María Julia Pou
En estos días las reuniones de los uruguayos tienen como centro de las conversaciones un tema recurrente: la inconstitucionalidad del impuesto a las jubilaciones.
Nos parece oportuno -e imprescindible- ubicar el tema en su debida dimensión: no se trata sólo de opinar acerca de la justicia o no del impuesto que el gobierno aplica a los jubilados, sino que lo medular aquí es reflexionar acerca de la legalidad, lo ajustado a derecho que deben ser las acciones gubernamentales, en todos los casos.
Es la garantía de los ciudadanos todos, que el ejercicio del poder se desarrolle en medio de un marco de normas, de legalidad.
Vamos por partes. La autoridad, el poder que tienen los gobernantes electos -Presidente y legisladores- surge de nosotros mismos, se lo prestamos cada vez que hay elecciones y solamente por cinco años.
Es lo que se llama gobierno representativo. Pero estas personas no pueden actuar como quieren o con total discrecionalidad, están regulados en lo que pueden hacer y en cómo deben de hacerlo.
Hay un tercer poder o centro de autoridad en nuestras sociedades que es el Poder Judicial.
No es electo, es designado por los electos, por los legisladores. Tampoco puede actuar sin límites, los tienen y muy estrictos.
Cuando los legisladores aprueban un ley, debe de ser acatada por todos.
Puede cualquiera de nosotros considerar que la norma jurídica en cuestión no se ajusta a la Constitución.
Por ejemplo, una ley que se aplicara sólo a los habitantes de Flores, no sería una ley constitucional, podría ser recurrida, es decir podría ser cuestionada en la Suprema Corte de Justicia porque no cumple con el principio de igualdad ante la ley.
Esto es lo que ha ocurrido en estos días. Los jubilados han considerado que no les correspondía pagar el impuesto llamado IRPF.
Y se han presentado ante la Corte apelando esta decisión por considerarla inconstitucional.
La dificultad que plantea el tema es que la sentencia se aplica sólo a los casos concretos, que sólo sobre ellos recae la decisión de inconstitucionalidad.
Por lo tanto van a convivir en nuestra sociedad jubilados con el mismo derecho pero uno de ellos lo verá reflejado en su sobre -intocado- todos los meses y el otro lo verá mermado por el impuesto pues no hizo el reclamo que podía haber hecho.
Como sociedad debemos preguntarnos, ¿se acabó aquello de "todos iguales ante la ley"?
¿Las sentencias de la Suprema Corte son pasibles de ser controvertidas por el mismo cuerpo aunque sea con una integración diferente?
¿Nos da la seguridad jurídica que nos merecemos la actitud del gobierno actual de esperar a que haya más sentencias de la Corte y hacer así un promedio de los pronunciamientos para actuar en consecuencia?
Más allá de que Justicia y Derecho no siempre van de la mano, en este caso se trata de aplicar la ley -la sentencia, el derecho- a todos los jubilados sin distinción.
Porque todos son iguales ante la ley y eso nos da certezas a todos, jubilados o no, por el sólo hecho de ser ciudadanos de este país.