El presidente José Mujica, actuando junto al Consejo de Ministros, aprobó nuevas atribuciones a las distintas secretarías de Estado. Entre ellas se faculta a dar de baja a solicitud ministerial a personal de las Fuerzas Armadas; declarar huéspedes oficiales de honor, o modificar la nomenclatura común del Mercosur y del arancel externo.
Las atribuciones concedidas por el Ejecutivo, que hasta ayer recaían en el primer mandatario, no pueden ser delegadas a terceros.
También habilita a las secretarías de Estado a declarar la exoneración de impuestos nacionales, un sistema similar al que se aplica para las instituciones culturales o de educación privada.
El Ministerio de Industria, Energía y Minería quedó facultado para resolver la caducidad de los títulos mineros por vencimiento del plazo de validez, el de Vivienda, para otorgar créditos a las cooperativas.
Los ministerios podrán celebrar convenios para hacer obras con el de Transporte y Obras Públicas.
No obstante, el Ejecutivo podrá solicitar las atribuciones a los ministerios y estos someterlas a consideración presidencial. Los ministros deberán informar a la Secretaría de Presidencia antes de transcurridas 48 horas de firmadas las resoluciones.
El decreto, que lleva la firma del presidente José Mujica y todos los ministros, permaneció colgado en la página web de Presidencia durante la tarde de ayer y luego desapareció.
El inciso 24 del artículo 168 de la Constitución de la República faculta al presidente a "delegar por resolución fundada y bajo su responsabilidad política las atribuciones que estime conveniente".
La justificación del decreto firmado ayer fue por "razones de buena administración" y "la necesidad de lograr una mayor agilitación en el ejercicio de las funciones".