ANDRÉS LÓPEZ REILLY
Se presentó ayer un proyecto de decreto que obliga a los municipales, así como a conductores y guardas de ómnibus, a identificarse con nombre y apellido frente a los ciudadanos. También señala que pueden ser filmados por un contribuyente.
-A mí para filmarme tiene que pedirme permiso señora, ¿sabe?
-¿Por?
-Porque yo soy funcionario público.
El diálogo tuvo lugar el año pasado en el transcurso de un polémico operativo de tránsito grabado por una conductora que fue detenida y multada por inspectores de la Intendencia de Montevideo.
Otras frases, de ese mismo operativo, fueron aun más polémicas, como la que lanzó otro inspector a la mujer que lo estaba filmando: "Nosotros somos la ley y podemos hacer lo que se nos antoje mientras no molestemos a nadie".
Meses después, tras la investigación administrativa y los sumarios de rigor, los inspectores fueron sancionados por la comuna. Pero la duda quedó en el aire: ¿se puede filmar a un funcionario público?
"No está reglamentado. Y todo lo que no está prohibido, se puede hacer, según la Constitución de la República", respondió el edil Martín Bueno (PC), presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Junta Departamental y abogado de profesión.
Ayer, Bueno presentó su proyecto de decreto, que deberá ser abordado ahora en comisión en la Junta Departamental.
"En la Intendencia la Constitución de la República y los principios generales del Derecho existen poco; por lo general, pesan más las resoluciones del jerarca y el humor de los funcionarios de turno. Es obvio que cuando el estatuto del funcionario dice que hay que tratar con respeto a los contribuyentes, hay que darles el nombre si éstos lo preguntan", indicó el legislador departamental.
El proyecto de decreto agrega que todo servicio público de transporte colectivo de pasajeros de Montevideo "deberá contar en lugar visible para los pasajeros el nombre de los funcionarios que estén realizando la tarea de conductor y/o cobrador. Esta obligación comprende el servicio de coches con taxímetro, remises, servicio de ómnibus urbano, transporte de escolares y transporte destinado al turismo".
De igual modo, aclara que "las empresas de transporte referenciadas deberán contar con un número telefónico al cual realizar denuncias o aportes, el cual deberá estar visible a los pasajeros del servicio. También estarán obligadas a incluir el número telefónico que el gobierno departamental brinde a los mismos efectos". Según el borrador, el incumplimiento de la normativa devengará en multas que van de 10 a 200 UR (de $ 4.800 a $ 96.000).
El edil también propone la inclusión de libros de quejas y la definición de una persona responsable ante el público en cada departamento de la Intendencia de Montevideo.
Bueno: "El funcionario municipal puede ser filmado cuando está cumpliendo funciones".
Otro video polémico
El edil Martín Bueno señaló que tiene en su poder otro video polémico, grabado por un hombre en la División Tránsito de la Intendencia, en la que un supuesto funcionario le da un golpe a la cámara.
El proyecto de decreto indica que todo funcionario municipal en ejercicio de sus funciones está obligado a identificarse ante cualquier persona que así se lo solicite, sin necesidad de expresión de causa. Y aclara que "por funcionario municipal se entiende a todos los que revisten la calidad de presupuestados, becarios, contratados, y toda persona que realice actividades para la Intendencia sin importar su relación contractual". Por identificarse "se entiende expresar nombre y apellido como figura en el documento de identidad de la persona, no siendo válida la comunicación de iniciales o número de funcionario".