LEONARDO GUZMAN
El anuncio de nuevos combates contra la violencia doméstica confirma la insuficiencia de los instrumentos hasta ahora empleados: léase, la ley 17.514, cuyos artículos 1º y 2º con ostensible impotencia declararon "de interés general las actividades orientadas a la prevención, detección temprana, atención y erradicación de la violencia doméstica", describiéndola como "toda acción u omisión, directa o indirecta, que por cualquier medio menoscabe, limitando ilegítimamente el libre ejercicio o goce de los derechos humanos de una persona, causada por otra con la cual tenga o haya tenido una relación de noviazgo o con la cual tenga o haya tenido una relación afectiva basada en la cohabitación y originada por parentesco, por matrimonio o por unión de hecho".
Esa ley creó para el tema un trámite propio, otorgando a los Jueces poderes que en los papeles parecieron singularísimos y estirando principios hasta el punto de que connotados Fiscales les opusieron reparos.
Al cabo de siete años de tamaño esfuerzo legislativo y tras sucederse dos gobiernos de impronta contrapuesta, no ha bajado la cuota anual de tragedias que saltan a la crónica policial ni la cuota diaria de dramas cuyas víctimas piden socorro subiendo las escaleras de la Sede "especializada" de la calle Rondeau.
Pujando mucho, allí puede lograrse cumplimientos de visitas resistidas, sacas del hogar y prohibiciones de acercarse.
Pero en las prohibiciones, del dicho al hecho hay gran trecho: como lo patentizan los múltiples casos de mujeres que consiguieron órdenes judiciales para dejar de ser acosadas, pero terminaron asesinadas porque la coerción judicial resultó insuficiente para atajar la obsesión criminosa.
El tema de la violencia doméstica ha motivado múltiples simposios y desde hace años pulula en todos los medios de difusión.
En las comisarías, en los Juzgados, en los Centros Comunales y en muchos otros lugares se convoca a denunciar a tiempo. Pero si el resultado de todo ese despliegue institucional e informativo es el que está a la vista, hay que darse cuenta de que no basta combatir los enfrentamientos violentos de base afectiva, porque primero y más importante es inspirar la paz, el respeto y la apertura persona a persona por amor al prójimo, más allá de cuando no se quiere más y cuando se termina todo.
El eje es la cultura, las ideas a partir de las cuales se vive. Por eso, hace falta afirmar positivamente el valor esencial, pues no basta denunciar su descaecimiento, combatir su trasgresión y castigar a los infractores.
Esa tarea cultural no es indiferente al Derecho, como deslizan quienes -en todas las ramas, no sólo en Derecho de Familia- buscan leer las leyes sin colegir sus imperativos éticos.
La función del Estado de Derecho no es resignarse a los hechos sociales contabilizando brutalidades sino cumplir el deber jurídico -arts. 41 y 72 de la Constitución- de formar a la persona para que se eleve, muy especialmente en las relaciones familiares que el art. 40 privilegia.
Pero ese imperativo del Estado de Derecho no es competencia de los Jueces ni de los psicólogos forenses que los asisten.
Es misión de los educadores públicos y privados, de los medios de difusión incluidos y de todo ciudadano responsable.
Así como no basta combatir la delincuencia sin reponer el ideal de honradez, no bastan los combates a la violencia doméstica si no empezamos por enseñar principios.