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Corte destinó recurso contra ley de amnistía
Sigue proceso de extradición de militares procesados

La Suprema Corte de Justicia desestimó ayer el recurso de inconstitucionalidad presentado por militares y policías retirados, en prisión por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura contra la ley de amnistía de 1985. La defensa de los uniformados consideró inconstitucional el artículo 5 de la ley 15.737, que dejó a policías y militares al margen de la amnistía a presos políticos, y sostuvieron que viola principios constitucionales como el de igualdad ante la ley.

Tras esta resolución, continuará el trámite del expediente con relación a Luis Maurente, Ricardo Medina, Ernesto Ramas, José Sande Lima, Jorge Silveira y Gilberto Vázquez, el que se había paralizado debido a este recurso.

Los uniformados fueron procesados por privación de libertad y asociación para delinquir, en el caso de la desaparición del militante del PVP Adalberto Soba, ocurrida en 1976, en Buenos Aires.

Apelaron el procesamiento, por lo que ahora la fiscal deberá responder ese escrito y en caso que corresponda será un tribunal de apelaciones el en que decida sobre el caso.

El militar José Nino Gavazzo, también procesado por este delito, presentó recientemente una acción de inconstitucionalidad como ésta, que seguramente correrá la misma suerte.

Igualdad. Según el fallo, redactado por Jorge Ruibal Pino, la ley de Amnistía "no vulnera el principio de igualdad ni configura hipótesis discriminante que revele la adopción de una categorización irracional". Dice que "la exclusión se dispuso respecto de sujetos vinculados de una manera especial con el aparato estatal, en el caso los imputados se desempeñaban como funcionarios públicos. Dicho criterio de categorización ha sido utilizado reiteradamente en la legislación para definir tipos penales y para agravar penalidades". Agrega que "la categorización efectuada en la norma, no implica discriminación, no conculca la igualdad ni vulnera el requerimiento de que la ley debe ser, por definición, general y abstracta".

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