CÉSAR BIANCHI
Walter era un limpiavidrios de Artigas, como tantos de los que abundan en las esquinas uruguayas. Cada noche, cuando terminaba su jornada, dejaba un bolsito con su lampazo, su franela y el jabón líquido en lo de Euclides Calfani, un anciano de 70 años, un buen vecino que le permitía dejar sus cosas hasta la mañana siguiente.
El 18 de mayo de 2002 la Policía fue hasta la casa donde vivía Walter y se lo llevaron detenido. Calfani había aparecido muerto en su hogar y dos menores señalaron al homicida: Walter Coria, entonces de 25 años. Estaba lastimado, tenía un tabique nasal roto que lo delataba. En la comisaría artiguense, Coria, entre sollozos, admitió la autoría del crimen. Todo cerraba.
Estuvo un año y nueve meses preso.
Quedó en libertad el 10 de febrero de 2004, cuatro meses después que un examen de ADN comprobara que era inocente. El examen se hizo para confirmar que los cabellos, sangre y piel que se obtuvieron debajo de las uñas de la víctima eran suyos. No lo eran.
En el medio de la historia, durante el proceso judicial, Coria no paró de decir que era inocente, que él no había matado a nadie. Según su abogado, Wilson Paz, Coria había admitido el homicidio en la seccional "debido a los apremios morales y físicos de los que fue objeto, pero después lo negó sistemáticamente".
Lo del tabique nasal quebrado se explica porque la noche anterior a su detención había tenido una riña tras un partido de fútbol. El asesinato de Calfani, quien era homosexual, también tuvo otra explicación: fue el desenlace de una noche de sexo y violencia. Lo golpearon para intentarle robar la jubilación recién cobrada.
El abogado comenzó un juicio contra el Estado reclamando una indemnización, apelando a la ley "de responsabilidad objetiva del Estado", que establece en su artículo cuarto, que "quien haya sufrido prisión preventiva en un proceso penal sin haber sido en definitiva condenado a pena privativa de libertad por lo menos igual al lapso de prisión preventiva sufrida, tendrá derecho a recibir del Estado la indemnización en dinero de los perjuicios materiales y morales que dicha prisión preventiva (el exceso de ella, en su caso) le hubieran causado".
En principio Paz le dijo al tío de Walter, Faustino Coria, que pediría un resarcimiento de 300.000 dólares, después se habló de 240.000, y finalmente, "considerando que no era un cirujano, sino un limpiavidrios", como le recordaron algunos juristas, Paz terminó pidiendo 120.000 dólares de compensación.
El caso lo tiene el juez de segundo turno de lo Contencioso Administrativo, Gustavo Mirabal, quien está de licencia por enfermedad. El expediente ahora lo tiene su suplente, la jueza Silvia De Camilli, pero según confiaron en el Poder Judicial, ella dejaría el caso tal cual está, para que lo siga considerando Mirabal, cuando se reintegre tras la feria judicial, en febrero.
Walter quedó mal, advirtió Paz, su abogado. Mal psicológicamente. Lo confirmó su tío Faustino: "No está bien la cosa", dijo intentando disimular, porque su sobrino estaba a su lado, tomando mate con él.
Ahora se baña y se viste sin ayuda, dos logros importantes en su recuperación. Tiene 30 años.
Todos los días espera que su tío venga de trabajar como vendedor ambulante para tomar mate en las calurosas tardes artiguenses. No conoce a su padre y hace pocas semanas que su madre, que vive en Quaraí, volvió a acercársele.
Walter vivía con la madre de su tío Faustino. "Vivía con mi vieja, que lo quería mucho y le daba cobijo, porque no tenía a nadie. Un día se lo llevaron preso y nunca más volvió. Mi madre empezó a atrasarse, se atrasó y se atrasó, hasta que murió hace dos meses", cuenta el tío del muchacho, con gran indignación.
Faustino tiene una teoría: la Policía de Artigas tenía dos crímenes sin resolver y no querían sumar un tercero. "Querían agarrar al primero que apareciera y justo pasó Walter. Le tocó", dijo. Según su lectura del episodio, fue como un pobre diablo que pagó los platos rotos.
Los dos menores que señalaron a Walter como el autor del crimen, fueron los autores. Ambos fueron derivados al Inau y luego quedaron en libertad. Hoy, uno de ellos volvió a la cárcel, pero por un delito de hurto.
Presos por error
Según el vocero de la Suprema Corte de Justicia, Raúl Oxandabarat, casos como éste son "excepcionales". La Justicia recibe entre cuatro y cinco demandas al Estado por año, por casos de supuestos acusados que están presos injustamente. No siempre el juicio es contemplado y la parte demandante cobra la indemnización solicitada, explicó Oxandabarat.
Según datos de la Suprema Corte, hasta el 20 de julio hubo 2.711 procesados sin prisión (66%) y los magistrados procesaron a 1.393 personas con prisión (34%). Por lo que hasta mitad de año hubo 4.104 procesados. Considerando las estadísticas, Oxandabarat entiende que los casos donde el Estado debe rectificarse, absolver un recluso y resarcirlo económicamente por el daño sufrido son muy esporádicos.
"En general, cuando el juez procesa ya tiene indicios firmes de que la persona es culpable, máxime si es procesado con prisión. Hay 7.000 reclusos presos con prisión y sólo hay cuatro o cinco casos por año donde aparecen elementos nuevos que hacen caer todo lo que indicaba a un sujeto como responsable. Ahí el Estado lo absuelve. Y se le puede exigir una indemnización por el tiempo que estuvo preso", dijo.
Comprobar que el individuo preso es inocente es "un hecho posible a la casuística de lo que puede ocurrir", reflexionó Oxandabarat.
Ha pasado, reveló, que por problemas administrativos algún preso ha permanecido detenido más tiempo del que le correspondía. Son algo así como casos de mala praxis judicial.
Según el abogado Wilson Paz, se calcula que por cada día de prisión injusta el Estado debería pagar entre 22 y 30 dólares.
No es el único caso de un artiguense inocente condenado equivocadamente que debió ser resarcido por el Estado.
En el departamento norteño, todos recuerdan el caso de Atilio Heriberto Costa, un carpintero que en 1985 marchó a prisión -erróneamente- por el delito de "tentativa de violación".
Estuvo 19 meses preso. Se lo acusaba de haber intentado violar a una mujer discapacitada. El 17 de diciembre de 1985 el joven se dictó la sentencia. El abogado Daniel Fernández Franca, quien tiene muy presente el caso, apeló y tras un año, siete meses y 14 días preso, Costa fue liberado.
Entonces amparado en el artículo cuarto de la ley de procesamiento sin prisión, Fernández le inició una demanda al Estado que, según publicó El País el 26 de agosto de 1987, de prosperar sería de un millón de dólares de la época.
El padre de la supuesta víctima, una joven de 18 años, realizó la denuncia contra Heriberto Costa, de 19, y la Justicia de Bella Unión lo envió a la cárcel departamental.
Tras intensas gestiones del abogado de Costa, el 6 de mayo de 1986 Fernández Franca aclaró que no había solicitado la liberación de su defendido, sino la revocación de su caso o el sobreseimiento. El fiscal retrucó pidiendo la ampliación de la condena a "violación".
El 10 de diciembre del 1986, Fernández sostuvo que no se habían cumplido los requisitos formales e insistía con que su defendido era inocente.
Recién el 2 de julio de 1987 el Tribunal de Apelaciones entendió que no había existido delito y por telegrama le comunicaron al juzgado de Artigas que dejara en libertad a Costa.
Días después, Fernández dijo que le exigiría al Estado una suma aproximada al millón de dólares por concepto de "perjuicio moral y material".
La clave para confirmar que Costa no vejó a la víctima no fue una examen de ADN, prueba nada común a fines de los ochenta, sino una pericia psiquiátrica realizada a la joven ofendida, más la propia denuncia que ella redactó de puño y letra.
Recuerda el abogado de Costa: "Se decía que ella tenía problemas mentales con intervalos lúcidos apenas, y eso era un agravante. Pero yo vi la denuncia y su letra era impecable, muy linda, me hacía acordar a la letra de mi madre. ¡No podía ser la letra de una retrasada!"
Con ese detalle advertido y el pedido de una pericia psiquiátrica, Fernández demostró que su defendido era inocente. Además, evocó, la supuesta víctima no tenía ninguna prenda de vestir rota, y carecía de hematomas o magulladuras en su cuerpo.
Por si fuera poco, consiguió una carta de amor de la joven hacia Costa.
"Se habían encontrado y habían tenido relaciones sí, pero fue con su consentimiento, y la chica no tenía problemas mentales como dijeron los padres".
El juez del momento fijó la suma de la indemnización en 25.000 dólares, pero Fernández apeló a la figura jurídica "astreintes", una condena conminatoria al Estado, que no pagaba lo acordado como resarcimiento.
La Justicia estimó en 50 unidades reajustables de la época la cantidad a pagar por cada día que el joven estuvo injustamente preso, que sumado a la dilatoria del pago, llegó a ser de unos 250.000 dólares.
Heriberto Costa recién fue indemnizado a fines de 1988. Cuando quedó en libertad, Costa habló con el corresponsal de El País, en agosto de 1987. "Estoy triste y contento. Sólo yo sé de los momentos que viví en la cárcel... Allí adentro es una vida de mucha amargura, se vive encerrado sin libertad para salir y hay que esperar 60 días para tener vínculos familiares en la casa".
"Al principio perdí las esperanzas. A veces me entregaba al destino que me tocaba vivir, pero encontré comprensión en familiares y amigos. Ahora todo pasó y espero recuperar el tiempo perdido", reflexionó entonces. Y lo recuperó nomás. Con los 250.000 dólares cobrados, Costa se compró una casa y una carpintería con máquinas nuevas. Se casó y con su mujer tienen dos hijos. Igual, aseguró consultado, lo siguen mirando de reojo en Artigas, 20 años después: "Todavía hay gente que me juzga y cuando paso dicen en voz baja: `este es el que cobró plata por aquello`".