IRPF: familias podrán optar a cualquier altura del año

Vigor. Será desde 2009 y sólo podrá elegirse una vez al año

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A partir de enero de 2009, cuando la opción de declarar el IRPF por núcleo familiar esté vigente, la misma se podrá ejercer en cualquier momento del año, según anunció el ministro de Economía, Danilo Astori.

En la comparecencia de Astori y su equipo a la comisión de Hacienda de Diputados el miércoles, quedaron claros aspectos del proyecto de ley que introduce cambios en el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y otros tributos.

En el caso del IRPF, se eleva el monto mínimo no imponible del $ 8.875 a $ 12.425, se duplican las deducciones por hijo menor a cargo (de $ 961 a $ 1.922, que representan $ 96 menos de pago mensual de IRPF y $ 192 menos respectivamente).

Esas modificaciones comenzarán a regir a partir del mes siguiente a la promulgación del proyecto.

A partir del 1° de enero de 2009, los contribuyentes del IRPF podrán optar entre declarar en forma individual o como núcleo familiar.

Se establece que "podrán constituir núcleo familiar, los cónyuges y los concubinos reconocidos judicialmente". Esa opción estará "restringida" para las rentas de categoría II (del trabajo) y no para las de capital (por ejemplo intereses por depósitos y las que provienen de alquileres).

En la comisión de Hacienda, Astori anunció que el contribuyente podrá hacer uso de la opción en cualquier momento del año. "Por ejemplo, si opta en marzo, abril o mayo, por constituir su núcleo y tributar en base al mismo, habrá que cerrar la liquidación durante el período en que tributaba individualmente y abrir otro período para esta opción", explicó Astori.

La opción de tributar por núcleo familiar "solo podrá realizarse una vez en cada año". Eso significa que una vez hecha la opción, se deberá mantenerla por un año, salvo que se dé el caso de fallecimiento de uno de los contribuyentes o disolución de la sociedad conyugal o unión concubinaria, donde se pasará a liquidar en forma individual.

Quienes opten por declarar por núcleo familiar pueden configurar dos situaciones.

En el caso de que uno de los dos integrantes de la pareja gane menos de un salario mínimo mensual ($ 4.150) y el otro más, tendrán un monto mínimo no imponible mensual de $ 14.200. Para el caso de que individualmente los dos integrantes de la pareja ganen más de un salario mínimo, el monto no imponible será de $ 24.850.

Eso generó una polémica, porque según el diputado del Partido Independiente, Iván Posada, se configuraría una situación de inequidad cuando un núcleo tenga el mismo ingreso que otro, pero en uno de los casos el cónyuge no trabaja.

El subsecretario de Economía, Mario Bergara explicó que "en Europa es bastante firme la posición de no dar beneficios fiscales en caso de que una de las personas no trabaje. Nosotros entendimos que no dar algún beneficio fiscal en esos casos era excesivo y por eso lo estamos dando, pero no en la misma dimensión que en las otras circunstancias".

Precisión por IRAE

El proyecto de ley, incluye que el principio general para la deducción de costos en el Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas, que la misma sea renta computable para la contraparte. Astori dijo que "se establece como principio general porque la verdad es que en la práctica puede haber habido alguna duda que conviene despejar por vía de la ley al respecto".

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