Caso a caso: la ausencia de reglas

ISAAC ALFIE

Luego de que "sonara razonable y adecuada", y tuviera aceptación general para tratar a los deudores del BROU y evitara una ley de refinanciación de deudas, la actual Administración ha adoptado prácticamente una única forma para encarar temas diversos, se dice "vamos a verlo caso a caso". Ante cualquier dificultad, o directamente en las leyes que se remiten al Parlamento, en general todo queda librado a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo, algo que a esta altura además de costumbre se ha transformado en una muletilla. No es que piense que no deba ser el Poder Ejecutivo quien en definitiva define o reglamenta la casuística y por tanto debe tener facultades para ello, eso debe ser así, pero lo que no se debe hacer es ex profeso y de manera deliberada legislar la ausencia de un marco preciso dentro del cual se mueva el Ejecutivo. En otras palabras la cancha debe estar delimitada y las reglas ser conocidas, algo que hoy en muchos casos no pasa.

Más allá que cada tema requiere una solución diferente y muchas veces métodos diversos, la solución individual y por tanto discrecional donde una de las partes es el sector público, si bien puede ser útil ante determinadas situaciones, ciertamente no es lo más recomendable en términos generales.

Una conducta de ese tipo, la negociación individual, había sido adoptada para estudiar cada caso de deudores del sistema financiero ante la crisis del 2002. En aquel entonces, era claro que los privados debían llegar a un acuerdo entre ellos, evitando la solución legal bajo la cual, y más allá de los conocidos perniciosos efectos que de ella se derivarían, seguramente su resultado final hubiese sido que muy pocos pagaran y los bancos (los acreedores) menoscabados o al menos limitados en sus derechos. Con una ley de por medio, los bancos no hubiesen sentido el deber de capitalizar las empresas ante créditos incobrables, ya que éstos argumentarían, como lo suelen hacer -mirar Argentina- que el no cobro es consecuencia de la acción del gobierno y no de sus errores comerciales. En resumen, una buena excusa para no pagar depósitos.

En ese marco, la banca pública debía adoptar también una posición con las mismas limitaciones que la privada, a lo que se agregaba que el Estado carecía de recursos para capitalizarla con dinero fresco, lo que le quitaba grados de libertad en su accionar. Por tanto hubo que tratar a los deudores del BROU de la misma manera que los privados, es decir las facilidades de pagos se harían sin necesidad de ley, y atendiendo cada situación particular.

Apenas asumió esta Administración, las promesas de perdón masivo del oficialismo quisieron plasmarse en una ley, por lo que el tema volvió a escena. Afortunadamente, el Poder Ejecutivo decidió mantener la conducta previa. A partir de allí, parece que todo debe hacerse caso a caso.

COSAS DISTINTAS. Si bien la terminología utilizada es la misma, la temática, los derechos básicos involucrados y la forma de implementación es bien distinta entre los casos de deudores de bancos, y los casos de deudas en general (*), donde la ley es notoriamente inconveniente y los otros casos en que se anuncia la aplicación de este criterio donde una norma legal complexiva y general es imprescindible. En el primer caso, cuando las relaciones son entre deudores y acreedores privados, nadie debe inmiscuirse ya que las "arbitrariedades" que se cometen afectan sólo a las partes intervinientes. Cuando el acreedor era el BROU, el famoso "caso a caso" no implicó, ni en la anterior ni en la actual Administración un traje a medida para cada persona, sino que se hizo bajo normas generales del propio Banco, evitando o al menos minimizando los casos donde las relaciones personales y por ende la total arbitrariedad defina el tema. Es cierto que en los últimos tiempos desde el Gobierno Central se han "dibujado" perdonazos encubiertos de pasaje de deudas al Ministerio de Ganadería, donde éste queda de acreedor para jamás cobrar, pero eso no es problema del BROU, ni nada puede hacer al respecto si el poder político vota recursos para ello. El Banco sigue actuando de manera correcta.

Actuando dentro de la órbita del sector público, este camino de negociación con reglas generales a nivel del principal Banco público acreedor, adecuado para el problema del endeudamiento, como dijimos, deja de ser solución para otras situaciones que nada tienen que ver, donde el imperio de la ley y las reglas generales son una obligación.

En los últimos meses estamos asistiendo a una especie de feria de la voluntad del gobernante de turno, dónde según la cara, y quizás otras virtudes y defectos del interlocutor, la autoridad pública concede o deniega beneficios, quitas, autorizaciones y exoneraciones. A vía de ejemplo, el BPS se arroga la facultad de decidir qué ONG, qué Instituto de Enseñanza o qué Institución religiosa tendrá o no exoneración de aportes patronales de seguridad social; el Ministerio de Economía decide cuál partida está o no gravada por el IRPF según el sector que la reciba. El Ministro de Ganadería, conjuntamente con el de Industria y Finanzas, se reúnen con empresarios para decirle, "usted quédese tranquilo que la prohibición de tener tierras a nombre de SA con acciones al portador no corre para su empresa".

Es evidente que ésta no es la forma en que los países serios y respetuosos de lo que se llama "La República" y los derechos básicos e inalienables que las Constituciones establecen, utilizan para tomar decisiones de gobierno. Ni aún quienes hayan obtenido el beneficio se sentirán seguros porque lo único seguro es que quienes hoy tomaron la decisión son a término, en general corto, otros vendrán y nadie puede asegurar la permanencia de criterios.

EL CRITERIO. La solución de estudio caso a caso intrínsicamente, como suele acontecer, no es ni buena ni mala. Para los privados es el método usual cuando se negocia, pero cuando las relaciones involucran al sector público, por motivos obvios, no debería utilizarse. En todo caso lo que se hace es establecer criterios generales y luego se evalúa en qué "casillero" cae cada una de las situaciones particulares. La forma en que deben actuar los países es en base a reglas, conocidas e iguales para todos. Ésta no sólo es la garantía del ciudadano, sino también la del inversor. Nada peor que alguien pueda o deba ir ante un ministro para lograr un privilegio, o evitar que se lo quiten.

RIESGOS. Gran parte de la legislación que fue aprobando desde que asumió el actual oficialismo adolece del enorme defecto que transfiere al Poder Ejecutivo no sólo las usuales facultades reglamentarias, propias de la casuística que la realidad determina, sino que avanza sobre potestades que claramente no pueden quedar a la mera voluntad del burócrata o funcionario político de turno. Ejemplos, además de los ya citados, hay muchos. En la propia ley de reforma tributaria se menciona que el MGAP va a determinar exoneraciones a la "madera de calidad", nadie sabe qué quiere decir el término porque la calidad depende de para qué se use, aunque naturalmente por el momento ya se adoptó uno. En la misma ley, en más de un caso, no se sabe la base imponible del impuesto, o la materia gravada queda "en una nube" para la reglamentación. Por otra ley, los subsidios forestales ya no se pagan por estricto orden de presentación, sino que el Director de la repartición le paga a quien quiere en función de criterios que él define. En la ley que prohíbe la tenencia de tierras por SA con acciones al portador, existe una norma que trae como consecuencia la reunión comentada, donde cada uno defiende y justifica lo suyo, pero no hay criterios generales y así una cantidad de casos más. En la última Rendición de Cuentas se votaron partidas generales para otorgar subsidios, pero no se identificaron los beneficiarios más que por una general referencia a sectores.

Los riesgos son enormes. Esta forma de legislar somete a las personas y empresas al arbitrio de los gobernantes. Éstos tienen en sus manos el poder de conceder prebendas, otorgar excepciones y definir en los hechos la supervivencia o la defunción de un emprendimiento, en fin, de manejar a su antojo la situación. Las consecuencias, más allá de una segura actitud sumisa, son muy graves. Las probabilidades que aparezcan actos reñidos con la buena conducta se multiplican, a la vez que nadie responsable que evalúe dónde invierte su capital y toma riesgos -como lo han advertido ciertos sectores- arriesga en proyectos de largo plazo, normalmente los más productivos, los que generan empleos genuinos y permanentes, en definitiva los que mejor le hacen a los países.

En países donde estas cosas pasan, suele suceder que la inversión está ligada a la graciosa bondad del gobierno. Son los gobiernos los que anuncian dónde los privados "arriesgarán" su dinero, naturalmente con los empresarios a su lado, en una simbiosis que hace presumir quién al final del camino pondrá el dinero para invertir. Usualmente cuando esto pasa el dinero termina saliendo desde la población hacia algún sector, por la vía que sea. Nada más cercano a una republiqueta, de la que ciertamente estoy seguro la mayoría de los ciudadanos de Uruguay no desea formar parte. Personalmente yo tampoco.

(*) Los casos de refinanciaciones de impuestos tienen también efectos perniciosos.

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