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Sentencia: Claro puede prestar servicios de televisión satelital

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El juez Gabriel Ohanian sostuvo que la empresa tiene “licencia vigente”.

El juez de lo Contencioso Administrativo de 1° Turno, Gabriel Ohanian, consideró que la empresa Claro tiene su "licencia vigente" para suministrar el servicio de televisión para abonados por el sistema satelital directa al hogar.

"Ello surge de la aplicación de los principios básicos del Derecho Administrativo; dicho esto sin humildad y sin soberbia", sostuvo Ohanian en la sentencia fechada el jueves 27 a la que tuvo acceso El País.

La sede judicial descartó por "improcedente" la tesis de la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicación (Ursec) que pretende que la adjudicación de la licencia a Claro no puede reimplantarse.

"Tan vigente estaba la licencia de la accionante (Claro), que otras empresas de televisión por cable interpusieron recursos contra la misma que fueron despejados por la propia Ursec" y desestimados por dicho organismo, apunta Ohanian en su escrito.

Enseguida agrega: "Es decir que la Ursec en abril de 2013 partía del supuesto no solo de que había una licencia vigente (la de Claro) sino que la misma era legítima".

De esta forma, Claro puede ofrecer servicios de telefonía satelital similar al que se presta en Uruguay por la empresa internacional Direct TV —propiedad de la empresa norteamericana de telefonía ATyT.

Meses atrás, la empresa Claro inició una acción de amparo ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo de 1° Turno exigiendo que el gobierno libere 500 decodificadores que están retenidos en la Aduana esperando una certificación del Poder Ejecutivo donde se señale que la compañía de celulares sí tiene autorización para la prestación de los servicios.

Ohanian sostuvo que no debía pronunciarse sobre el recurso, ya que, el lunes 10, el Poder Ejecutivo le dio la razón a la empresa Claro.

Ese día, en una resolución firmada por el vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia, Raúl Sendic, el Poder Ejecutivo decidió suspender transitoria y totalmente una resolución anterior del gobierno que impedía a la empresa Claro poseer dichas licencias para vender servicios de televisión satelital.

En su sentencia, Ohanian insistió señalando que Claro posee dichas licencias por tres sentencias favorables emitidas con anterioridad por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) y por la resolución firmada por Sendic.

Riesgo.

El fallo señala a texto expreso que el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y la Ursec no deben desacatar ni las sentencias del TCA relacionadas ni la resolución del Poder Ejecutivo que da la razón a Claro, con la "eventualidad de terminar comprometiendo inútilmente la responsabilidad patrimonial del Estado".

Ohanian enseguida advierte: "Respecto de esto último, es de esperar que no escape al fino parecer de los demandados (Ministerio de Industria y Ursec) el contenido elocuente de los dos últimos fallos del TCA, que detallan en sus considerandos supuestos fácticos y jurídicos muy diferentes a los sostenidos por ellos" en este expediente judicial.

De aquí en más, el Ministerio de Industria y la Ursec deberán cumplir con cuatro fallos de la Justicia y respetar en adelante lo resuelto por el Poder Ejecutivo, bajo grave riesgo de considerarse en desacato, según señala la sentencia del juez Ohanian.

Sutel presionó para que no autoricen transmisión.

Unos 50 integrantes de Sutel concurrieron en varias audiencias al Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1° Turno para protestar por un recurso presentado por Claro.

Sutel opone a que el Estado le permita ofrecer servicios de televisión satelital a Claro. En un comunicado, el sindicato dice que la vía utilizada por Claro para que se le conceda es "ilegal" y manifiesta su "honda preocupación por: El inminente otorgamiento de una licencia de televisión directa al hogar satelital por parte de un Juez de Primera Instancia, en abierta violación del artículo 56" de la denominada ley de medios y sostiene que "esta maniobra se basa en un fraude en el procedimiento aduanero de importación de decodificadores que no ha sido castigada debidamente por la Justicia, aún cuando todavía está a tiempo de hacerlo".

JUSTICIA LE DA LA RAZÓN A CLARO

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