El procesamiento de la abogada por ingresar un arma de fuego al penal de Libertad no despejó todas las incógnitas. Por lo pronto la profesional ahora encarcelada insiste en la versión sobre el secuestro de su hijo.
Poco después del mediodía de ayer la jueza Adriana de los Santos llegó a un fallo. La abogada lacacina G.E.P.J. (35) fue procesada con prisión como co autora de un delito de tenencia de armas por parte de personas con sentencia condenatoria ejecutoriada, prevista en el Artículo 141 de la Ley 17.296. El recluso Marcelo Gerardo Pérez, a quien se le incautó el revólver calibre 38, también fue procesado por el mismo delito, aunque en su caso en calidad de autor.
Cuando la abogada G.E.P.J. salió del Juzgado Letrado de San José ya en calidad de procesada volvió a pedir protección para su hijo de 5 años. En la versión que dio de los hechos la profesional dijo que había sido obligada a entregar el arma al recluso mediante el secuestro del pequeño. Sin embargo, este extremo del caso fue el menos sólido para la Justicia.
En tanto, en Juan Lacaze, la madre de la abogada dice tener miedo y corrobora la versión del secuestro del chico.
Aunque la jueza maragata resolvió estos procesamientos, la investigación continuaba.
Miedo. Sonia, la madre de la abogada remitida, dice estar profundamente preocupada y con miedo. La mujer -que enviudó hace apenas nueve meses - quedó al cuidado de sus nietos de 5 años y un bebé de siete meses. Si bien la Policía no colocó custodia permanente en la casa de la calle Dionisio Díaz de la ciudad de Juan Lacaze, se informó que una patrulla vigila regularmente la vivienda durante toda la jornada.
"Lo único que pido es que traigan a mi hija para Colonia", dijo la madre a El País, antes de romper en llanto. "Esto es terrible, es una injusticia", agregó la mujer y rechazó las imputaciones que ahora pesan sobre su hija. "Esta es una casa humilde, de gente trabajadora", protesta.
Madre e hija hace ocho años que viven juntas en Juan Lacaze. La abogada, que ejerce desde hace 14 años, tenía varios clientes entre reclusos del Compen y Libertad.
Con la voz quebrada por el llanto, Sonia relató que su nieto había desaparecido durante dos horas el martes pasado. Dijo que, debido a la preocupación que la desaparición del chico había despertado en su madre, ésta resolvió llevárselo consigo en un taxi cuando partió para el penal de Libertad. Sonia agrega que dos horas más tarde regresó el taxi con el pequeño Esteban, pero ya sin su madre.
"Esto me sorprendió totalmente... y con dos criaturas chicas, yo no sé ...", se lamenta.
Para empeorar las cosas, contó la mujer, por la madrugada una voz anónima le reclamó por teléfono $ 7.500, diciendo que lo pedía su hija. Luego de girar el dinero la atribulada mujer descubrió que había sido víctima de "un cuento del tío".
"Tengo miedo, mucho miedo", repuso luego.
Los vecinos del barrio lacacino tampoco salen de su asombro. Juan Peña se refiere a la profesional procesada como una mujer "muy guapa, muy tranquila, que estudiaba y trabajaba".
De momento, esta parte de la historia permanece sin aclarar y la investigación continuará. (Producción: José Luis Alvarez desde San José y Pedro Clavijo desde Colonia)
La madre: "Tengo miedo, mucho miedo", dice al referirse a su hija y a sus nietos
La Corte podría suspender a abogada
Según informaron fuentes de la Dirección Nacional de Cárceles a El País, aún no se ha resuelto dónde se alojará a la abogada G.E.P.J. durante su reclusión. Los informantes recordaron que la cárcel departamental de San José dispone de un ala femenina, por lo que tal vez no se produjera su traslado a la Cárcel de Cabildo en Montevideo.
Los informantes indicaron que posiblemente, dado que la jueza de San José continuará con la indagatoria, se fije su alojamiento en la cárcel de esta ciudad, para facilitar traslados en futuras instancias.
De todas formas estimaron que esta situación quedaría plenamente definida entre lunes y martes próximo.
Por su parte, la Suprema Corte de Justicia deberá evaluar ahora si le suspende el derecho a ejercer como abogada, habida cuenta del procesamiento que recayó.
En tal sentido, la Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de Tribunales contempla este caso en su artículo 140. Para el caso de los abogados procesados por un delito doloso o ultraintencional, la Suprema Corte, "previa audiencia del inculpado, apreciará la incompatibilidad con el ejercicio de la profesión y podrá decretar la suspensión del procesado en dicho ejercicio si el acto ilícito, por su naturaleza, es incompatible con la dignidad y el decoro de la misma".
La suspensión temporaria no podrá exceder de un año, y sólo es resuelta por el máximo órgano judicial. Cabe acotar que esta es la máxima sanción prevista en la mencionada ley de judicatura.