Cambio de sexo será solo para mayores de edad

La nueva norma no avala el matrimonio entre homosexuales

En el cierre de la legislatura, la Cámara de Diputados aprobará esta tarde el proyecto de ley que permite a los transexuales el cambio de nombre y sexo en documentos y registros públicos. Una comisión interpartidaria definió ayer que el texto que se votará excluirá a los menores de edad (solo será posible realizar el trámite a partir de los 18 años) y dejará en claro que la ley no habilita al matrimonio homosexual. Esta última disposición se debe a que las autoridades del Registro Civil habían advertido que la ley abre la puerta al matrimonio entre dos personas del mismo sexo biológico: un transexual se puede cambiar el sexo en los registros y así casarse con alguien de su mismo sexo.

La nueva versión votada en Diputados obliga al proyecto a volver al Senado, que aprobaría las modificaciones en una sesión extraordinaria a inicios de octubre. Si eso no sucede, el proyecto deberá ser presentado nuevamente en la próxima legislatura. Otro cambio definido ayer por una comisión interpartidaria -integrada por los frenteamplistas Jorge Orrico y Javier Salsamendi y el nacionalista Álvaro Lorenzo- es que dejan sin efecto las disposiciones que establecen la reserva del proceso y la anulación de la partida de nacimiento original de la persona, incluidas en el texto votado en el Senado.

También se agregó un aditivo que establece que, una vez que la persona realice el trámite de cambio de identidad, habrá que esperar un período de cinco años para reclamar volver a la identidad original, en caso de ser necesario.

IDENTIDAD. La ley tiene el apoyo de la bancada del Frente Amplio y también de legisladores de la oposición. El proyecto apunta a aquellas personas que tienen "una identidad sexual en conflicto con el sexo biológico" por un período mínimo de dos años, según dice el texto.

Una de las críticas principales de los legisladores nacionalistas al proyecto votado en el Senado en 2008 es que los menores de edad podían realizar el cambio de sexo ante el juzgado de familia. El texto original del Senado incluso establecía que los menores de doce años podían realizar el trámite, pero acompañados por sus padres.

La ley establece que, para concretar el cambio de sexo registral, no hay necesidad de cirugía de reasignación sexual y la demanda deberá acompañarse de un informe técnico multidisciplinario en identidad de género. Si la persona se realizó una cirugía de reasignación sexual, el trámite no requerirá "la estabilidad y persistencia" de la disonancia durante al menos dos años.

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