Si fracasa la seguridad pública y se teme las resultas de los pleitos, lo que falla no es un Ministro o un Magistrado. Lo que falla es la rectoría del Derecho.
Condensa él valores que se gestan en la educación, la prédica pública y hasta en los refranes de entrecasa. Es la mezcla de todo eso -informal, permeado sin sentir- la que siembra principios, inculca actitudes y abre avenidas a la persona y a la comunidad, que el Derecho y sus protagonistas buscan plasmar. Pues bien: en eso sufrimos un déficit tal que se multiplica la postración moral en las áreas más diversas -Familia, Comercial y hasta Administrativo. Pero fallan no sólo las ideas y sentimientos desde donde se vive el Derecho sino también el modo de practicarlo.
La especialización -respetable cuando no exagera lo micro- hace perder de vista que el Derecho es un gran pacto sobre generalidades, que para ser exigibles, requieren unidad conceptual en torno a la persona humana y a los imperativos superiores de justicia. Si eso se olvida o se disuelve, pierde su rumbo del Derecho como marco para la libertad creadora, es decir, para la vida, convirtiéndose en juego formal de menor cuantía.
A eso contribuye la actual facilidad electrónica para cortar y pegar citas arrancadas de contexto, para usar lo ya dicho sobre casos viejos como argumento de autoridad para resolver casos nuevos parecidos o no y para rebajar al Derecho de ciencia cultural a mera técnica operativa. Con lo cual, desgajado de contextos, pasa a ser perplejidad o acertijo sin alma, aceptado como un funcionamiento más de lo que ES.
Ahora bien. El Derecho no se capta con sólo describirlo su SER como hecho social, acto de autoridad o juego de lenguaje, porque es expresión de la capacidad para regirse por sentimientos superiores de qué DEBE SER: los cuales infunden valor, inspiración, capacidad reformadora, fuerza de vector. Sin eso, no es Derecho. Y en los acatamientos y rebeldías que nos nacen ante lo que nos golpea por dentro, se define si nos afirmamos como personas formadas en torno a núcleos integrados de conciencia -sentimientos, razón y criterio- o si nos vamos estrujando para aceptar ser centro de imputación de sistemas impersonales.
Aunque no parezca, el desarraigo de las nuevas generaciones tiene mucho que ver con la pérdida de claridad sobre estas cosas básicas, provenientes de la tradición artiguista y necesitadas de volver al foco de la atención!
En el mundo, el Derecho progresa con ideario robusto -muy por encima de las divergencias entre escuelas. De Von Wright a Gadamer, de Kaufmann a Aarnio y Bulygin, se enseña a ubicar las razones en sus distintos planos, a analizar sistémicamente las normas, a sopesar los argumentos y resolver iluminando, de modo que se cumpla la función pedagógica del acto jurisdiccional, rindiendo cuenta expresa de los dichos de los inte-resados -compartiéndolos o refutándolos, pero no silenciándolos.
Pues bien. Es preciso que nos demos cuenta que haber abandonado las doctrinas clásicas sobre interpretación de las normas sin sustituirlas por lo nuevo que se enseña en el mundo, no sólo empobrece la vida del Derecho al hacer que el procedimiento mande sobre el fondo.
Además, rebaja a la persona, al proponerle la norma no ya como fuente de inspiración alta sino apenas como instrumento de compensación o "contención".
Lo cual es un peligro contra el que debemos luchar más allá de los gobiernos que pasan.