El Tribunal de lo Contencio- so Administrativo (TCA) desestimó la demanda presentada por Fábricas Nacionales de Cerveza (FNC) contra el Estado que la sancionó por abuso de posición dominante y confirmó la sanción impuesta por la Dirección General de Comercio de $ 363.040, según el fallo al que accedió El País.
La sanción fue porque FNC suspendió por 14 días (del 6 al 20 de junio de 2007) el suministro de cerveza a la cadena de supermercados Multiahorro, luego que esta decidiera vender el producto a un precio menor al "sugerido" por FNC.
Ante una denuncia de Multiahorro, la Dirección General de Comercio resolvió el 2 de julio de 2008 imponer una multa a FNC de 1.000 Unidades Reajustables ($ 363.040 o unos US$ 18.765 a esa fecha).
La fabricante de cervezas recurrió el acto ante la propia Dirección y ante el Ministerio de Economía (su superior jerárquico). Agotada esa vía, decidió impugnar la sanción ante el TCA el 8 de mayo de 2009.
El Tribunal estudió el caso y finalmente se expidió ahora.
En los argumentos que expuso FNC ante el Tribunal para que se anulara la sanción en su contra estuvo el de "ausencia de medios probatorios que sustentan la misma, ya que no probó el abuso de la FNC de su posición dominante en el mercado". También FNC indica que "no existe (...) una política de precios mínimos ni máximos, implementando sí una campaña de `precios sugeridos`".
Según la firma fabricante de cervezas "no (se) probó que la interrupción del suministro fuera de carácter permanente, ni el tiempo que la misma duró, aún más señala que Mimatec S.A. (la razón social de Multiahorro) nunca se vio desabastecida de cerveza, por lo que daño o lesión alguna sufrió ella, el comercio, ni los consumidores".
La Dirección General de Comercio respondió que "no resultó controvertido que la actora (FNC) interrumpió voluntariamente el suministro del producto durante el período comprendido entre el 6 al 20 de junio de 2007".
Por lo que "a partir de ese hecho, cabe determinar si la conducta de la actora fue o no legítima y si ingresó en la hipótesis de abuso de posición dominante; concluyendo que le corresponde responsabilidad pues, hubo una clara voluntad de sancionar por lo que entendió era un incumplimiento de su política de precios", agregó.
El TCA con "el voto unánime de sus integrantes, y compartiendo el dictamen de la Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo, dispondrá la confirmación del acto en proceso por entender que no asiste razón a la accionante (FNC)".
El Tribunal indicó que "se comprobó que la interrupción fue para todos los productos de la línea de cervezas, mientras que en otros casos alcanzó sólo al producto marca Pilsen" y que para ello se contó con el testimonio de Eduardo Marsiglia quien se desempeñaba como gerente de ventas y logística de la FNC "en cuya declaración reconoce que hubo pedidos no servidos".
A su vez, el Tribunal desestimó el argumento de que FNC no impone precios mínimos sino que son "precios sugeridos (...) Si ello fuera efectivamente así, no se explica que la empresa proveedora tuviera la necesidad de intervenir en la competencia dentro del ámbito minorista haciendo prevalecer su poder de empresa dominante", afirmó el TCA.