PABLO MELENDREZ
Miles de personas han emigrado al exterior en el último tiempo en busca de un futuro mejor. Al momento de tomar una decisión de esas características, se ponen muchos aspectos sobre la balanza, donde se busca el bienestar económico intentando afectar en el menor grado posible la parte afectiva.
Así fue que, como tantos uruguayos, una mujer decidió viajar a España en octubre de 2006, en virtud de la existencia de una oferta laboral. El padre de su hijo mayor autorizó al niño a acompañarla, pero el de su hija menor rechazó la posibilidad. Eso motivó que la madre presentara una acción ante la Justicia de Familia reclamando que un juez habilitara a la niña a viajar junto a ella para radicarse en Jaén.
La relación entre los padres de la pequeña nacida en 1999 nunca fue estable. Por eso, la niña residió durante toda su vida con su madre y sus abuelos maternos, aunque en todo momento tuvo contacto con su padre y su familia, quienes, además de colaborar en sus gastos de educación y salud, la veían asiduamente.
En el reclamo judicial, la mujer argumentó que en España contraería matrimonio con un hombre con quien sus hijos habían entablado una buena relación, aspecto que, según indicó, le permitiría lograr la estabilidad emocional y económica que no podía lograr en Uruguay.
Sin embargo, el padre de la niña se mantuvo en su posición contraria y señaló que la madre no ha demostrado estar en condiciones de poder hacerse cargo de ella. Por ejemplo, mencionó que entre 2004 y 2007, su ex pareja viajó en cinco oportunidades a Italia y España, dejando a la niña a su cargo y de sus abuelos maternos y paternos.
Antes de emitir resolución, el juez que intervino en el caso interrogó a varios testigos y dispuso la realización de pericias psicológicas a los padres de la niña. Los informes sostuvieron que la decisión de la mujer de viajar a España representa una vía de "autonomizarse" de sus padres, con quienes residía en Montevideo. "Yo nunca supe que ella buscara trabajo acá. Cuando surge todo este tema (de radicarse en España) en una oportunidad le dije que si ella quería intentarlo acá yo me ponía a las órdenes como para acercarla a algún tipo de trabajo; yo podía hacer un intento. Me respondió que no, que lo que se paga acá no le iba a dar para nada. Yo le dije que era una manera de empezar", declaró en el juzgado un amigo de la mujer.
El fallo, que desestimó el pedido de la madre, señaló que el hogar de la niña "es en casa de sus abuelos. En especial, su abuela, fue la figura maternal predominante y omnipresente y, en los últimos años, la única". La niña también fue consultada al respecto, pero dio respuestas erráticas. "¿Qué se puede esperar de una niña, sometida a presiones permanentes, e involucrada en un proceso judicial? ¿Y podría alguien asegurar cuál va a ser su opinión, tanto en caso de viajar, como de no hacerlo, dentro de uno o dos años?", se preguntó el juez.
La sentencia también consideró que es indiscutiblemente que el "periplo" de viajes a Italia y luego a España que realizó la mujer "obraron sobre la emotividad de la niña, en forma aguda". Entre otras cosas, la resolución mencionó las variaciones que tuvo la niña en su rendimiento escolar, "cuestiones que no fueron consideradas como determinantes para su propio futuro". A criterio del juez, "la madre reclamante no ofrece seguridades de estabilidad emocional y madurez, como para hacer frente a los avatares que puedan surgir en su vida de emigrante".
De todos modos, el juez autorizó a la niña a viajar a España para visitar a su madre entre el 15 de diciembre de 2008 y el 15 de febrero de 2009, aunque con una condición: como garantía de que la pequeña regresaría a Uruguay la mujer tuvo que depositar una fianza de US$ 50.000.
Al filo de la ley
MUJER QUE INTENTÓ
LLEVAR HIJA A ESPAÑA
ficha
Juzgado Letrado de Familia de 12° Turno.
Juez: Gustavo Mirabal.
Fecha: 13 noviembre 2008.
Situación: una madre inició un demanda judicial para que trasladar a su hija a España, donde ella se radicó, debido a la negativa del padre de la niña.
Fallo: rechazó el planteo en virtud de que la mujer no ofrece "estabilidad emocional", aunque autorizó a la niña a viajar de vacaciones.