El proyecto de Ley de Educación elaborado por el gobierno propone un tejido institucional contradictorio y complejo. Esa opacidad en el diseño revela una confusión más profunda en el terreno de las ideas. Para corroborarlo alcanza con leer el segundo artículo del texto del Poder Ejecutivo: "Reconócese el goce y el ejercicio del derecho a la educación, como un bien público y social que tiene como fin el pleno desarrollo (…) de todas las personas sin discriminación alguna".
¿La educación es un derecho como bien público? ¿Qué quiere decir eso? Ambos conceptos son diferentes y no necesariamente van juntos. La belleza del paisaje urbano es un bien público: nadie puede ser privado de su consumo (ni siquiera aquellos que no contribuyeron a financiarlo) y el disfrute que alguien obtenga al contemplarlo no deja menos disfrute para el resto (dicho en la jerga de los economistas, no hay consumo rival). Sin embargo, no existe un derecho a la belleza del paisaje. En sentido inverso, todos tenemos derecho a defender ideas equivocadas, pero una proliferación de personas con ideas erróneas está lejos de ser un bien público.
Estos galimatías se producen cuando se acumulan palabras sonoras sin preocuparse por pensar claro. El pensamiento es una actividad abstracta, pero nunca debe perder de vista lo concreto. Y la primera cosa concreta que hay que decir sobre la educación es que se trata de un servicio: nadie puede ofrecer educación en un frasquito. Lo que se puede ofrecer son servicios educativos que, si funcionan adecuadamente, podrán mejorar el nivel educativo de quien los recibe (algo similar a lo que ocurre con los tratamientos de belleza). La ley no puede influir directamente sobre la educación sino sobre la enseñanza, es decir, sobre el modo en que se organiza la provisión de servicios educativos.
Reconocer este hecho no significa quitarle nobleza a lo educativo. Sólo significa poner el foco en lo que el Estado puede y debe proponerse. El Estado debe asegurar que todos los miembros de las nuevas generaciones accedan a una enseñanza de calidad, porque a través de ella se obtiene un conjunto de bienes privados y públicos que consideramos valiosos.
Un nivel de calificación profesional debidamente acreditado, o una buena cartera de contactos personales, son bienes privados a los que la gente accede por la vía de asistir a un centro de estudios. Una ciudadanía conocedora de sus deberes y derechos, o una fuerza de trabajo capaz de incorporar tecnologías, son bienes públicos de los que se beneficia la sociedad en su conjunto.
Existe un derecho a acceder a una enseñanza de buena calidad, así como existe un derecho a acceder a servicios de salud adecuados. Pero no existe un derecho a estar libre de toda ignorancia, como no existe un derecho a estar a salvo de toda enfermedad.
Lo esencial es que todos los miembros de las nuevas generaciones tengan una oportunidad real de acceder a los bienes privados que proporciona la enseñanza, y que la sociedad tenga una oportunidad real de generar los bienes públicos que desea.
El Estado tiene un papel crucial en ambos terrenos. La manera concreta de hacerlo es una cuestión instrumental que admite muchas respuestas, pero el primer paso es tener ideas razonablemente claras.