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Fallo dice que no hubo irregularidad en la resolución
PABLO MELENDREZ
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) desestimó un recurso de nulidad presentado por el ex gerente de OSE, Arturo Castagnino, quien fue destituido de su cargo el 31 de marzo de 2005 cuando asumió la actual administración.
Castagnino había solicitado que se deje sin efecto la resolución del Directorio del organismo que dispuso su cese. Argumentó que esa decisión representó un agravio a su persona y su trayectoria, debido a que perdió su condición de funcionario de OSE.
El ex jerarca, que fue designado como gerente general durante el gobierno de Luis Alberto Lacalle y que actualmente reside en Guatemala, donde ejerce su profesión de ingeniero, también señaló que la destitución debió ser firmada por el Poder Ejecutivo y no únicamente por el Directorio de OSE.
Sin embargo, los ministros del TCA señalaron que el planteo de Castagnino "carece de mayor sustento jurídico" porque el cese del gerente general del organismo es una "típica facultad discrecional de la Administración, potestad que la propia Carta Orgánica de OSE le confirió a su Directorio".
Según el fallo, "la resolución por la cual se dispuso la remoción del gerente general Castagnino no admite el agravio referido a la fundamentación del acto movilizado por la parte actora como causa de ilegitimidad del mismo".
En tal sentido, los magistrados señalan que de acuerdo con la normativa que rige para el organismo, la designación del titular del cargo de gerente general al igual que su cese, tiene un mecanismo "especial" que difiere los criterios que rigen para ocupar otros cargos, ya que se encuentra exonerado de concurso porque se trata de un puesto de particular confianza del Directorio.
Además, el fallo del TCA relata que Castagnino ingresó a OSE en calidad de ingeniero contratado en 1980 y adquirió la condición de presupuestado en 1992, cargo al que renunció en mayo de 1994.
Sin embargo, meses después, fue designado como gerente general en un procedimiento similar al que cuestionó en su demanda.
Por otro lado, la sentencia indica que Castagnino intentó demostrar que la resolución de su cese "no se dictó por razones atinentes al servicio ni al mejor cumplimiento de los cometidos de OSE, sino por propósitos claramente políticos configurativos de una desviación de poder". Pero, a juicio del TCA, esa irregularidad "no fue mínimamente satisfecha" porque tal extremo "no logró ser razonablemente probado" por el demandante en virtud de que "la supuesta persecución política denunciada no contó con el respaldo adecuado de elementos objetivos acreditantes".
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