El experto en relaciones laborales Nelson Larrañaga Zeni cuestionó la legalidad de la huelga en los servicios públicos y opinó que jurídicamente existen "falencias" a corregir como otorgarle al gobierno una "amplia discrecionalidad" para calificar la interrupción de los servicios públicos y para declarar a un servicio como esencial.
Recordó que hubo varios conflictos "que afectaron a servicios claramente esenciales" (salud y transporte, por ejemplo) y "el gobierno no los declaró con la urgencia que correspondía. En uso de su discrecionalidad, el gobierno esperó y espera hasta último momento para declarar la esencialidad. Y lo hace cuando la situación es insostenible y la población reclama la protección de sus derechos humanos fundamentales vulnerados", expresó Larrañaga Zeni, abogado laboralista del Estudio Ferrere.
"Entendemos que la ley debería modificarse y eliminar esta discrecionalidad del gobierno. Está en juego el interés general de resguardo de los derechos constitucionales de los usuarios de los servicios públicos", afirmó.
El experto se mostró "perplejo" al constatar que "nada menos que en los servicios de salud pública el sindicato elabora un `protocolo de paro` que establece qué servicios se prestan y cuáles no". Dijo que ese instructivo "se impone al órgano administrador, que no hace valer su derecho constitucional".
"El abordaje de estos temas debe cambiar sustancialmente y el gobierno debería aplicar el Derecho, guardando un equilibrio entre el ejercicio del derecho de huelga y la efectiva protección de los derechos de los usuarios", concluyó.