Asaltos
El Código Penal en sus artículos 340 y 344 tipifica dos tipos de asaltos: rapiña o hurto. La rapiña se refiere a los asaltos hechos con violencia y amenaza. Por el contrario el hurto se produce sin violencia y sin amenaza.
Las cárceles
También los castigos que se dictan tienen diferentes nombres. Cuando la condena no supera los dos años se habla de pena de prisión. Cuando es igual o mayor a dos años se dicta la penitenciaría.
Homicidios
Según el artículo 310 del Código Penal, quien comete un homicidio es quien "con intención de matar, diere muerte a alguna persona". Cuando se mata sin dolo, es decir por una impericia como sería un accidente de tránsito, se habla de , homicidio culposo.
En el hogar
Años atrás delitos de violencia doméstica eran tipificados como lesiones personales. Pero para ser violencia doméstica debe haber un ciclo de violencia sostenida y prolongada, un perfil de ofensor doméstico y un síndrome de mujer maltratada.