INAU le ganó juicio al fiscal Viana
Tribunal revocó sentencia favorable a multar al instituto
La justicia revocó la sentencia de primera instancia en el caso que el fiscal civil Enrique Viana inició en 2006 contra el Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU).
El Tribunal de Apelación de Familia de Primer Turno revocó por fallo unánime la resolución inicial por el que se daba lugar al recurso de amparo presentado por Viana. El mismo (con fecha de 22 de noviembre de 2006) había establecido un plazo de 90 días para que se abriera un centro de atención a menores de 15 años adictos a las drogas. La sentencia también intimaba al organismo a ampliar la capacidad de atención a los mayores de 15 años.
Viana reclamó una multa por el incumplimiento del INAU en la apertura de dicho centro.
Sin embargo, el fallo posterior sostiene que el INAU cumplió con el plazo razonable en la interacción entre el Estado y la sociedad civil.
Asimismo reivindica el rol del instituto en el entendido de que acreditó un abordaje inédito para esta problemática (en referencia al consumo de drogas) y más intenso que en anteriores administraciones.
En la revocatoria, el tribunal señala que aunque el INAU no logre cumplir con las necesidades planteadas, de todas formas no corresponde multar al instituto porque éste, a través de otras medidas, asume sus cometidos.
antecedente. El 7 de abril de este año, la jueza María Luz Vila, del Juzgado de Familia N° 16, había admitido el pedido de la fiscalía (con un plazo de 60 días) para que el INAU suprimiera el sistema de 23 horas diarias de encierro en celdas, así como la disminución de la administración "indiscriminada" de psicofármacos como forma de coerción médica a los adolescentes, y la creación de un reglamento de convivencia en los hogares de rehabilitación "Ser" y "Piedras" de la Colonia Berro.
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