LEONARDO GUZMÁN
En el Derecho, malestar. No es para menos. Al Parlamento le hizo mal que haya quedado a la vista cómo votó una derogación penal sin cabal conocimiento, sustituyendo el estudio por comentarios al paso o telefonemas. No le hizo bien la evidencia de que suplió la meditación propia por una opinión profesoral apuradamente citada en garantía y aceptada a tapas cerradas.
El resultado -ahora incómodo para consultantes y consultado- revive la mucha razón que tenía el inolvidable Antonio M. Grompone cuando repudiaba que se hablase de "la posición de la cátedra" y repetía: "Cathedra quiere decir silla de brazos, silla episcopal, y por eso origina la palabra catedral. La posición de la cátedra es la opinión de una persona que está tran-si-toria-men-te sentada en la silla; puede venir otro, con otra opinión". Por eso, llamaba a NO tomar la postura de un profesor como límite del pensamiento propio sino como fuente de razones a analizar críticamente. Si los legisladores hubieran aplicado esa regla, otro gallo cantaría.
A la Justicia tampoco le hace bien que un tema de fondo que tuvo en vilo al país, se resuelva por rebote de elementos formales y no por certidumbres juzgadas desde normas sustanciales.
Menos comprensible resulta para la opinión pública que aparezcan sentencias contradictorias sobre la impertinencia -postura de la primera instancia- o la pertinencia -tesis del Tribunal de Apelaciones- de atribuirle "efecto clausura" a la derogación legal del art. 766 de la ley 2230. Todos sabemos que las leyes procesales habilitan a revocar en apelación las sentencias de primera instancia, pero todos sentimos que hay temas cruciales que imponen acuerdo sin fisuras -y el efecto de las normas es uno de ellos. Cuando la contradicción es muy gruesa, se alimenta aquello de que "siempre hay dos bibliotecas", con cuya repetición el Derecho deja de aparecer como pacto de claridades y se trasmuta en consenso para lo imprevisible.
Aclaremos: las grandes discrepancias se dan con frecuencia en los tribunales y a veces atascan los pleitos por años. En buena parte son provocadas hoy por haber abandonado el rigor lógico que dispuso el Título Preliminar del Código Civil -más rico en esto que su fuente francesa- y haber caído en la anarquía de los métodos interpretativos de las leyes. De la mano del "copie y pegue", se ha hecho costumbre remitirse a estándares pensados antes -"doctrina prestigiosa", "jurisprudencia autorizada"- en vez de acrecer al Derecho con la potencia de nuevas razones claras y educadoras, nacidas de principios re-flexionados para cada caso particular.
A esas indigestiones, agrégase otra. El Estado de Derecho es Estado de opinión pública, pronunciándose día a día sobre aclaraciones que no deben dejar hilachas pendientes.
Por lo cual, al Derecho no le hace bien que delicados temas sobre conductas y manejos macro pretendan zanjarse por solidaridades partidarias, colorearse por visita presidencial o desviarse mandando investigar el origen de una ley y no las implicancias colaterales que debemos interesarnos por despejar, todos.
Y los denunciados en primer lugar.