Modifican marco legal para proteger datos personales

Plan. Ejecutivo propone un órgano de control más potente

El gobierno envió al Parlamento un proyecto de ley de protección de datos personales que regula su relevamiento y utilización. Fuentes de Economía dijeron a El País que el nuevo marco será importante para atraer inversiones en el sector servicios.

Las fuentes destacaron que el proyecto crea un órgano de contralor "más potente" que el que existe (ver aparte).

Hasta ahora, la única regulación en materia de datos era para los de carácter comercial contenidos en la ley 17.838. El proyecto incluye a todos los datos personales y deroga a la ley mencionada.

En la exposición de motivos se afirma que el nuevo marco legal "permitiría a Uruguay encuadrar dentro de los requerimientos de la Unión Europea (UE) como país seguro en cuanto al envío de datos ".

El que la legislación local se acompasara a la de la UE era una exigencia de la cámara que agrupa a los call centers en Uruguay.

Hoy los call centers deben acordar con la empresas a las que brindan los servicios en Europa que haya una garantía en la protección de datos personales. "Tener una legislación compatible con la Unión Europea dará mayores garantías al negocio dado que no dependerá del acuerdo con cada empresa", había señalado una fuente empresarial cuando comenzó la discusión sobre el proyecto.

El proyecto de ley está estructurado en nueve capítulos en los que se establecen disposiciones y principios generales, derechos de los titulares de los datos, los que están especialmente protegidos, los ficheros en manos de privados u organismos públicos, el órgano de control, la acción de protección de datos personales y disposiciones transitorias.

A las personas que proporcionen datos se les deberá informar previamente la finalidad y quiénes pueden ser sus destinatarios, la existencia de la base de datos, entre otros aspectos. Todo aquel que proporcione datos personales podrá obtener toda la información que sobre sí mismo se halle en bases de datos públicas o privadas.

Además las personas podrán solicitar la rectificación, actualización o supresión de los datos personales al constatarse error o falsedad en la información de la que es titular.

Las personas no podrán ser obligadas a "proporcionar datos sensibles". Por estos se entienden aquellos que revelan origen racial y étnico, preferencias políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud, a la vida sexual y a toda otra zona reservada a la libertad individual. Estos datos sensibles sólo podrán ser recolectados cuando medien razones de interés general o cuando el organismo solicitante tenga mandato legal para hacerlo. También podrán ser tratados con fines estadísticos cuando se disocien de sus titulares.

Aquellos que posean bases de datos deberán registrarse en el órgano de contralor. También queda autorizado el tratamiento de datos destinados a brindar informes objetivos de carácter comercial (incluyendo el clearing de informes).

Multas y clausuras

El nuevo órgano de contralor será la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales en la órbita de la Agencia del Gobierno Electrónico. El organismo podrá apercibir, multar (en hasta 500.000 UI, $ 862.000)y clausurar por hasta seis días a los responsables de las bases de datos. Las actuales bases de datos tendrán un año desde la entrada en vigencia de la ley para adecuarse.

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