JULIO PREVE FOLLE
Va tomando cuerpo un nuevo proyecto de ley de refinanciación de lo que queda del endeudamiento agropecuario, con algunas originalidades que habrá que esperar al proyecto definitivo para ver en qué quedan. La primera originalidad proviene de la discusión semántica que se ha generado dentro del gobierno: es una refinanciación o no es, es un perdonazo o no.
Vendrán ahora precisiones en torno a la utilidad del proyecto: habrá deudores, en particular los de menos de 25 mil dólares de deuda, que ante la posibilidad de quedar limpios quizás lo aprueben. Otros, los que aspiraban a una ley que no pusiera en juego sus títulos de propiedad, se opondrán. Y una cantidad muy grande de ciudadanos comunes mirará otra vez para el costado, ya que a los uruguayos no les gusta el capitalismo sin lágrimas. Mi propósito de hoy es mirar hacia algunos aspectos que en general no serán considerados.
¿POR QUUNA LEY? Yo creo que este debería ser el primer abordaje: por qué hay que promover una nueva ley, sea de refinanciación, sea de perdonazo. Cuál es su fundamento, en el probablemente mejor momento de la historia del sector agropecuario. Por qué también ahora, como si no hubiera habido en el pasado reciente tratamientos especiales dispensados por este gobierno, por el anterior, por el anterior al anterior, y así sucesivamente. En mi memoria que no es tan larga, recuerdo muchas fracturas de los contratos de crédito, resueltas por voluntades ajenas a acreedores y deudores originales. Quizás la primera fue aquella compra de carteras del año 1982 por parte del Banco Central. Esta operación se caracterizó por la adquisición por parte del Estado de un activo -las carteras pesadas incobrables en poder de los bancos privados- a cambio de créditos en efectivo concedidos por los mismos bancos que vendían cartera, necesarios para sostener la tablita que finalmente quebró. Luego vino la ley de 1985 emergida de los acuerdos de la Conapro, la de mayo de 1991, y antes y después múltiples refinanciaciones "voluntarias" surgidas de la presión de las demandas políticas. Han pasado 25 años desde la compra de carteras del BCU, operación por la cual se convirtió deuda privada en deuda pública externa, y algo menos desde aquella ley de 1985. Y no ha pasado casi nada desde el penúltimo esfuerzo del BROU liderado por su actual presidente. No obstante se propone legislar para no dar curso, una vez más, a los hechos que deben sobrevenir cuando no se cumple un contrato, y el mismo prevé los mecanismos compensatorios para el acreedor. Debe quedar claro además, que cuando el que no cobra es un banco público, serán Doña Ramona y Don Fermín en las tasas del crédito social o a través de otros mecanismos indirectos quienes se hagan cargo de lo que los otros no pagan.
EL HORRIBLE "CASO A CASO". A veces bien vale una buena ley. Que afirme esto le llamará la atención a más de uno y rápidamente me explico. En un país serio resulta intolerable que se entrometa la política por medio de una ley en la intimidad de los contratos, agraviándose de esta forma no solo la libertad de contratar sino el propio derecho de propiedad. Y resulta por demás injusto que lo que alguien no pagó cuando al menos tuvo la expectativa de ganar, lo terminemos pagando todos por efecto de una ley. También es lamentable que la oferta de crédito al sector por lógica se haga trizas: cómo prestar a quien si no paga encuentra más tarde o más temprano legisladores afines. Y además pesa singularmente hoy la ausencia de razones materiales para una nueva ley: sequía o inundaciones, devaluación o retraso cambiario, políticas argentinas o brasileñas, la aftosa, los subsidios, no me imagino cuál puede ser hoy la razón de fondo para promoverla, aun si me olvidara que todo esto es parte del riesgo del negocio rural.
Pero aún así, siendo todo esto horrible, hay un caso en el que a pesar de todo prefiero una ley. Se trata en primer lugar de ser realistas: todos estos efectos espantosos de una ley ya se han dado: los contratos están simplemente destruidos porque nunca nadie se planteó la posibilidad real de su ejecución; demasiado ha hecho el BROU actual dando facilidades para finalmente cobrar, en el contexto nada menos que de un gobierno que presentó proyectos de ley de refinanciación en anteriores administraciones. Los bancos ya deben haber previsionado sus pérdidas, y nadie piensa con o sin ley ni en cobrar toda la deuda ni mucho menos en volver a prestar dinero a los que no pagan de acuerdo a lo pactado, ni tampoco -esto es más injusto- a empresarios de similares características. Y toda la sociedad uruguaya admite que las deudas del agro pueden no ejecutarse si se grita fuerte, lo que perjudica sobre todo al propio sector. En definitiva el mal está hecho con o sin nueva ley.
Y si el mal está hecho, si todo esto es cierto, yo prefiero una ley que defina los parámetros -todos- de una refinanciación aun con quitas en la banca pública, que continuar con este ejercicio interminable de discusión que no le hace bien a nadie: ni a los bancos, ni a los deudores ni al prestigio del país. Pero la condición necesaria para aprobarla es que elimine la discrecionalidad absoluta del caso a caso. En definitiva, para violar contratos prefiero la ley y no la cara de González o Pérez, o la voluntad veleidosa de Fernández o Martínez, todos ellos funcionarios del BROU, encargados del bastante horrible "caso a caso", admisible en la banca privada acaso, pero no en la pública. Porque para representar a la sociedad prefiero a la ley y no aquellos rostros aun dignos.
ESTA LEY. A cuenta de mayores reflexiones cuando podamos acceder al proyecto definitivo, hoy prefiero juzgarla a partir de la mayor o menor discrecionalidad que genera por parte de funcionarios de la administración. Por ejemplo, si se va a perdonar a los deudores chicos de hasta 25 mil dólares de deuda -que no son tan chicos- yo prefiero que se les establezca una regla general y no en cambio que tengan que ir al banco, luego al MGAP, con seguridad a la DGI y al BPS, y siempre acumulando gestiones ante voluntades discrecionales y veleidosas. Así por ejemplo, que el dedo hacia arriba o hacia abajo aún en la determinación de cuánto pagar esté en manos de técnicos del MGAP me parece sencillamente demencial; en cambio que a quien se le ha dado un trato especial se le ofrezca asesoramiento no me parece mal.
Quedan los que deben hasta 250 mil dólares que honradamente no me parece que tengan que disponer de un trato muy especial como no sea otorgar plazos según el acreedor lo crea para poder finalmente cobrar. No se puede afirmar razonablemente que sean productores vulnerables o modestos quienes deben 200 mil dólares. No obstante para ellos lo que se prevé es un mecanismo ingenioso por el cual ceden los títulos de sus tierras a cambio de pagar un arrendamiento por ellas que en el tiempo las va recomprando a la vez que pagando por su uso, en una suerte de leasing. Para juzgar esta operación es clave conocer los números. Da la impresión que a los valores actuales de mercado de arrendamientos, es poco probable que una explotación pueda resistir pagarlos y además ir amortizando deuda vieja. Si así fuera no veo la necesidad de una ley.
Como conclusión, si bien una ley de refinanciación de deudas representa un mal grave, si éste ya se ha producido como yo lo creo, prefiero que los deudores convengan con arreglo a una ley y no dependiendo de voluntades caso a caso; prefiero asimismo que le deban el favor explícitamente a la sociedad como es en realidad, y no a un funcionario del banco o del MGAP. En definitiva, cuanto mayor sea la casuística que introduzca la nueva norma, peor debería ser juzgada.