Comprar al Estado era un gran negocio

EDUARDO DELGADO

Estar "de los dos lados del mostrador" es en general mal visto y más aún cuando uno de esos lados es el estatal y se obtiene un provecho propio.

Un caso así llegó a la Justicia penal, que condenó a un empleado de Ancap con cargo de soldador, pero adscripto a la Dirección de Materiales en Desuso (ventas por solicitud de cotización de precios).

Tras las investigaciones realizadas, primero un juez y una fiscal y luego los ministros de un tribunal de apelaciones, consideraron que el funcionario compraba mercaderías y vehículos por interpuesta persona, firmando por esta las propuestas licitatorias, sabiendo de antemano el monto a ofrecer para ser el adjudicatario.

"De esta forma adquirió bienes pertenecientes al ente estatal en el que prestaba funciones, en violación a la norma del art. 43 del TOCAF, que prohibe contratar con el Estado a los funcionarios públicos dependientes de los organismos de la Administración contratante".

Los hechos protagonizados por el acusado y "fehacientemente probados" refieren a la adquisición por esta modalidad (licitación abreviada) de una camioneta Toyota Hilux.

Ese vehículo fue adjudicado a la mejor oferta por un precio de $ 11.500. El formulario figuraba a nombre de otra persona, pero fue escriturado en su totalidad por el funcionario, que luego adquirió la camioneta.

Por similar operación, el mismo empleado adquirió una camioneta Toyota Bandeirante, por $ 20.150.

De la indagatoria surgieron también otras operaciones efectuadas por el individuo, utilizando la misma modalidad, "por lo que resultan acreditadas falsificaciones documentarias", indica la sentencia del tribunal de apelaciones.

En primera instancia, el juez interviniente condenó al funcionario por un delito de conjunción del interés personal y del público a 20 meses de prisión, pero le concedió el beneficio de la suspensión condicional de la pena.

Pero el tribunal le sumó a ese delito la falsificación de documentos privados. Para los ministros, "los documentos privados que confeccionó y firmó cumplieron la función para la que estaban creados y por ese medio se logró la adjudicación pertinente", que cometió "con el motivo de satisfacer un interés personal".

Si bien su cargo era de soldador, el empleado cumplía otras funciones, entre ellas entregar formularios a oferentes para adquirir materiales en desuso de Ancap. Al conocer los precios que se manejaban, participaba con formularios firmados con el nombre del presunto oferente, que él presentaba ante el ente, "incidiendo en la transparencia de la licitación y (para) resultar beneficiario de las adjudicaciones".

"El objeto especial de la tutela penal en este delito es el funcionamiento normal y el prestigio de la administración pública, concretizado en el deber al desinterés personal del funcionario en la gestión de las funciones públicas", afirma el fallo. Agrega que "el agente del comportamiento se aprovecha de la propia condición personal y del ejercicio de sus funciones, para interesarse -naturalmente con fines privados- en actos o contratos en que deba intervenir por razón de su cargo".

"Interesarse es, pues, volcar sobre el negocio de que se trate una pretensión de parte no administrativa: querer que ese negocio asuma una determinada configuración en interés particular del sujeto, o hacer mediar en él, propugnándolos, intereses particulares de terceros", concluyen los ministros.

Al menos uno de los lados del mostrador ya es parte del pasado para este individuo.

Al filo de la ley

conjunción y falsificación

ficha

Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1° Turno.

Jueces: Núñez, Cal, Reyes.

Fecha: 11 de junio de 2007.

Redactor: Milka Núñez.

Situación: Funcionario estatal ofertaba y adquiría material en desuso a través de terceras personas, conociendo las otras ofertas.

Fallo: Condenó al individuo por conjunción del interés persona y del público y por falsificación de documento privado.

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