No hay que dejarlo pasar, porque todo lo que se diga sobre el golpe de Estado técnico que dio el Poder Legislativo la semana pasada, al "anular" la Ley de Caducidad, será poco para considerarlo como funesto precedente. También de todo lo que se pueda esperar en adelante. Vamos a abrirle espacio hoy a la opinión del diputado nacionalista Jorge Gandini, en la sesión en la que se consumó el atentado.
El tema, debe centrarse en si con esta ley se está cumpliendo o no con la Constitución de la República, en si 16 Senadores y 50 Diputados valen o pueden más que dos pronunciamientos del pueblo. El Dr. Martín Risso Ferrand analizando el artículo 1º de la ley, en el que básicamente se restablece la pretensión punitiva del Estado cuya caducidad se declaró veinticinco años antes, observó que "prácticamente se dice lo mismo que en el proyecto de ley interpretativo. Allí se declaraba la nulidad del artículo 1º de la ley de Caducidad y en esta iniciativa se llega a la misma solución por una vía indirecta u oblicua".
Si complementamos ese artículo 1° con el 3°, peinando el texto, se dice que queda derogada la Ley de Caducidad y que el efecto de esa derogación es retroactivo. Por lo tanto, se pretende dejar todo, como si esta ley no hubiera existido. Pero esto se dice con ciertas peculiaridades porque en el artículo 1° los redactores pasan como en puntas de pie sobre un tema conflictivo al incorporarse el concepto de "terrorismo de Estado". Es interesante el argumento de Gandini: "Este es un concepto jurídico que no está recogido en ningún lado en nuestro derecho. No existe, ¿por qué no se habla de "delitos de lesa humanidad"? Pues porque si se hiciera y en referencia al Estatuto de Roma que ratificó el Parlamento Uruguayo, será como decir "crímenes de guerra", que el artículo 8° del Estatuto de Roma remite al homicidio intencional, a la destrucción, apropiación de bienes, el causar deliberadamente grandes sufrimientos o atentar gravemente contra la integridad física, la salud, así como a la toma de rehenes. Y como los crímenes de guerra son imprescriptibles, así como los de lesa humanidad que también los cometieron los subversivos, tendría que caer la amnistía que los benefició a ellos.
Adviértase la sutileza que con toda sagacidad advirtió el diputado nacionalista. Se cuidaron hasta de ese detalle. No podían hablar de "delitos de lesa humanidad" porque en tal caso, no se hubiera justificado que quedara la amnistía a los subversivos en tanto se les quitaba -el absurdo del "desperdón" al perdón- a los ahora denominados por primera vez en una norma jurídica nacional, "terroristas de Estado".
De paso, en sus recursos al Derecho Internacional, olvidaron que el Estatuto de Roma, aprobado el 22 de julio de 2002 por el Parlamento uruguayo, confiere a la Corte competencia únicamente respecto de crímenes "cometidos después de la entrada en vigor del presente Estatuto" o sea que no le confiere efecto retroactivo (art. 11°). A su vez, en el artículo 22°, consagra el principio de "Nullum crimen sine legge" al establecer que "nadie será penalmente responsable de conformidad con este Estatuto, a menos que la conducta de que se trate constituya en el momento en que tiene lugar, un crimen de la competencia de la Corte" y en al artículo 23° se sienta el principio de "Nulla poena sine legge. Irretroactividad ratione personae": "Nadie será personalmente responsable de conformidad con el presente Estatuto por una conducta anterior a su entrada en vigor".
Son las piruetas del Frente Amplio para quedar bien con lo que el Presidente llama "la barra".
Gandini recuerda cuando Tabaré Vázquez, en el 33° aniversario del Frente Amplio, aludía al referéndum de 1989 diciendo que "el pueblo uruguayo se expidió en una expresión de democracia directa que nosotros defendemos como una herramienta fundamental", no obstante lo cual apoyó a la "interpretativa" y ahora a esta otra barbaridad. De esa manera, se trampeó a la ciudadanía.
Lástima la cortedad de la memoria de la gente…