Menos años por trabajo duro

| Atendiendo riesgos físicos y psíquicos en condiciones no modificables, algunas profesiones bonifican años para la jubilación. Pesca fue el último de los casos.

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El País

LEONEL GARCÍA

A aquel que trabaje en la pesca, a media altura, en alta mar, e incluso en condiciones artesanales, se le presenta una larga lista de peligros. Está expuesto al clima, al esfuerzo físico constante, a una vasta gama de probables accidentes relacionados al trabajo y al encierro en naves que no siempre tienen la última palabra frente a un mar embravecido, a veces por meses enteros. En los buques pesqueros, además, no existe nada llamado jornada laboral: si hay un cardumen cerca no hay tiempo para comer o dormir que valga. José Franco (66) sabe bien de estos riesgos. Supo estar cinco días a la deriva en un barco que se quedó sin motor hasta que él y sus compañeros fueron rescatados en aguas internacionales, 200 millas al sudeste de La Paloma. Además, como "recuerdo" de cargar cajas con hielo y pescado, sufrió un desgaste de disco que derivó en dos de sus vértebras fijadas con hierro. Agrega Franco, quien es directivo del Sindicato Único de Trabajadores del Mar y Afines (Suntma), que en el mar, el hacinamiento puede generar irascibilidad; y ya en tierra, problemas familiares a causa de las prolongadas separaciones.

El gobierno decretó el 19 de mayo que los pescadores embarcados tendrán "un cómputo jubilatorio bonificado de tres años por cada dos años de prestación efectiva de labor". Este es un mecanismo legal que tiene el Poder Ejecutivo, a través de una comisión interinstitucional que funciona en la órbita del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), que permite menos años de trabajo para jubilarse a aquellos trabajadores en cuyo sector laboral estén expuestos inevitablemente a lesiones físicas, psíquicas o ambas.

La de mayo es la última de una serie de resoluciones no muy comunes. En la administración iniciada en marzo de 2005 sólo hubo otros ocho decretos en el mismo tono. Un cómputo jubilatorio bonificado hermana al pescador embarcado con un trabajador de la Central Batlle, con otro de los diques de la Armada Nacional, con un funcionario del Vilardebó, y con un docente del Jardín de Infantes del Club Banco República.

Esto no quiere decir que los párvulos que asistan a ese jardín sean especialmente endemoniados. Según el decreto, de diciembre de 2007, que les otorga cuatro años para la jubilación por tres de trabajo efectivo, estos trabajadores se dedican a actividades que "por su naturaleza y característica" requieren "un alto grado de esfuerzo en su habilidad artesanal, precisión sensorial o exigencia psíquica". En todos los institutos de enseñanza autorizados, públicos o privados, para los docentes de primaria se da esa misma relación entre años aportados y trabajados.

El estrés en la actividad docente es lo que justifica esta resolución, dice Carlos González, representante del Banco de Previsión Social (BPS) en la Comisión del Cómputo Jubilatorio Bonificado. También asegura que esa relación es menor a medida que aumenta el grado de enseñanza. En la educación a sordomudos u otros discapacitados es de tres años por dos; en secundaria, siete por seis, y en la universidad nueve por ocho, según un listado de República AFAP. El BPS tiene otra lista de unas cuarenta actividades con bonificaciones jubilatorias por la tarea realizada.

Y las áreas ocupacionales afectadas son sumamente disímiles. Un policía o un bombero ejecutivo computa siete años para la jubilación por cinco trabajados; la misma relación corresponde a pilotos o copilotos en aeronaves al servicio de empresas nacionales; a quienes trabajan en radiología les corresponden dos años por uno; a los funcionarios del Vilardebó, la Colonia Etchepare o Santín Carlos Rossi (todos centros de asistencia psiquiátrica), cuatro por tres. En enero de este año, el riesgo de exposición al amianto determinó que se decretara una jubilación bonificada de cuatro años por tres a los trabajadores de la Central Térmica José Batlle y Ordóñez.

Para que los trabajadores accedan a ese beneficio, González apela a la ley 16.713, de Seguridad Social, para señalar que tienen que tener al menos diez años efectivos cumpliendo esas tareas.

El director nacional de Seguridad Social, Roberto Baz, diferencia este tipo de decisiones con la denominación de trabajo "insalubre", para la que también funciona otra comisión (ver nota aparte). "El trabajo no puede ser insalubre, es un contrasentido. Lo que se considera para el cómputo jubilatorio bonificado son las condiciones laborales que de alguna manera pueden afectar la salud del trabajador". Esas condiciones, agrega, no pueden ser mejorables a través de cambios organizacionales o materiales para que, finalmente, se decida considerar más años que los reales a la hora de jubilarse.

A la hora de determinar el cálculo final, se toman en cuenta las recomendaciones de la comisión (que casi siempre actúa a pedido de un sindicato o un grupo de trabajadores), en función de la cantidad del riesgo existente y las consideraciones de médicos pertenecientes al área de medicina laboral que trabajan en ese organismo. "Juega mucho la experiencia de la comisión, y también un importante grado de realismo", agrega. Es que hay condiciones laborales que pueden arreglarse apelando a factores organizacionales. De alguna forma, este es el "freno" para evitar que cualquier grupo de trabajadores exija una bonificación jubilatoria. El abogado Fernando Rovira, integrante de la comisión representando al Ministerio de Salud Pública (MSP), dice que ésta tiene una función asesora, y que la última palabra corresponde al MTSS.

"Cuando el riesgo existe y no hay forma de modificarlo se bonifican años jubilatorios. Eso es así. Se pretende que el trabajador esté menos tiempo en esas condiciones que no son buenas como forma de mitigar (los riesgos). Porque en realidad, nadie se cree que vamos a evitar que el trabajador termine con alguna patología derivada de su tarea. La solución total no existe; en algunos casos, la única sería eliminar completamente el trabajo", sostiene Baz.

José Franco, que ahora espera jubilarse, reconoce que esta medida de alguna manera representa cambiar salud por beneficios. "Nosotros desearíamos que no hubiera ninguna ley especial. Pero las condiciones en las que trabajamos son esas. Hace años, hicimos un trabajo con el Sindicato Médico y se determinó que la vida útil de un pescador es de 15 años. Yo aguanté 40, y conozco otros que pudieron soportar más".

Se encuentra en preparación un listado de los empleos "insalubres"

La ley 11.577, del año 1950, establecía la creación de una Comisión de Trabajos Insalubres. Hay varios aspectos de esa norma que fueron derogados por el Acta Institucional número 9 de 1979, durante la dictadura militar, y otros por la ley 16.174, sobre los Seguros de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Aún así, esta comisión sigue trabajando con sede en el Ministerio de Salud Pública (MSP) y su actual composición, que data de 2005, "está construyendo un listado nuevo sobre trabajos para tener la nómina total", indica el abogado laboralista Fernando Rovira, integrante de la misma y docente en las facultades de Derecho y Medicina.

Si bien esta comisión tiene algunos puntos de contacto con la de Cómputo Jubilatorio Bonificado (a la que Rovira también pertenece), trabajan de forma independiente. "De acuerdo con la ley hay dos factores que llevan a la declaración de insalubridad: un factor son las condiciones en las que se realiza la tarea y otro los materiales manipulados. Pero desde 1950 hasta hoy se han modificado los procesos productivos y se han generado antídotos para neutralizar determinadas sustancias utilizadas", dice el abogado.

Esta ley indica que quien tenga un trabajo insalubre no puede tener una jornada laboral superior a las seis horas, con una remuneración correspondiente a ocho. Además de techo, hay un piso: no se puede trabajar menos de tres horas diarias, en cuyo caso la remuneración equivale al 65% de un jornal completo. En cualquier caso, la línea entre la salubridad y la no salubridad es muy difusa. De hecho, prácticamente no hay tarea que no ponga al trabajador frente a algún tipo de riesgo físico o psíquico: reducidores de cuerpos en los panteones, taxistas del turno nocturno, pizzeros con horas frente a hornos a altísimas temperaturas, o periodistas presionados por la hora de cierre. Diferentes situaciones pasibles de trauma, pero también hay diferentes consideraciones a la hora de ser finalmente tenidas en cuenta bajo esa denominación.

"La doctrina moderna trata de distinguir lo que son aspectos organizacionales del trabajo de los riesgos ciertos. Todo lo que se puede corregir organizando de manera diferente el trabajo no puede considerarse insalubre", sentencia Rovira. De cualquier forma, una resolución de este tipo, así como un cómputo jubilatorio bonificado, puede revertirse si cambian las condiciones que las determinaron.

"Muchas veces los propios trabajadores se resisten a que se levante la declaración de insalubridad", indica Rovira. "No es que pretendan una ventaja, pero como históricamente la primera bonificación es de naturaleza salarial, la insalubridad es una manera indirecta de mejora en ese aspecto", agrega. Walter Migliónico, encargado de temas de salud ocupacional del Pit-Cnt (ver aparte), está de acuerdo en que en estos casos se cambia salud por dinero. "Formalmente, la central sindical no está de acuerdo, pero eso pasa".

Casos que ameritan revisión

Una bonificación jubilatoria puede quedar sin efecto si la empresa o sector laboral implicado logra modificar las condiciones de riesgo que afectaban a sus trabajadores. Así como los sindicatos son los que promueven la declaración, las empresas suelen presentar las remociones.

En la actual administración se derogó por decreto, en diciembre de 2007, otra norma similar, de octubre de 1992, que le brindaba una jubilación bonificada de siete años por cada seis trabajados a los conductores y conductores-cobradores de ómnibus que cumplían servicios en un radio de 50 kilómetros desde Montevideo.

En el primer considerando del decreto se indicó que "las condiciones y medioambiente del trabajo han mejorado sistemáticamente en los conductores, en lo referido al diseño ergonómico de los asientos, el espacio de las cabinas, la dirección hidráulica, así como las emanaciones de gases al interior del vehículo", todos factores constatados por la Comisión de Cómputo Jubilatorio Bonificado.

En los otros considerandos en los que se basó la decisión se estableció que "la complejidad del tránsito y la dificultad de adecuación a las vías de circulación son problemas para todos los conductores en general" y que "el ausentismo en la actividad de choferes y choferes-cobradores en el transporte de pasajeros es similar para aquellos trabajadores amparados por la bonificación de sus servicios con aquellos que no tenían dicha bonificación", lo que determina la inexistencia de patología a causa del trabajo para aquellos trabajadores cuyos servicios estaban bonificados.

"Sigue el corso"

Para Walter Migliónico, encargado de temas de salud ocupacional del Pit-Cnt, más que leyes compensatorias sobre una ocupación, lo que debería hacerse es trabajar sobre las condiciones de los trabajadores que realizan esas tareas. "Lo único que se logra (al reducir el tiempo de trabajo) es demorar que te enfermes. ¿Cuál es el sentido de la ley? Acortar el tiempo de exposición a sustancias tóxicas mientras se llevan adelante las medidas técnicas para evitar esa situación. Hasta ahí te lo llevo. Pero el tema es que mientras tanto, `sigue el corso por Florida`: no se resuelven las cuestiones de fondo que son actuar sobre el riesgo y sobre el individuo. Ahora, el tipo en vez de enfermarse en dos años se enferma en tres". Para él, no valen argumentos del tipo que hay situaciones (como la exposición a determinadas sustancias) difíciles de solucionar. "Si el hombre llegó a la Luna es capaz de resolver todos los desafíos. El problema está en definir cómo se desarrolla el proceso de trabajo. Las enfermedades laborales no son un castigo divino, sino producto de la organización laboral".

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