pagar los consumidores y el costo de producir cada bien.
Para ilustrar cómo se procede con una denuncia, presentamos la versión estilizada de un caso real. La empresa United Brands vendía la mayoría de las bananas en Berlín, y al subir sus precios por encima del costo se la acusó de abuso: "la suba de precio reducirá el bienestar, pues algunos consumidores que estaban dispuestos a pagar más que el costo de producción (pero menos que el precio nuevo) dejarán de comprar". Se acusó a la empresa de abusar de su posición dominante en el mercado de bananas en Berlín. En su defensa la empresa argumentó que el mercado relevante no era el de la banana en Berlín, sino el de la fruta en toda Europa, donde era un jugador menor, sin el poder de afectar precios. Dijo que si subía el precio en Berlín, los consumidores podían comprar duraznos o alguien podría traer bananas de Munich, por lo que había competencia de otros productos y otros lugares geográficos. Por eso, su suba de precios no reducía el bienestar.
Ahora, no alcanzaba con decir que duraznos y bananas tenían usos similares y que se vendían por los mismos canales. Debía mostrar que el durazno compite efectivamente con la banana y que si baja el precio de un producto caen las ventas del otro. A veces es imposible demostrar esto aunque sea verdad, porque una fuerza que baja el precio del durazno a menudo baja también el de la banana, aumentando sus ventas: los márgenes de los almaceneros y el costo del flete son dos ejemplos. La empresa demostró que el durazno competía con la banana siguiendo al primer tren de duraznos del verano proveniente de Italia, ya que cuando llegaba a una ciudad los almacenes bajaban el precio de la banana porque de lo contrario no venderían.
Vemos entonces que las investigaciones definen primero el mercado geográfico y de producto relevante; las empresas acusadas argumentan que el mercado es grande (con competencia de muchos productos y zonas) y el denunciante dice que es pequeño.
Para encontrar el mercado relevante, se hace el Test del Monopolista Hipotético: "Si hubiera un monopolista en el mercado de la banana, y estuviera cobrando el precio de competencia perfecta ¿sería rentable aumentar el precio en 5%?". Si es rentable, quiere decir que la banana no tiene competencia, y debe ser considerada un mercado aparte. Si el aumento no es rentable, entonces la banana compite con, por ejemplo, el durazno. En tal caso, hay que repetir la prueba con los precios de bananas y duraznos. Si ahora el aumento es rentable, el mercado relevante es el de bananas y duraznos. Si no lo es, hay que repetir la prueba con más frutas o postres. El proceso se repite hasta encontrar un mercado en el cual el aumento de precios es rentable, o hasta que se hayan incluido tantos productos que el gasto en bananas sea pequeño en el total (eso asegura que la compañía bananera no tiene poder de mercado). La nueva ley recoge en parte esta metodología al decir que en la definición de mercado relevante se debe tener en cuenta la sustituibilidad del producto con otros bienes o con el mismo producto de otros mercados geográficos.
OTRAS PRÁCTICAS. La ley prohíbe además las prácticas, conductas o recomendaciones, individuales o concertadas siempre que tengan por efecto u objeto, restringir, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia actual o futura en el mercado relevante. La Comisión de Defensa de la Competencia podrá considerar si las prácticas generen ganancias de eficiencia en el desempeño económico de los sujetos, unidades económicas y empresas involucradas, la posibilidad de obtener las mismas a través de fórmulas alternativas y el beneficio que se traslada a los consumidores. El análisis determinará si la conducta será castigada o no, por lo que la ley sigue la regla de la razón: considera la posibilidad de que existan justificaciones para desarrollar las conductas y puede no sancionarlas. Otra alternativa (no aconsejable en nuestra opinión) hubiera sido prohibir ciertas conductas por sí mismas (per se), como hace Estados Unidos con algunas conductas.
La ley da una lista no taxativa de conductas concretas que podrían ser sancionadas. Mencionamos aquí algunas, y argumentamos por qué no son malas en sí mismas.
V "Imponer directa o indirectamente precios de compra o venta u otras condiciones de transacción de manera abusiva". Imaginemos que un monopolista exige a sus distribuidores que vendan su producto a un cierto precio. Eso podría ser porque los minoristas, para mantener precios altos, le pidieron al monopolista esa cláusula, y le pagan un porcentaje de las ganancias. En ese caso, habría que castigar a los participantes. Sin embargo, no siempre hay que castigar a quien fija precios de reventa. Imaginemos por ejemplo a varios minoristas decidiendo si contratarán a un técnico que contesta las preguntas de los consumidores potenciales sobre el producto del monopolista. Como los consumidores utilizarán su servicio, pero comprarán en la tienda más barata (la que no invirtió en el técnico), los minoristas que invirtieron en el técnico no podrán apropiarse de los frutos de su inversión. Entonces, los minoristas no invertirán, los consumidores no tendrán ese servicio y no comprarán: el mercado no proveerá los servicios que son valiosos tanto para el productor como para el consumidor. En este caso la solución eficiente es fijar los precios minoristas y de esa forma se evita al "free rider" (quien aprovecha inversiones ajenas).
Como esta práctica involucra a empresas que están en distintas escalones de la cadena productiva (un productor y sus distribuidores), se la llama vertical. En otro grupo se distingue a las prácticas Explotativas o Discriminatorias. Son Explotativas la suba excesiva de precios de la bananera del principio, o algunas prácticas realizadas por empresas públicas, que abusando de su monopolio legal distorsionan sectores donde están sometidos a la libre competencia. Por ejemplo, el Banco de Seguros del Estado amenazó a una empresa con subirle el precio del seguro de accidentes de trabajo, donde tiene el monopolio, cuando ésta le informó que no renovaría su seguro de incendio porque una empresa de la competencia le había ofrecido mejores condiciones. También es Explotativa la utilización de ventas atadas (atar la venta de un producto, a que el cliente compre otro) y por eso lo prohíbe la nueva ley:
V "Subordinar la celebración de contratos a la aceptación de obligaciones complementarias… que, por su propia naturaleza… no tengan relación con el objeto de esos contratos". En un resonado caso, el gobierno de Estados Unidos declaró ilegal las ventas atadas que hacía IBM de computadoras y tarjetas de datos (punch cards, lo que ahora serían los CDs). IBM sostenía que el uso de tarjetas de peor calidad causaría problemas y pérdida de reputación para la empresa. El gobierno dijo que IBM trataba de extender su poder de mercado en computadoras al mercado de punch cards (donde había competencia) para cobrarlas más caras. Para solucionar el problema de la reputación, IBM debía entregar a sus clientes una lista de las tarjetas que consideraba aceptables.
Sin embargo, a menudo las ventas atadas son eficientes. Para ver porqué, pensemos en el tiempo que nos insumiría comprar todas las partes de un auto por separado, y en el trabajo que les daría a las empresas automotrices armar una lista de los chasis, carrocerías y transmisiones que son compatibles con cada uno de sus motores. Por eso, en muchos casos las ventas atadas son eficientes y hay que analizarlas con la regla de la razón.
Además de las prácticas Verticales y las Explotativas, están las Horizontales (entre empresas que están a la misma altura del proceso productivo) que se dividen en colusivas y exclusorias. Las conductas colusivas fueron analizadas en la columna pasada e incluyen la coordinación de precios y el reparto de mercados. Con las prácticas horizontales exclusorias, las empresas intentan monopolizar el mercado y obstaculizar la entrada de otras. Así, una empresa puede poner un precio por debajo del costo para fundir a un competidor, y luego erigir barreras a la entrada (o aprovechar unas preexistentes) para subir los precios por encima de lo que eran. En este grupo también entra otra prohibición de nuestra ley:
V "Impedir el acceso de competidores a infraestructuras que sean esenciales para la producción… de… servicios". Para entender esta prohibición pensemos en una compañía ferroviaria que es dueña de las vías. Como la mayor parte del tiempo las vías están ociosas, sería ineficiente para una empresa que quisiera competir instalar otra vía al lado de la primera; y si la instalara, la competencia probablemente llevaría a que no pudiera recuperar la inversión. Si la nueva empresa es más eficiente que la primera en el transporte (por tener mejores locomotoras, o mejor administración) lo más beneficioso para la economía es que la dueña de las vías se las alquile a un precio "razonable" a la nueva empresa. En este caso, las vías son una infraestructura esencial.
LA MEJOR DEFENSA. Para limitar la competencia, se debe tener poder de mercado. Si no hay barreras a la entrada de nuevas empresas y los mercados internacionales son abiertos, nadie tendrá poder de mercado, ni podrá afectar negativamente la competencia. Por eso, la mejor defensa de la competencia, y lo que deberían hacer los países, es abrir sus mercados: eliminando barreras legales, y rebajando totalmente los aranceles. Así, las empresas no tendrán ganancias por encima de los niveles correspondientes a la competencia perfecta ya que, de intentarlo, los consumidores se irían con otro proveedor. Argumentos en esta línea han sido elaborados por los premios Nobel en Economía Stigler, Friedman, Hayek y Becker. Se ha mostrado que las fuerzas de la competencia son extraordinariamente fuertes y que solo hace falta un competidor agresivo, o con mejor tecnología, para derrumbar a un monopolista.
APERTURA