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Prisión de Amodio Pérez abre polémica jurídica

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El extupamaro fue procesado el lunes; se encuentra en Cárcel Central. Foto: Archivo
Hector Amodio Perez, ex tupamaro desertor, llega a juzgado de Juan C Gomez,a audiencia, con su abogado Andres Ojeda,ND 20150907 foto Francisco Flores
Archivo El Pais

El procesamiento con prisión de Héctor Amodio Pérez como coautor de reiterados delitos de privación de libertad, generó cuestionamientos jurídicos y una única coincidencia: la sentencia marca un precedente y podría derivar en más procesados.

Para el abogado defensor de Amodio, Andrés Ojeda, la Justicia debe evaluar ahora si alguno de los extupamaros que reconocieron haber señalado a un compañero en diversos contextos, incluidos altos jerarcas, están en la misma situación que Amodio. De la vereda de enfrente, el abogado denunciante, Federico Álvarez Petraglia, asegura que corresponde continuar las actuaciones judiciales con la indagatoria a decenas de personas, incluidos más de una veintena de militares.

La jueza Julia Staricco confirmó ayer que la investigación continuará y que tomará declaración al extupamaro Mario Píriz Budes, quien ya había estado citado pero presentó un certificado médico y pidió declarar por Tribunal Comisionado.

La magistrada dijo a Subrayado que el tribunal ya se coordinó y que resta fijar la fecha en la que viajará junto a la fiscal Stella Llorente al departamento de Rivera, donde reside el otro "traidor" de la historia oficial del MLN-T, para tomarle declaración en el marco de la causa que se inició en 2011 tras la denuncia de 28 mujeres torturadas en distintos centros de reclusión durante la dictadura (1973-1985).

Ayer, a menos de 24 horas de procesado, Amodio fue sometido a un chequeo por el médico forense Guillermo López, solicitado por Staricco a fin de evaluar su estado de salud y eventualmente disponer prisión domiciliaria. López presentará hoy miércoles su informe y no hay un plazo judicial para que la jueza decida.

Además de su edad (78), Amodio tiene algunos problemas de salud: hipertensión, colesterol y una infección intestinal por la que estuvo internado días atrás en una mutualista, según su abogado.

Diferencias.

Jurídicamente el fallo de la jueza Staricco tiene dos argumentos que son cuestionados por abogados penalistas: el delito tipificado (privación de libertad) y si está o no prescrito.

Algunos profesionales consultados por El País evitaron dar su opinión sobre el fallo por la exposición pública del caso, otros lo calificaron como un "disparate" pero prefirieron no ser nombrados y unos pocos se animaron a analizarlo.

El penalista Gastón Chávez dijo a El País que más allá del grado de libertad que tuvo Amodio para señalar gente, no hay privación de libertad "cuando se denuncia a alguien como partícipe de un delito".

"La jueza funda la privación de libertad en los artículos 281 y 282 del Código Penal. No veo que haya ilegitimidad en el acto de denunciar. En aquel momento la jurisdicción militar era legítima, nos guste o no, porque había sido votada por el Parlamento la ley 14.068 (Seguridad del Estado y del Orden Interno aprobada en 1972 bajo el gobierno de Juan María Bordaberry). Era eso lo que estaba vigente. Los procedimientos de los juzgados militares se seguían en la Justicia Militar. De manera que el régimen de detención probablemente estuviera amparado en parte por el régimen de medidas prontas de seguridad que existían", explicó el penalista.

Chávez cree que la sede "pasa una cuenta implícita" de que a consecuencia de las detenciones los detenidos son sometidos a tortura, violaciones e incluso algunos fallecieron mientras estaban privados de libertad. "Es la cuenta implícita que pasan, pero privación de libertad con los elementos que se manejan no hay", agregó el abogado.

En el fallo, Staricco asegura que "se ha reunido la semiplena prueba para entender que el indagado participó en diversas detenciones de civiles, los cuales eran llevados al Batallón Florida, siendo sometidos a interrogatorios con la finalidad de obtener información, lo que implicaba apremios físicos, como el submarino seco o el tacho, la picana y plantones".

Después de repasar los vaivenes que tuvo la ley de Caducidad, el abogado comentó que "personalmente" y "desde el punto de vista del derecho nacional", entiende que los hechos por los que se procesa a Amodio están prescritos porque ocurrieron hace 43 años.

"Cuando la propia ley de Caducidad, inconstitucional o no, fue legitimada por declaraciones de constitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia, más dos plebiscitos realizados en 1989 y 2009, creo que no cabe", afirmó.

"Muerto con el alma en el infierno"

El lunes antes de ser procesado, Héctor Amodio Pérez dijo que lo ocurrido a raíz de su retorno a Uruguay era un montaje del ministro de Defensa, Eleuterio Fernández Huidobro, del expresidente José Mujica y del ministro del Interior, Eduardo Bonomi, tres exguerrilleros del MLN-T. Ayer los dos ministros le respondieron.

Huidobro, que declaró en la causa, aseguró que el extupamaro "es un muerto que camina", y que "su alma ya está en el infierno como le pasa a los traidores". "Su procesamiento no me interesa para nada", agregó.

Bonomi, en tanto, dijo que Amodio "no sabe dónde está parado ni adónde vino".

"Como cuando se fue los que le otorgaron la identidad falsa eran oficiales de alta jerarquía y podían manipular la Justicia, él cree que ahora las autoridades pueden manipular. Está profundamente equivocado. Ninguno de los tres tenemos algo que ver", indicó.

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