Este contenido es exclusivo para nuestros suscriptores.
Por: Andrés López Reilly
La finalización del matrimonio es una etapa compleja por la que transitan muchas parejas. En ocasiones obedece a que el amor, sencillamente, llegó a su fin. En otras, a infidelidades o episodios de violencia. A veces, a todos estos motivos juntos. Cuando la relación se rompe, la solución más frecuente es el divorcio, un proceso legal que puede ser difícil y durar muchos meses por el hecho de tratarse de un trámite que se hace ante el Poder Judicial, aunque podría reducirse en tiempos -y costos- en caso de existir un acuerdo entre las partes.
La legislación sobre el divorcio apareció tempranamente en Uruguay, en 1869, convirtiendo al país en el primero de Latinoamérica que le concedió a la mujer en 1913 la posibilidad de terminar el vínculo por su sola voluntad, sin tener que dar cuenta de ninguna causal. En aquellos años el hombre no podía romper el vínculo matrimonial de forma unilateral, porque se entendía que podía dejar desamparada a su cónyuge. El avance en los derechos de la mujer, que comenzó cada vez más a insertarse en el mercado laboral, a ganar derechos y a ser más independiente, permitió finalmente que el hombre también pudiera divorciarse por su sola voluntad.
Como ocurre en el mundo, en el que para muchos la institución del matrimonio ha perdido valor, en Uruguay las parejas cada vez optan menos por el matrimonio y más por el concubinato. Pero entre los casados, los divorcios han bajado un poco.
Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2021 un total de 2.741 parejas se divorciaron en Uruguay. Este dato representa 186 menos con respecto a la cifra registrada el año anterior. A su vez, el número de enlaces presenta una tendencia a la baja desde hace mucho tiempo, cayendo a 8.120 matrimonios en 2021 (el máximo fue en 1974 con 25.310).
TRES FORMAS DE DIVORCIARSE. La separación legal en Uruguay está regulada por los artículos 186, 187 y 148 del Código Civil, y puede obtenerse básicamente por tres procedimientos diferentes: por mutuo consentimiento de los cónyuges (acuerdo de partes), por la sola voluntad de uno de ellos (divorcio voluntario) y por causal (riñas y disputas, adulterio, sevicias -crueldad excesiva- o injurias graves, separación de hecho, tentativa contra la vida de un cónyuge, propuesta para prostituir a la mujer, condena a pena de penitenciaría por más de diez años o cambio de identidad de género).
Hay una cuarta posibilidad, aunque prácticamente nadie apela a ella por tratarse de un anacronismo: la conversión de la sentencia de separación de cuerpos, una posibilidad que permite desvincularse de la pareja sin “romper” el matrimonio, pudiéndose cambiar a una resolución de divorcio tres años más tarde. Antes se utilizaba esta modalidad básicamente por el “qué dirán”, en una sociedad pacata en la que el matrimonio era una institución sagrada, aunque puertas adentro encubriera un infierno.
“Un aspecto importante a tener en cuenta es que para que un juez pueda decretar disuelto el vínculo matrimonial debe resolver en forma previa, al menos provisoriamente, la situación de los hijos menores o incapaces de dicho matrimonio. Esto implica la guarda, la tenencia, la pensión alimenticia y el régimen de visitas”, explica a Revista Domingo Laura Capalbo, presidenta del Colegio de Abogados del Uruguay.
La situación de los menores puede ser acordada previamente por los padres, presentando un acuerdo que debe ser homologado por el juez. De lo contrario, podrán tramitar los procesos judiciales para resolver la situación de sus hijos.
SEPARARSE POR RIÑAS Y DISPUTAS. Una de las causales más utilizadas para el divorcio son las riñas y disputas continuas que hagan insoportable la vida común de los cónyuges, para lo cual es necesario presentar testigos. Si la persona que inició el procedimiento deja de concurrir a alguna de las audiencias, el magistrado entenderá que abandonó el proceso.
El hecho de que Uruguay haya sido pionero en Latinoamérica en relación a legislación sobre divorcios, ha generado que las parejas de ayer y hoy compartan situaciones prácticamente idénticas en lo que refiere a la disolución de sus vínculos.
Margarita tiene 77 años, es jubilada y se divorció hace prácticamente medio siglo. El padre de sus dos hijos era viajante y se ausentaba frecuentemente de su casa en Montevideo. Incluso lo hacía cuando ella estaba a punto de dar a luz a su hijo menor, quien hoy tiene 50 años. Comenzó a sospechar y supo, por intermedio de una compañera de trabajo de su exesposo, que él mantenía una vida paralela en Durazno. El hombre estaba esperando que naciera su hijo para separarse y volver a casarse con otra mujer con la que estaba vinculado sentimentalmente desde hacía tiempo.
“En mi caso el divorcio fue por riñas y disputas. Me lo hizo una amiga que en ese entonces era una joven abogada. Tuve de testigos a amigos y compañeros de trabajo que declararon sobre episodios de maltrato. Elegí ese trámite porque era el más rápido, no lo quería ver más”, dice a Revista Domingo. “Luego el proceso siguió por otras vías, durante años, cuando yo tenía que reclamar lo que le correspondía aportar por sus hijos y que, por distintos motivos -como trabajar en negro- no pagaba”, agrega Margarita.
ACUERDO ENTRE PARTES. Si no presentan testigos, los cónyuges pueden promover el divorcio de común acuerdo. Prima facie, parece lo más sano para disolver un vínculo de pareja. En este caso, ambos deben concurrir personalmente a la audiencia que fije el juez, donde se les pregunta sobre la posibilidad de reconciliación, y ante la negativa, se decreta la separación provisoria, citando a una nueva audiencia con plazo de tres meses.
Este procedimiento no es tan utilizado, porque requiere que en cada cita ambos cónyuges se presenten a manifestar su voluntad de separarse. En caso de que uno no concurra a la sede judicial, no se puede continuar el trámite y el divorcio debe ser solicitado por otra vía.
Segundas partes nunca son buenas, dice el dicho popular. Pero así como hay personas que se separan de común acuerdo, también hay otras (pocas) que vuelven a casarse por el mismo entendimiento. Hay casos famosos en el mundo: Liz Taylor y Richard Burton, Melanie Griffith y Don Johnson, Pamela Anderson y Rick Salomon, Jean-Claude Van Damme y Gladys Portugues, Eminem y Kimberly Anne Scott.
Los padres de Fernanda se separaron cuando ella tenía 10 años y se volvieron a casar cuando cumplió 15. El motivo no fue exclusivamente el regreso del amor (de hecho, hace años que han rehecho sus vidas junto a otras parejas).
“Se volvieron a casar porque mi madre insistió por un tema social, porque no quería que cuando le preguntaran por su estado civil, tuviera que responder que era divorciada. Y para mi abuela, su madre, era muy importante el matrimonio. Mi hermana era más chica, iba al colegio Santa Rita, donde también eran medio conservadores. En ese entonces mi madre tenía otra cabeza, por suerte ahora avanzó”, comenta Fernanda y se ríe. Y agrega: “Recuerdo que mi padre no quería pasar otra vez por el Registro Civil y que fue el juez a casa. Se casaron en el living, con unos poquitos invitados”.
POR UNA ÚNICA VOLUNTAD. Otro de los procedimientos utilizados es que los cónyuges soliciten el divorcio por su sola voluntad, algo que no podrá instrumentarse hasta después de haber transcurrido dos años de la celebración del matrimonio. En este caso, el demandante debe asistir ante el juez letrado de su domicilio, para exponerle su deseo de disolver el vínculo.
Pero los casos de violencia, con esta modalidad, pueden terminar en una revictimización de la mujer o del hombre que intentan cortar el vínculo lo más rápido posible y que deben asumir mayores costos por tratarse de un proceso unilateral y más largo.
María es extranjera, tiene 34 años y se distanció de su exmarido hace cinco, luego de una serie de episodios de violencia familiar. Vivía en el interior y al separarse se mudó a Montevideo con sus dos hijos, que entonces tenían 4 y 9 años. “Tuve que divorciarme por la sola voluntad de la mujer, porque él no quería hacerlo. Yo no contaba con familiares de sangre en Uruguay y los amigos que teníamos en común nunca iban a declarar en su contra”, comenta a Revista Domingo.
Esta modalidad de divorcio hace que el proceso sea bastante más largo que una separación de común acuerdo. “Me llevó más de un año. Fue necesario trasladar el expediente a Montevideo. Yo sola tenía que ir a las audiencias y pagar abogado. Básicamente, el juez lo único que hacía cada vez era preguntarme si estaba segura de querer divorciarme, si no me había arrepentido”, recuerda. Los costos de abogado, traslados y timbres se le hicieron muy onerosos. “Tenía un representante que era bueno pero me cobraba un disparate. Luego de hacer algunas consultas, me explicaron que el trámite de divorcio no es algo complejo, por lo que contraté a un abogado junior que hizo el trabajo perfectamente y me cobraba más o menos la tercera parte”, añade María.
Cuando hay hijos y bienes en común
Si lo que se busca es agilizar el proceso de divorcio, y ambos cónyuges están de acuerdo y tienen decidida la situación de sus hijos menores, pueden presentar una demanda y contestación conjunta, agregando el acuerdo con sus hijos. “De esta forma evitan que se tenga que dar traslado de la demanda de divorcio al otro cónyuge, quien tendrá un plazo de 30 días para contestar y el juez no tendría que considerar la situación de los menores porque ya fue acordada, y solamente deberá homologar el acuerdo”, explica Laura Capalbo, socia del estudio Bragard Abogados.
En cuanto a los efectos patrimoniales del divorcio, si la celebración del matrimonio dio lugar a la creación de una sociedad conyugal, es decir, los cónyuges no otorgaron capitulaciones matrimoniales en sentido contrario, o no separaron los bienes, el divorcio extingue dicha sociedad, por lo que cada uno puede comprar bienes sin que le pertenezcan a su excónyuge.
“De todos modos, si no se ponen de acuerdo en cómo dividirse y adjudicarse los bienes que le pertenecen a ambos, cualquiera de ellos podrá promover un juicio de participación para que el juez competente sea el encargado de determinarlo”, dice la presidenta del Colegio de Abogados del Uruguay.
Sobre las posibles complicaciones para llegar a un acuerdo de divorcio, Capalbo comentó que depende de la voluntad de los involucrados: “Existen casos en los cuales uno de los cónyuges ni siquiera conoce los bienes que pertenecen a la sociedad conyugal. Otros optaron por separar los bienes y decidieron por múltiples razones no adquirirlos a su nombre y sí a los de su cónyuge. La casuística es infinita, pero el buen acuerdo dependerá de la actitud que asuma cada parte buscando la mejor solución para ambos, ya que los juicios son desgastantes y quitan tiempo para concentrarse en temas importantes”.